Aportación documental a solicitudes de ayudas existentes únicamente de los años 2016, 2017 y 2018, para las comunidades de regantes y otras entidades de riego en relación con el fomento de la utilización racional del agua en aprovechamientos hidráulicos y regadíos - GVA.ES
Aportación documental a solicitudes de ayudas existentes únicamente de los años 2016, 2017 y 2018, para las comunidades de regantes y otras entidades de riego en relación con el fomento de la utilización racional del agua en aprovechamientos hidráulicos y regadíos
Organismo: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
Plazo de solicitud:
ABIERTO
desde 09-05-2019
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Realizar cualquier aportación documental para que pueda adjuntarse a expedientes existentes de consolidación y modernización de regadíos de la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Comunidades de regantes y otras entidades de riego de la Comunitat Valenciana.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley de la Generalitat Valenciana 7/1986, de 22 de diciembre, sobre la utilización de aguas para riego (DOGV nº 493, de 24/12/1986).
- Decreto 47/1987, de 13 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se desarrolla la Ley 7/1986, de 22 de diciembre, sobre utilización de agua para riego (DOGV nº 581, de 7/5/1987).
- Ley 8/2002, de 5 de diciembre de 2002, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4396, de 11/12/2002).
- Orden de 17 de enero de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las comunidades de regantes y otras entidades de riego, en relación con el fomento de la utilización racional del agua en aprovechamientos hidráulicos y regadíos (DOCV nº 5693, de 01/02/2008).
- Resolución de 4 de abril de 2018, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se convoca a las comunidades de regantes y otras entidades de riego para que formulen sus propuestas, en relación con el fomento de la utiliación racional del agua en aprovechamientos hidráulicos y regadíos, para el ejercicio de 2018.(DOGV nº 8272, de12/04/2018)
- Extracto de la Resolución de 4 de abril de 2018, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, para el fomento de la utilización racional del agua en aprovechamientos hidráulicos y regadíos.(DOGV nº 8272, de12/04/2018)
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
El plazo de presentación de documentación adicional a expedientes aprobados será durante todo el año.
Formularios y documentación
- Impreso de Subsanación o mejora de la solicitud.
- Documentación adicional que se desee adjuntar.
Presentación
Presentación
Presencial
Presentación telemática
Telemática
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat.
Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante de entidad (si es persona jurídica) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (si es persona física), ambos emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV). Asimismo, se podrá utilizar cualquier otro sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/es/sede_certificados).
Cuando se quiera tramitar un procedimiento en representación de otras personas físicas o jurídicas, se podrá otorgar dicha representación a través del Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/). El acceso a dicho registro por parte de los representados puede realizarse utilizando un certificado cualificado de ciudadano (si es persona física) o de representante de entidad (si es persona jurídica).
Los documentos que se anexen al trámite telemático, cuando proceda, deberán ir firmados electrónicamente por quienes sean competentes para ello.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado “como va lo mío”-> “solicitudes en creación” (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Presentación del impreso de subsanación.
Criterios de valoración
Criterios de valoración
Los criterios de valoración de solicitudes y plazos de resolución y notificación y de presentación de certificaciones de obra son los que indica la Orden de 17 de enero de 2008.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
Órganos resolución
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí