Presentación |
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La Generalitat de la Comunitat Valenciana viene, desde hace muchos años, trabajando de una forma activa en la modernización y mejora de la calidad de sus servicios públicos, tratando con ello de atender y dar respuesta a las mayores exigencias y demandas de los ciudadanos a los que sirve. A través de sucesivos planes de modernización se han venido ejecutando diferentes proyectos específicamente dirigidos a ese fin, entre los que destacó, en su día, el Proyecto Carta del Ciudadano cuyo soporte normativo quedó recogido en el Decreto 191/2001, de 18 de diciembre, del Consell, norma que ha sido modificada y revisada, en lo que hace referencia las Cartas de Servicios, por el Decreto 62/2010, de 16 de abril, del Consell, que establece y aprueba una nueva regulación. Este decreto, impulsado por la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y en el marco del Plan de Modernización e Innovación de la Administración Pública Valenciana, Gobernanza 2013, establece y aprueba los instrumentos generales del sistema para la modernización y mejora de la calidad de los servicios públicos de los entes, organismos y entidades del sector público dependientes de la Generalitat. Entre estos instrumentos, en su capítulo III, se recogen y regulan las Cartas de Servicios que se configuran como un instrumento clave para mejorar el nivel de calidad de los servicios públicos a través de definir y difundir compromisos de calidad ante los ciudadanos. La Carta del Ciudadano de la Comunitat Valenciana (Decreto 191/2001, de 18 de diciembre, del Consell) La Carta del Ciudadano de la Comunitat Valenciana nace como un complemento de los derechos que el ciudadano ya tiene garantizados por la Constitución y resto del ordenamiento jurídico, ya que comprende los compromisos del Consell referentes a la mejora de los servicios públicos. Es un instrumento de mejora de la administración para lograr, por un lado, una mayor transparencia al ofrecer compromisos de calidad en la gestión del servicio y, por otro, una mejora de la eficiencia en el uso de los recursos públicos. La Carta del Ciudadano de la Comunitat Valenciana constituye el marco general de expectativas y aspiraciones que los ciudadanos y ciudadanas deben tener aseguradas en sus relaciones con la Administración de la Generalitat. Todos los órganos de la Administración de la Generalitat de la Comunitat Valenciana se comprometen a garantizar que la actuación pública desarrollada dará adecuada satisfacción a dichas expectativas y aspiraciones, de acuerdo con el principio de mejora continua de los servicios que presten a los ciudadanos. La Carta del Ciudadano de la Comunitat Valenciana se estructura en tres ejes fundamentales de actuación, desarrollándose cada uno en compromisos: 1. Una administración orientada al ciudadano, que se desarrolla con los siguientes compromisos:
2. Una administración eficaz y eficiente, que se desarrolla con los siguientes compromisos:
3. Una administración moderna, innovadora y exigente consigo misma, que se desarrolla con el compromiso de consolidar:
La Carta del Ciudadano contiene los principios en que se basarán las relaciones de servicio público de la Generalitat, constituyéndose como un plus al ordenamiento jurídico. Todos los órganos de la Administración de la Generalitat se comprometen a garantizar que la actuación pública desarrollada dará adecuada satisfacción a las expectativas y aspiraciones de los ciudadanos, de acuerdo con el principio de mejora continua de los servicios prestados. La Carta del Ciudadano de la Comunitat Valenciana es objeto de desarrollo a través de Cartas de Servicios sectoriales y específicas, que plasman los estándares de calidad a los que se ajusta la prestación de los servicios públicos de acuerdo a los principios marco recogidos en esta Carta del Ciudadano. Las Cartas de Servicios   (Decreto 62/2010, de 16 de abril, del Consell) La Dirección General de Modernización de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas lidera este proyecto que, gestionado a través de su Área de Atención al Ciudadano, Calidad e Inspección de Servicios, toma ahora un nuevo impulso y extensión en el marco del nuevo plan de modernización e innovación aprobado por el Consell. Conseguir que todas las Consellerias dispongan de Cartas de Servicios como medio para definir, difundir y comunicar los compromisos de calidad de los servicios que ofrece la Generalitat, es una actividad que se impulsa y promueve a través de este proyecto y en cumplimiento de este decreto que las regula. Esta nueva normativa, recoge la experiencia acumulada de aplicación de estos instrumentos, en los últimos años, e incorpora cambios y mejoras que han exigido una adaptación de la metodología de elaboración utilizada. La nueva metodología diseñada resulta más ágil y efectiva e introduce, como principal novedad, las Cartas de Servicios electrónicos. Los compromisos de calidad incluidos en las Cartas exigen ajustar la prestación de los servicios a unos estándares de calidad definidos que quedan reflejados en las Cartas como objetivos a lograr y, al mismo tiempo, proporcionan información al ciudadano sobre las actividades prestadas, información que se actualiza y publicita a través de este portal Web de la Generalitat, y de esta página, ofreciendo al ciudadano, en un ejercicio de transparencia, la posibilidad de consultar y hacer un seguimiento de los mismos. En definitiva, se trata con ello de definir, difundir y servir de medio de comunicación de los compromisos de servicio que asumen los diferentes organismos y unidades que elaboran una Carta de Servicios, para dar respuesta a los requerimientos de los ciudadanos, así como realizar un seguimiento del grado de cumplimiento de estos compromisos y comunicar los resultados. Definición Las Cartas de Servicios, como instrumentos de mejora, son documentos que contienen los compromisos de calidad a los que, el órgano al que se refiere la Carta, ajustará la prestación de sus servicios en función de los recursos disponibles y, al mismo tiempo, proporcionan información al ciudadano sobre las actividades prestadas. Finalidad De acuerdo con su definición, los fines de las Cartas de Servicios son los siguientes:
Nivel administrativo de las Cartas de Servicios Las Cartas de Servicios se podrán realizar por todos aquellos entes, organismos y entidades del sector público dependientes de la Generalitat. No obstante, la regla general será que las unidades que aborden el proceso de elaboración de una Carta de Servicios tengan un nivel orgánico mínimo de servicio o equivalente. Contenido Las Cartas de Servicios se redactarán de forma breve, clara y sencilla, con una terminología fácilmente comprensible por el ciudadano, y tendrán el siguiente contenido mínimo:
Metodología para su elaboración La dirección general competente en materia de modernización y de gestión y evaluación de la calidad de los servicios públicos aprobará la metodología que deberá ser aplicada para la elaboración y gestión completa de las Cartas de Servicios, incluyendo la modalidad específica de las Cartas de Servicios electrónicos. La metodología actual, que se encuentra disponible y se puede consultar en esta misma página Web, ha sido aprobada por la Dirección General de Modernización de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas mediante Resolución de fecha 20 de mayo de 2010. Aprobación y difusión
Control y seguimiento Cada órgano revisará el cumplimiento de los compromisos y los niveles de los estándares de servicio establecidos en su Carta de Servicios, con el objeto de verificar su cumplimiento y detectar posibles desviaciones de los mismos, actuando en consecuencia para corregir esas potenciales desviaciones, como instrumento de mejora continua de la administración. Cada centro directivo elaborará un informe anual relativo a las diferentes Cartas de Servicios que puedan existir en los órganos, centros o unidades que dependan del mismo y analizará el grado de cumplimiento de los compromisos adquiridos. Este informe lo remitirá, dentro del primer trimestre, a la dirección general competente en esta materia. Esta dirección general realizará el seguimiento global de todas las Cartas de Servicios a través de su unidad administrativa competente, y dictará las instrucciones convenientes para su adecuada gestión y coordinación. Revisión y actualización Con la periodicidad que se considere necesaria, y como mínimo cada cuatro años contados a partir de su aprobación, se procederá a la revisión de las Cartas de Servicios y, en su caso, al rediseño de las mismas, ya sea como consecuencia de los análisis de los informes anuales citados en el apartado anterior, o cuando hayan variado las circunstancias existentes en el momento de su aprobación como consecuencia de posibles cambios significativos en la organización y estructura del órgano o en los procesos internos, se hayan modificado las expectativas del ciudadano, hayan quedado desfasados los compromisos adquiridos o se produzcan otras circunstancias de análoga naturaleza. Suspensión y derogación
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