Detalle de procedimiento

Solicitud de autorización de procedimientos a realizar por centros de animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia

Código SIA : 211225
Código GUC : 3183
Organismo: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Solicitud de autorización de procedimientos a realizar por centros de animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Responsables usuarios de centros de animales o personas responsables que utilizen animales en experimentación y otros fines científicos, así como en la docencia, ubicados en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, cuyos fines sean: a) Investigación fundamental. b) Investigación traslacional o aplicada, y los métodos científicos con cualquiera de las finalidades siguientes: 1.º La prevención, profilaxis, diagnóstico o tratamiento de enfermedades, mala salud u otras anomalías o sus efectos en los seres humanos, los animales o las plantas. 2.º La evaluación, detección, regulación o modificación de las condiciones fisiológicas en los seres humanos, los animales o las plantas. 3.º El bienestar de los animales, en particular la mejora de las condiciones de producción de los animales criados con fines agropecuarios. c) El desarrollo y la fabricación de productos farmacéuticos, alimentos, piensos y otras sustancias o productos, así como la realización de pruebas para comprobar su calidad, eficacia y seguridad, con cualquiera de las finalidades indicadas en la letra b). d) La protección del medio natural en interés de la salud o el bienestar de los seres humanos o los animales. e) La investigación dirigida a la conservación de las especies. f) La enseñanza superior o la formación para la adquisición o mejora de las aptitudes profesionales. g) La medicina legal y forense.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año

Formularios y documentación

Documentación para la comunicación del procedimiento: - Solicitud de autorización para los proyectos de experimentación animal (Anexo I) - Solicitud de propuestas de autorización del responsable del procedimiento de experimentación animal al del centro usuario (Anexo II) - Certificado de categoría profesional función d) (del responsable del proyecto) - Informe del Comité Ético de Experimentación Animal. - Copia de la solicitud de evaluación del proyecto dirigida al órgano habilitado para su evaluación (La solicitud de evaluación del proyecto contendrá, al menos, la información o documentos que se relacionan en los apartados 4 al 14 del anexo X del R.D. 53/2013, de 1 de Febrero.) - Resultado de la evaluación del Órgano habilitado. (se puede incorporar al expediente después de presentada la solicitud y antes de los cuarenta días desde su registro). -Resumen no técnico previsto en el artículo 36 del R. D. 53/2013, de 1 de Febrero, (sólo para los proyectos tipo II y III) -Anexo V (Corresponde al contenido del Anexo X del Real Decreto 53/2013 de 1 de febrero que se describe más abajo) 1. Identificación del usuario y establecimiento en el que se llevarán a cabo los procedimientos del proyecto. 2. Responsable del proyecto indicado en el artículo 32.3 de este real decreto. 3. Visto bueno del responsable administrativo del usuario. 4. Relevancia y justificación de lo siguiente: a) Utilización de animales, incluyendo su origen, número estimado, especies y etapas de vida. b) Procedimientos. 5. Aplicación de métodos para reemplazar, reducir y refinar el uso de animales en procedimientos. 6. Uso de anestésicos, analgésicos y otros medios para aliviar el dolor. 7. Medidas para reducir, evitar y aliviar cualquier forma de sufrimiento de los animales a lo largo de toda su vida, cuando proceda. 8. Uso de puntos finales humanitarios. 9. Estrategia experimental o de observación y modelo estadístico para reducir al mínimo el número de animales utilizados, el dolor, sufrimiento, angustia y el impacto ambiental, cuando proceda. 10. Reutilización de animales y su efecto acumulativo sobre el animal. 11. Propuesta de clasificación de los procedimientos en función de su severidad. 12. Medidas para evitar la repetición injustificada de procedimientos, en su caso. 13. Condiciones de alojamiento, zootécnicas y de cuidado de los animales. 14. Métodos de eutanasia. 15. Capacitación de las personas que participan en el proyecto. NOTA.- La autoridad competente adjudicará un código de identificación a cada uno de los procedimientos.

Presentación

Presentación

Presencial
a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros). b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat. Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante de entidad (si es persona jurídica) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (si es persona física), ambos emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunitat Valenciana (ACCV). Asimismo, se podrá utilizar cualquier otro sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/es/sede_certificados). Cuando se quiera tramitar un procedimiento en representación de otras personas físicas o jurídicas, se podrá otorgar dicha representación a través del Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/). El acceso a dicho registro por parte de los representados puede realizarse utilizando un certificado cualificado de ciudadano (si es persona física) o de representante de entidad (si es persona jurídica). Los documentos que se anexen al trámite telemático, cuando proceda, deberán ir firmados electrónicamente por quienes sean competentes para ello. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado “cómo va lo mío”-> “solicitudes en creación” (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/15).

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa