Comunicación de comercialización, modificación de datos y cese definitivo de la comercialización de aguas minerales naturales extraídas en territorio nacional. - GVA.ES
Comunicación de comercialización, modificación de datos y cese definitivo de la comercialización de aguas minerales naturales extraídas en territorio nacional.
Organismo: Conselleria de Sanidad
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
Mostrar todo
Ocultar todo
Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Comunicación dirigida a mantener actualizada la lista de aguas minerales naturales reconocidas en España.
Observaciones
Observaciones
A efectos de mantener actualizada la lista de aguas minerales naturales reconocidas en España que debe comunicarse a la Comisión Europea para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, la Dirección General de Salud Pública y Adicciones notificará a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) los casos en los que se haya procedido a otorgar o retirar el reconocimiento de aguas minerales naturales, así como cualquier modificación que afecte a las aguas incluidas en dicha lista.
AESAN comunicará a la Comisión Europea la lista actualizada de aguas minerales naturales reconocidas en España para su inclusión en el Listado UE de aguas minerales naturales reconocidas por los Estados Miembros, que se publica una vez al año en el Diario Oficial de la UE, y que la Comisión Europea actualiza permanentemente en su página web. Este listado sirve como un registro vivo de las aguas minerales envasadas envasadas y permite su libre comercialización en todo el territorio de la UE.
AESAN publicará a su vez esta lista en su página web.
Requisitos
Requisitos
Las empresas titulares de una autorización de aprovechamiento de un agua mineral natural deberán estar inscritas en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Las empresas titulares de autorizaciones de aprovechamiento de aguas minerales naturales responsables de su comercialización.
Procedimientos relacionados
Procedimientos relacionados
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Con carácter previo o simultáneo a la comercialización del producto.
Formularios y documentación
1. Instancia de comunicación normalizada, correctamente cumplimentada y firmada por el titular o el representante legal.
2. Ejemplar del etiquetado del producto.
3. Documentación acreditativa para la inscripción o para la modificación de datos emitida por la autoridad minera competente.
Tasa o pago
Tasa o pago
No conlleva el pago de tasas.
Presentación
Presentación
Presencial
Solo en el caso de no estar obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) podrán presentarse de manera presencial en el registro electrónico de la Administración u Organismo al cual se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas, a la de alguna de las entidades que forman la Administración local o al Sector Público Institucional. También podrán presentarse:
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
- Registro de la Dirección Territorial de Sanidad - Alicante
- Registro de la Dirección Territorial de Sanidad - Castellón
- Registro de la Dirección Territorial de Sanidad - Valencia
- Registro General de la Conselleria de Sanidad
- CENTRO DE SALUD PÚBLICA (CSP) - CASTELLÓN DE LA PLANA
- CENTRO DE SALUD PÚBLICA (CSP) - VALENCIA
C/ GIRONA, 26
03001 - Alacant/Alicante
Pl. HORT DELS CORDERS, 12
12001 - Castelló/Castellón
GRAN VIA FERRAN EL CATÒLIC, 74
46008 - València/Valencia
C/ MICER MASCÓ, 31 -33
46010 - València/Valencia
Av. DEL MAR, 8
12003 - Castelló/Castellón
Av. DEL PORT, 300
46024 - València/Valencia
Telemática
Antes de iniciar la tramitación electrónica, la persona usuaria debe conocer el Centro de Salud Pública responsable de dicha tramitación, con el fin de indicarlo en el formulario de datos generales de tramitación telemática y en el formulario de solicitud.
El Centro de Salud Pública al que corresponde la tramitación se determina por la localidad donde está ubicado el establecimiento donde se ejerce la actividad.
Puede buscar el Centro de Salud Pública que le corresponde en el documento: LISTADO MUNICIPIOS - CENTRO DE SALUD PÚBLICA
1.- Para acceder de forma telemática el solicitante deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten:
- El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana). https://sede.gva.es/es/sede_certificados .
- También se admite clave-permanente del Estado como método de autenticación y firma para la tramitación telemática dentro de la sede electrónica de la Generalitat. Este mecanismo únicamente es aceptado para las personas físicas y por tanto quedan excluidas las personas jurídicas (empresas, ayuntamientos, entidades....).
Más información en https://sede.gva.es/va/sede_certificados
2 .- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado ";Enlaces"; de este trámite.
Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora.
3- Asimismo se debe de tener instalado en su ordenador la aplicación autofirma en el caso de que vaya a realizar la firma con su certificado digital. https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬
Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que:
1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo.
2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase ";DOCUMENTAR"; de la tramitación telemática.
3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago.
4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de ";Tramitación telemática";, que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación.
PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:
a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales atendiendo en especial a los siguientes apartados:
- En el apartado Ámbito territorial debe seleccionar donde dirige la solicitud (Servicios Centrales (Dirección General), SSTT Castellón, SSTT Valencia o SSTT Alicante)
- En el apartado Materia debe seleccionar la materia objeto del trámite.
- En el apartado Exposición se debe indicar el nombre del procedimiento.
b) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede.
c) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de Su presentación).
d) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro.
Su presentación telemática habrá finalizado.
Normativa
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02.10.2015).
- Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manatial envasadas para consumo humano (BOE nº 16 de 19.01.2011).
- Real Decreto 2/2023, de 10 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, y el Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano.
- Real Decreto 682/2014, de 1 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos y otros cuatro reglamentos sobre esta materia (BOE nº 208 de 27.08.2014).
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Tramitación en el Centro de Salud Pública y la Dirección General de Salud Pública de Adicciones.
órganos de tramitación
órganos de tramitación
Los Centros de Salud Pública y la Dirección General de Salud Pública.
- Conselleria de Sanidad
C/ MICER MASCÓ, 31 -33
46010 - València/Valencia
Órganos resolución
Órganos resolución
- Dirección General de Salud Pública
Av. CATALUÑA, 21
46020 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí