Detalle de procedimiento

Becas para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de Finances (IVF) durante los ejercicios 2020 y 2021.

Código SIA : 2311910
Código GUC : 20930
Organismo: INSTITUTO VALENCIANO DE FINANZAS IVF
Plazo de solicitud: CERRADO
(30-06-2020
20-07-2020)
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Se convocan diez becas para jóvenes con el título de graduado o graduada en Economía, Derecho, Gestión y Administración Pública, Ingeniería Informática o Ingeniería en Telecomunicaciones, y en procedimiento de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, a través de la realización de prácticas profesionales en el IVF, en aquellas tareas relacionadas con dichas titulaciones que sean adecuadas para adquirir formación complementaria y especialización. Las diez becas, clasificadas en función de la titulación requerida para cada una de ellas. i. Prácticas en la Subdirección Legal: Graduado o Graduada en Derecho o Gestión y Administración Pública (2 becas) ii. Prácticas en la Subdirección de Riesgos: Graduado o Graduada en Economía (5 becas). iii. Prácticas en la Subdirección de Gestión de Fondos: Graduado o Graduada en Economía (1 beca). iv. Prácticas en el Departamento de Gestión Financiera y Reporting: Graduado o Graduada en Economía (1 beca). v. Prácticas en el Departamento de Operaciones: Ingeniero o Ingeniera Informática o Ingeniería en Telecomunicaciones (1 beca).

Observaciones

Observaciones

Duración de la beca El período de disfrute de la beca será de diez meses desde la fecha que se indique en la resolución de concesión. No obstante, dicho período podrá prorrogarse hasta doce meses más, dentro de los límites previstos en la normativa vigente. En caso de prórroga de las becas, en el segundo periodo se aplicará la cuantía que corresponda de acuerdo con la resolución de la Conselleria competente en materia de Hacienda vigente en ese periodo. Bolsa de reserva Se mantendrá una bolsa de reserva priorizada, en función de la puntuación obtenida, para cubrir las vacantes que pudieran producirse

Requisitos

Requisitos

Las personas solicitantes de la beca deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden de 16/2019, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de Finances, en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes: a) Tener la nacionalidad española o la condición de nacional de un estado miembro de la Unión Europea. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar conocimientos suficientes en alguna de los dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Orden de Bases de 16/2019, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico. b) No ser mayor de 35 años. c) Estar en posesión del Grado en Economía, Derecho, Gestión y Administración Pública, Ingeniería Informática o Ingeniería en Telecomunicaciones, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su finalización. d) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses. e) No hallarse en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el modelo de solicitud. EXCLUSIONES: No podrán optar a la beca quienes, en el momento de publicarse la convocatoria, estén disfrutando de otra beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo en los siguientes casos: a) Que se concurra a la misma beca que ya se está disfrutando, por haber sido obtenida en una convocatoria anterior. b) Que falten menos de dos meses para la finalización de la beca de la que ya vienen disfrutando las personas solicitantes, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La no presentación de la persona aspirante a la entrevista comportará su exclusión de la convocatoria

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán obtener la condición de beneficiario quienes reúnan los requisitos que se establecen

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas (DOCV núm. 6097, de 08/09/09).
  • Orden 16/2019, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de Finances (DOCV núm. 8711, de 07/01/20).
  • RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2020, del director general del Institut Valencià de Finances (en adelante, IVF) por la que se convocan diez becas para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de Finances, durante los ejercicios 2020 y 2021

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV nº 8845, de 29 de junio de 2020

Formularios y documentación

Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán exclusivamente por vía telemática, la solicitud y currículum vitae. La presentación, por los solicitantes que determine el órgano instructor, de la documentación acreditativa de la condición de beneficiario y de los méritos alegados en el curriculum, se deberá presentar en el registro de entrada del IVF, antes de la finalización del plazo concedido: a) Copia compulsada del título oficial de graduado o graduada que acredite la titulación requerida en el artículo segundo, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes. b) Expediente académico compulsado con la nota media oficial. c) Copia compulsada de cualquier otro documento que acredite la posesión de títulos, masters, cursos, méritos docentes, investigadores o profesionales que se deseen alegar. d) Documentación que acredite encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el apartado apartado 3 del artículo noveno de la convocatoria, que determinan la preferencia de la concesión de la beca en caso de empate en la valoración.

Presentación

Presentación

Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en la sede del IVF sita en la Plaza Nápoles y Sicilia, 6 de Valencia, 46003

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Pasos 1.- La presentación de la solicitud y el curriculum por vía telemática. 2.- La presentación, por los solicitantes que determine el órgano instructor, de la documentación acreditativa de la condición de beneficiario y de los méritos alegados en el curriculum en el registro de entrada del IVF, por aquellos solicitantes. 3.- Las solicitudes presentadas serán valoradas por una Comisión Evaluadora para su examen. 4.-La selección de los becarios se ordenará de acuerdo con la puntuación obtenida, en base a los méritos requeridos en la convocatoria. 5.- Los candidatos que superen la puntuación mínima que establezca la Comisión Evaluadora, serán convocados para la realización de una entrevista en la que se valorarán la capacidad de comunicación del solicitante, la adaptación de su perfil a las necesidades, la actitud mostrada y otros aspectos relativos a elementos diferenciadores con otros aspirantes. 6.- Finalizado el proceso selectivo, la Comisión Evaluadora elaborará una propuesta de resolución que contendrá la relación de personas beneficiarias, así como una bolsa de reserva constituida por las personas aspirantes que no resulten adjudicatarias de las becas, priorizada por orden de puntuación para cubrir las vacantes que puedan surgir durante el periodo de disfrute.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

El máximo de puntuación total que puede obtener será de 34,00 puntos de los cuales 27,00 puntos corresponden a la puntuación máxima de los apartados a al f, y 7 puntos corresponden a la puntuación máxima por el apartado g, entrevista: a) Expediente académico: hasta un máximo de 10,00 puntos. La puntuación asignada al expediente académico coincidirá con la nota media ponderada, dando lugar a una valoración entre 5 y 10 puntos. b) Otros títulos académicos oficiales, que no constituyan un requisito para la concesión, se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, a razón de: - Doctor: 2 puntos. - Master oficial universitario: 0,50 puntos - Otras licenciaturas o grados: 1 punto. - Diplomaturas o técnico o técnica de grado superior en Enseñanza y Animación Socio Deportiva o equivalente, así como técnico o técnica Deportivo de grado superior en las diferentes modalidades deportivas de las enseñanzas deportivas de régimen especial: 0,50 puntos. c) Conocimientos de valenciano: hasta un máximo de 2.50 punto. Solo se valorarán los certificados expedidos u homologados de conformidad con lo previsto en la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, con arreglo a cada nivel superado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y puntuándose exclusivamente el nivel más alto acreditado: - A1: 0,16 puntos - A2: 0,32 puntos - B1: 0,48 puntos - B2: 0,64 puntos - C1: 0,80 puntos - C2: 1,00 punto Las siguientes especialidades en conocimiento de valenciano se valorarán, cada una de ellas, con 0,50 puntos adicionales: - Especialidad de Corrección de Textos: 0,50 puntos. - Especialidad en Lenguaje en Medios de Comunicación: 0,50 puntos. - Especialidad en Lenguaje Administrativo: 0,50 puntos. d) Conocimiento de idiomas de la Unión Europea: hasta un máximo de 3,50 puntos. Se valorará cada nivel superado, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, con 0,20 puntos, y puntuándose exclusivamente el nivel más alto acreditado. Solo se valorarán los títulos expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, universidades, ministerios o cualquier organismo oficial acreditado. En el caso de que el conocimiento de un idioma se acredite por título universitario y haya sido valorado en el apartado a de este artículo, no se podrá computar también en este apartado. e) Conocimientos adicionales: hasta un máximo de 6,00 puntos. -Experiencia profesional relacionada directamente con el objeto de la beca, hasta 2 puntos, computándose 0,10 por cada mes completo trabajado. -Cursos de formación relacionados con el objeto de la beca, hasta un máximo de 4 puntos. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, de manera individualizada, con una duración igual o superior a 15 horas, que hayan sido cursados o impartidos por la persona interesada, con arreglo a la siguiente escala: - De 200 o más horas: 3,00 puntos. - De 100 o más horas: 2,00 puntos. - De 75 o más horas: 1,50 puntos. - De 50 o más horas: 1,00 puntos. - De 25 o más horas: 0,50 puntos. - De 15 o más horas: 0,20 puntos. Los cursos a los que haya asistido la persona interesada, o que esta haya impartido, habrán de pertenecer a organismos oficiales o centros de formación reconocidos, y se valorarán una sola vez, con independencia de haber sido cursado o impartido en sucesivas ediciones el mismo curso. En ningún caso se puntuarán en el presente subapartado, los cursos de valenciano y de idiomas. f) Otros méritos: hasta un máximo de 2,00 puntos siempre que no sean requisito ni se hallen incluidos en el resto de los apartados. -La publicación de artículos especializados en revistas de reconocido prestigio, de ámbito autonómico, nacional o internacional, así como de libros monográficos, se valorará con un máximo de 0,50 puntos, siempre que se trate de artículos o libros relacionados con el objeto de las becas convocadas, computándose de la manera siguiente: -Libros: 0,50 puntos. -Capítulos de libros: 0,25 puntos. -Artículos: 0,10 puntos. -El conocimiento de idiomas no comunitarios se valorará con un máximo de 0,50 puntos, a razón de 0,10 puntos por cada nivel superado. -Los cursos de formación a que haya asistido o haya impartido la persona interesada, que estén vinculadas a las materias que constituyen el objeto de las titulaciones admitidas para concurrir a la convocatoria, así como aquellos sobre conocimientos de aplicaciones informáticas de análisis documental o de gestión de bases de datos, podrán ser valoradas con un máximo de 0,50 puntos computándose de la siguiente manera: -Cursos de 50 o más horas: 0,50 puntos. -Cursos de 25 o más horas: 0,25 puntos. -Cursos de 15 o más horas: 0,10 puntos. Los cursos a los que haya asistido la persona interesada, o que esta haya impartido, habrán de pertenecer a organismos oficiales o centros de formación reconocidos, y se valorarán una sola vez, con independencia de haber sido cursado o impartido en sucesivas ediciones el mismo curso. g) Entrevista. hasta un máximo de 7,00 puntos, que se determinará en función de los siguientes criterios: - Capacidad para comunicar del solicitante: puntuación máxima 1,50 puntos. - Adaptación del perfil a las necesidades: puntuación máxima 2,50 puntos. - Actitud mostrada: puntuación máxima 1,50 puntos. - Otros aspectos relativos a elementos diferenciadores con otros candidatos, presentación personal, habilidades, aptitud, conocimiento de la administración y del IVF, de las competencias relacionadas con la materia de la beca convocada: puntuación máxima 1,50 puntos. F) En igualdad de condiciones con el resto de los solicitantes se dará preferencia en el otorgamiento de las becas a las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o de acciones terroristas, de conformidad con la normativa vigente que sea aplicable en cada uno de dichos supuestos.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Obligaciones

Obligaciones

Las obligaciones, tanto de las personas beneficiarias como de la entidad concedente se detallan en las bases Trece y Catorce de la orden de bases 16/2019, de 27 de diciembre.

Observaciones

Observaciones

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa -conforme al artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas- se podrá interponer, ante el mismo órgano que la ha dictado, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial Generalitat Valenciana o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial Generalitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

CUANTÍA Las becas están dotadas con 1.067,09 euros brutos mensuales. PAGO El importe de las becas se abonará mensualmente, previa certificación de la persona titular de la subdirección, dirección adjunta o área, a la que se encuentre adscrito/a y una vez practicadas las retenciones legales correspondientes.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa