Juego. Bingos. Diligenciado de libros de bingo: libro de inspección y reclamaciones. - GVA.ES
Juego. Bingos. Diligenciado de libros de bingo: libro de inspección y reclamaciones.
Organismo: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
Mostrar todo
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Diligenciado de libros de bingo: libro de inspección y reclamaciones.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas. (DOGV núm. 8202 de 30.12.2017)
- Decreto 62/2015, de 8 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo. (DOGV núm. 7526, de 15/05/2015).
- Decreto 56/2011, de 20 de mayo, del Consell, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana, del Reglamento del Juego del Bingo, del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, y del Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego. (DOGV núm. 6540, de 10/06/2011).
- Decreto 26/2012, 3 de febrero, del Consell, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana, del Reglamento del Juego del Bingo, del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, del Reglamento de Apuestas de la Comunitat Valenciana y del Reglamento de la Publicidad del Juego en la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 6707, de 06/02/2012).
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año.
Formularios y documentación
- Presentación del libro.
- Abono de tasas por servicios administrativos.
Tasa o pago
Tasa o pago
TASAS 2022
- Tasa por servicios administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas. Modelo 046-9770.
A) CUANTIA Y OBTENCIÓN DEL MODELO
El diligenciado de libros conlleva una tasa cuyo importe asciende a 4,08 euros.
Todo ello según Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.
Procedimiento:
1. Cumplimentar el modelo 046-9770.
2. Pagar la tasa en las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat, bien de forma telemática
o presencial.
3. Presentar el modelo de tasa pagada en los registros administrativos procedentes.
- El modelo 046-9770 se obtiene a través del Sistema Sar@, Tributos en Internet.
Las ventajas de la obtención del modelo de tasa 046-9770 a través del Sistema Sar@ son:
- La obtención del formulario sin pagar ninguna tasa por ello.
- La cumplimentación de su formulario a través de su ordenador.
El Sistema Sara está diseñado para evitarle desplazamientos en sus gestiones ante la Administración.
Modelo 046-9770: Pasos para la correcta obtención desde el Sistema Sar@
Paso 1: Obtención del modelo válido para presentar en los registros administrativos.
Rellene el formulario correspondiente con los datos que se le solicita. Y pulse el botón Generar impreso.
Paso 2: Compruebe que el primer modelo PDF es correcto y pulse el botón Aceptar.
Paso 3: Una pantalla le mostrará los datos identificativos del modelo. Pulse, de nuevo, el botón Aceptar.
Paso 4: Pulse el botón Imprimir para obtener las copias necesarias.
Paso 5: Compruebe que los ejemplares que el ordenador le proporciona llevan impresos en el apartado Número de
liquidación un código de barras y una numeración.
Sólo con esa información las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat aceptarán los
ejemplares para efectuar el pago.
B) PAGO DE LA TASA
DE FORMA TELEMÁTICA
1. A través del pago telemático genérico.
- Para aquellas personas que cuenten con DNI electrónico o personas físicas o jurídicas con certificado electrónico
emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica, y habiendo generado previamente la tasa por Internet
a través del Sistema Sar@ o con el impreso cumplimentado obtenido de las direcciones territoriales, podrán realizar el
pago telemáticamente.
Ver el enlace en información complementaria: Pago telemático genérico.
2. A través de la banca electrónica, banca telefónica, adeudo on-line de las entidades financieras colaboradoras:
Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las
entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.
Ver el enlace en información complementaria: entidades colaboradoras y formas de pago.
DE FORMA PRESENCIAL
A través de Oficinas y cajeros de las entidades financieras colaboradoras:
Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las
entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.
Ver el enlace en información complementaria: entidades colaboradoras y formas de pago.
Presentación
Presentación
Presencial
- En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros
electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos. En este caso se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello
y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
- REGISTRO GENERAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA (ATV)
- REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA - ALICANTE (ATV)
- REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA - CASTELLÓN (ATV)
C/ GREGORIO GEA, 14
46009 - València/Valencia
C/ CHURRUCA, 25
03003 - Alacant/Alicante
Pl. TETUÁN, 38 -39
12001 - Castelló/Castellón
Telemática
A través del enlace correspondiente
Tramitación
A través del Pago Telemático Genérico puede realizar el pago de la tasa:
- Para aquellas personas que cuenten con DNI electrónico o personas físicas o jurídicas con certificado
electrónico emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica, y habiendo generado previamente latasa
por Internet a través del Sistema Sar@ o con el impreso cumplimentado obtenido de las Direcciones Territoriales,
podrán realizar el pago telemáticamente.
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Adquisición del libro en las Direcciones Territoriales, diligenciado y sellado
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Dirección Territorial de Hacienda, Economía y Administración Pública - Castellón
- Dirección Territorial de Hacienda, Economía y Administración Pública - Alicante
- AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA ATV
Pl. TETUÁN, 38 -39
12001 - Castelló/Castellón
C/ CHURRUCA, 25
03003 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 14
46009 - València/Valencia
Órganos resolución
Órganos resolución
- Dirección Territorial de Hacienda, Economía y Administración Pública - Castellón
- Dirección Territorial de Hacienda, Economía y Administración Pública - Alicante
- AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA ATV
Pl. TETUÁN, 38 -39
12001 - Castelló/Castellón
C/ CHURRUCA, 25
03003 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 14
46009 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí