Z - Solicitud general de iniciación y tramitación TELEMÁTICA de procedimientos del Consorcio Espacial - Val Space Consortium (VSC). - GVA.ES
Z - Solicitud general de iniciación y tramitación TELEMÁTICA de procedimientos del Consorcio Espacial - Val Space Consortium (VSC).
Organismo: CONSORCIO ESPACIAL VALENCIANO VAL SPACE CONSORTIUM VSC
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
En la relación administración/ciudadano,cuando el interesado se dirija a los órganos administrativos y con la EXCEPCIÓN de la presentación de autoliquidaciones y solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento de autoliquidaciones:
- en la solicitud de iniciación de un procedimiento
- en la instrucción del mismo: subsanación de errores, presentación de pruebas, documentación anexa, alegaciones,...
- en la renuncia de derechos, en el desistimiento de solicitud
- en la fase de ejecución del procedimiento
- en la interposición de recursos
Este trámite TELEMÁTICO de solicitud general puede utilizarse por los interesados:
- Cuando no exista un modelo normalizado específico para la solicitud o trámite
- Cuando, habiendo un modelo tributario normalizado de solicitud para la presentación presencial, los interesados quieran o deban presentarla de manera electrónica (artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y todavía no se haya habilitado un procedimiento electrónico específico para ello. EN ESTOS CASOS, EN LUGAR DEL MODELO DE SOLICITUD GENERAL SE UTILIZARA EL MODELO NORMALIZADO ESPECÍFICO TRIBUTARIO, COMO DOCUMENTACIÓN ADJUNTA.
Modelos tributarios:
https://hisenda.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-modelos-tributarios
Si existe un procedimiento específico de presentación telemática deberá necesariamente utilizar esta vía para relacionarse con la administración:
https://hisenda.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-servicios-con
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas y jurídicas, titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos, con capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, con arreglo a lo establecido por la ley.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat (DOCV nº 7406, de 19/11/2014)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015)
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año
Formularios y documentación
Junto con el formulario de solicitud general o, en su caso, el formulario específico tributario que proceda, las personas interesadas podrán adjuntar la documentación necesaria para la iniciación/tramitación del procedimiento.
(Todo ello según lo establecido en la normativa que lo regule o, en su caso, la que sea requerida por la Administración al ciudadano o la que el interesado considere de oportuna presentación).
Observaciones
Observaciones
Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí