Solicitud de transmisión de autorización VTC. - GVA.ES
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud:
ABIERTO
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
El titular de la autorización desea transmitirla a otra persona física o jurídica. Mediante este proceso se comprueba el cumplimiento de las condiciones exigidas según la normativa vigente para efectuar el cambio de titular de una autorización VTC mediante inscripción en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
Observaciones
Observaciones
* DISTINTIVO PARA IDENTIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE ALQUILER CON CONDUCTOR (VTC)
Los vehículos dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor, cuya autorización de la clase VTC se encuentre residenciada en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, deberán estar permanentemente identificados mediante el distintivo que figura en el anexo de la orden 12/2016.
La numeración y año recogidos en el distintivo hace referencia a los meses y el año en que el titular de las autorizaciones deberá proceder al visado de sus autorizaciones, por lo que, por el órgano encargado de facilitar el mismo, se realizará una marca en el número correspondiente al mes concreto en el que debe realizarse el visado por cada uno de los
titulares.
Requisitos
Requisitos
. Con carácter general, se exige cumplir las condiciones establecidas en los arts. 42 y 43.1 de la LOTT y arts. 181 y 182 del ROTT.
· De forma específica se requiere, además:
- Si la transmisión va acompañada de la adscripción de un nuevo vehículo, este deberá reunir las características técnicas establecidas en el artículo 181.2 del RD 1211/1990 y del artículo 7 del Decreto Ley 4/2019 del Consell.
- El Servicio Territorial de Transporte podrá, no obstante, exigir también la acreditación del cumplimiento de cualquier otro requisito legal o reglamentariamente exigido para su autorización, en relación con todas o con alguna de las autorizaciones de que la empresa sea titular.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Quienes desean adquirir por el procedimiento de transmisión, una autorización que habilita para el ejercicio de la actividad de transporte discrecional mediante arrendamiento de vehículos con conductor.
Procedimientos relacionados
Procedimientos relacionados
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 16/1987, de 30 de julio, sobre ordenación de los transportes terrestres (BOE nº 182, de 31/7/87).
- Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las comunidades autónomas en materia de transporte por carretera y por cable (BOE nº 182, de 31/7/87).
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 241, de 8/10/90).
- Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, por la que se desarrolla la sección segunda del capítulo IV del título V, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE nº 19, de 22/1/08).
- Orden 12/2016, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se crea un distintivo para la identificación de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) en la Comunitat Valenciana (DOGV nº 7933, de 09/12/2016)
- Real Decreto 1076/2017, de 29 de diciembre, por el cual se establecen normas complementarias en el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, en relación con la explotación de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (BOE n.º 317, de 30/12/2017).
- Decreto Ley 4/2019, de 29 de marzo, del Consell, de prestación del servicio de transporte público discrecional de personas viajeras mediante arrendamiento de vehículos con conductor (DOGV nº 8519, de 01.04.2019)
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año.
Formularios y documentación
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, obtenga directamente los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Administración y obligaciones frente a la Seguridad Social, de identificación personal y de residencia, según lo previsto en los artículos 4 y 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público (DOCV núm 6.376, de 14.10.2010). En caso de no autorizarse, se deberá aportar:
** Fotocopia DNI
** Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- En caso de no tener nacionalidad española, documento de identificación que surta efectos equivalentes.
- En caso de ser persona jurídica, documento de identificación fiscal (CIF)
- En relación con cada autorización:
a) Permiso de circulación expedido a nombre del titular de la autorización.
b) Si la transmisión incluye cambio de vehículo, ficha técnica del mismo.
c) Según el art. 182.6 del ROTT, la empresa deberá tener cubierta, mediante uno o varios seguros u otras garantías financieras, su responsabilidad civil por los daños que puedieran sufrir los viajeros como consecuencia del transporte, por lo que deberá aportarse copia de la póliza y justificante de pago de los seguros que sea suficientes para cubrir dicha responsabilidad.
- Contrato de transmisión o, en su defecto, cumplimentar el modelo asociado donde cedente y cesionario plasmen su acuerdo.
Impresos asociados
Tasa o pago
Tasa o pago
¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
El código, la descripción y el importe actual de la tasa es:
A02 (por vehículo): 28,24 euros
FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS:
Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet que se indica a continuación:
Presentación
Presentación
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat, más información respecto a los certificados admitidos en la Generalitat se puede ver en el enlace “Certificados admitidos en la Generalitat”.
En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática. Esta inscripción la puede hacer a través de Procedimientos relacionados “Registro de Representantes”.
2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana, a la que puede acceder desde la sección de enlaces.
3. Más información sobre la tramitación telemática se puede encontrar en el enlace “Preguntas Frecuentes”.
Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través del uno de los correos electrónicos detallados en la sección: “Donde consultar dudas sobre el trámite”.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se podrán recuperar durante un tiempo u otro dependiendo del trámite siempre y cuando no haya finalizado el plazo de solicitud, para posteriormente terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación".
Si tiene alguna duda o quiere comunicar alguna incidencia, puede enviar un correo al soporte técnico:
viajeros_val@gva.es si es de Valencia
autorizaciones_sta@gva.es si es de Alicante
autorizaciones_stc@gva.es si es de Castellón.
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
- Presentación de las solicitudes y la documentación.
- Comprobada la idoneidad de la documentación presentada, se procederá a la expedición de la tarjeta de transportes en la que se documenta al nuevo titular y vehículo si procede.
- Si la solicitud de transmisión no reúne los requisitos o no se acompañan los documentos exigidos, el Servicio Territorial de Transporte requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
- Resolución del Servicio Territorial competente e inscripción en el REAT, en su caso.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Servicio Territorial de Transporte - Alicante
- Servicio Territorial de Transporte - Valencia
- Servicio Territorial de Transporte - Castellón
Av. AGUILERA, 1
03007 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
Av. DEL MAR, 16
12003 - Castelló/Castellón
Observaciones
Observaciones
Recurso: alzada.
Plazo: un mes.
Órgano ante el que se interpone y resuelve: Secretaria Autonomical de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible.
Presentación del recurso: cabe presentarlo en el correspondiente servicio territorial de transporte.
Órganos resolución
Órganos resolución
- Servicio Territorial de Transporte - Alicante
- Servicio Territorial de Transporte - Valencia
- Servicio Territorial de Transporte - Castellón
Av. AGUILERA, 1
03007 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
Av. DEL MAR, 16
12003 - Castelló/Castellón
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí