Detalle de procedimiento

Convocatoria del Premio 25 de Noviembre a los Estudios y Trabajos de Investigación en materia de Erradicación de la Violencia sobre la Mujer.

Código SIA : 211911
Código GUC : 17317
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: CERRADO
(27-09-2014
25-10-2014)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Reconocer, premiar y difundir los estudios y trabajos de investigación inéditos realizados en materia de erradicación de la violencia sobre la mujer.

Observaciones

Observaciones

* REQUISITOS DE LOS TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA - Deberán ser inéditos - Estar realizados en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana - Su temática deberá de estar referida a los aspectos recogidos en el artículo 36 de la Ley 7/202, de 23 de Noviembre, de la Generalitat, integral contra la Violencia sobre la Mujer en el el Ámbito de la Comunitat Valenciana. - No se tendrán en consideración los estudios y trabajos ya premiados * PREMIOS 1. Se concederán un premio que será objeto de publicación y dos menciones honoríficas. 2. La entrega del premio podrá realizarse en un acto público que organizará la Dirección General de Familia y Mujer, con presencia del jurado y las personas galardonadas o sus representantes.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Personas o entidades que hayan realizado estudios y trabajos de investigación de forma individual o colectivamente, en cualquier disciplina académica, sobre los temas relacionados con el fenómeno de la violencia sobre la mujer, los factores socioculturales que lo sustentan, sus consecuencias, análisis de estrategias que resulten idóneas tanto para su prevención como erradicación.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Orden 18/2014, de 17 de septiembre, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se aprueban las bases y se convoca el Premio 25 de Noviembre a los Estudios y Trabajos de Investigación en materia de Erradicación de la Violencia sobre la Mujer (DOCV núm. 7369, de 26/09/14).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente a la publicación en el DOCV núm. 7369, de 26/09/2014, y finalizará el 25 de octubre de 2014.

Formularios y documentación

- Solicitud - Curriculum Vitae del autor o autores del trabajo o estudio de investigación. - Breve resumen expositivo del objetivo del trabajo, metodología, marco teórico y conclusiones. - Los estudios y trabajos se presentarán en quintuplicado ejemplar. (DINA4, espacio medio por una sola cara y con una extensión mímima de 100 hojas en Word letra tipo 12 calibrí y márgenes de 3 cm.) USB que contenga la citada documentación.

Presentación

Presentación

Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en:
Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat. ( https://sede.gva.es/va/sede_certificados ). IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que: 1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo. 2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática. 3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago. 4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación. PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA: a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales. b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite * Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD" * Especifique la materia objeto de la solicitud * Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante). c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede. d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación). e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro. Su presentación telemática habrá finalizado.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. Presentación de la solicitud y documentación requerida 2. Se constituirá un jurado, que evaluará las solicitudes y emitirá un veredicto no vinculante que elevará a la persona titular de la Consellería de Bienestar Social, para que resuelva como sea procedente. El jurado podrá proponer que se deje desierto el premio. 3. La resolución del premio y las menciones honoríficas se efectuará por la persona titular de la Consellería de Bienestar Social, previo veredicto no vinculante del jurado, una vez examinadas las solicitudes presentadas, no pudiendo recaer en la misma persona el premio y una mención honorífica. 4. El plazo máximo para resolver será de tres meses contados a partir del día siguiente en que acaba el plazo de presentación de solicitudes. En aquellos supuestos en que no se produzca resolución expresa, se entenderá que las solicitudes han sido desestimadas, a los efectos previstos por el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

Para evaluar las solicitudes presentadas, el jurado tendrá en cuenta la calidad científica y las contribuciones de conocimiento de nuevas situaciones y necesidades y las aportaciones estratégicas.

Obligaciones

Obligaciones

- Aceptación de las bases

Observaciones

Observaciones

De conformidad con los artículos 114 de la la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, se podrá interponer recurso de alzada ante el órgano que dicto el acto o ante el competente para resolverlo. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará, para la solicitante y otras posibles personas interesadas, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. Transcurridos dichos plazos sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Plazo máximo

Plazo máximo

- El plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa será de 3 meses, contados a partir del día siguiente en que acaba el plazo de solicitud. - En aquellos supuestos en que no se produzca resolución expresa en el plazo señalado, se entenderá que las solicitudes han sido estimadas por silencio administrativo.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa