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Detalle de Procedimientos

  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Solicitud de participación en la IV edición del Premio "Empresas Sabias", en el marco de las Políticas de Igualdad de Oportunidades del Consell.


    Objeto del trámite

    Constituye el objeto de la presente convocatoria, reconocer y distinguir a las empresas de la Comunitat Valenciana que destaquen por sus políticas de igualdad de oportunidades y conciliación.

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  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Podrá participar:

    MODALIDAD A: Empresas de capital privado que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y cuenten con hasta 250 trabajadores/as.

    MODALIDAD B: Empresas de capital privado que cuenten con más de 250 trabajadores/as o empresas de capital público cualquiera que sea el tamaño de su plantilla y que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana .

    Requisitos

    Para la concesión del premio se valorarán todas aquellas candidaturas que recojan actuaciones que favorezcan la igualdad de oportunidades en el ámbito empresarial y que especialmente redunden en los siguientes apartados:

    1. Medidas que garanticen un medio ambiente de trabajo adecuado, donde trabajadoras y trabajadores puedan desarrollar su actividad profesional con dignidad y respeto, y donde se garantice el cuidado y la mejora de las condiciones de salud.
    2. Actuaciones formativas, tanto para el reciclaje como para la promoción, de aquellas personas que así lo requieran, fomentando de esta forma la igualdad de oportunidades en la empresa.
    3. Medidas de acción positiva en materia de política retributiva que garanticen la inexistencia de diferencias salariales a la hora de retribuir el trabajo de mujeres y hombres.
    4. Medidas de conciliación y/o recursos destinados a las/os trabajadoras/es para compatibilizar sus responsabilidades, personales, laborales y familiares. Se entenderán como tales las llevadas cabo como política de empresa y que supongan la implantación de medidas de buenas prácticas, no el mero cumplimiento de las medidas ya contempladas legalmente.
    5. Eliminación manifestaciones sexistas en el lenguaje, en la imagen y en el trato, tanto en el interior de las organizaciones como en su imagen externa (publicidad de los productos o servicios de la empresa).
    6. Medidas y acciones positivas que faciliten la incorporación, permanencia y promoción de las mujeres en la organización.

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  • Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro



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  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 7001, de 11/04/2013, y se extenderá hasta el día 31 de julio de 2013.

    El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud.

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  • ¿Dónde dirigirse?

    - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    - También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

    - Y, preferentemente, en:

    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FAMILIA Y MUJER
    C/ NÁQUERA, 9Ver plano
    46003 Valencia
    Tel: 961971600
    REGISTRO DE LA COORDINACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA Y MUJER- ALICANTE
    AVDA. OSCAR ESPLÁ, 35Ver plano
    03006 Alacant/Alicante
    Tel: 965929747
    REGISTRO DE LA COORDINACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FAMILIA Y MUJER - CASTELLÓN
    C/ ENSEÑANZA, 10Ver plano
    12001 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
    Tel: 964228014

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  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    La solicitud para participar se presentará según el modelo que se adjunta en el anexo II, debidamente cumplimentada y acompañada de la siguiente documentación:

    a) Autorización expresa (marcando la casilla correspondiente) a la Conselleria de Bienestar Social, para que ésta compruebe los datos de identidad de la empresa solicitante y de su representante mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, según establece el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas, en procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat. No obstante:
    Si de la comprobación efectuada resulta alguna discordancia con los datos facilitados en la solicitud, quien instruya el procedimiento queda facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.
    Si la empresa solicitante no presta su consentimiento, deberá aportar copia compulsada o autentificada de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal (N.I.F), así como el documento acreditativo de identidad del representante legal de la empresa.

    b) Memoria según lo establecido en la base quinta.

    c) Declaración responsable del/la solicitante en la que conste el número de personas trabajadoras (desglosado por número de mujeres y de hombres) de la empresa, según consta en el apartado B) del anexo II.

    d) Declaración expresa y responsable de que la empresa no ha sido sancionada por resolución firme por la comisión de una infracción muy grave en materia de igualdad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 bis del texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/ 2000, de 4 de agosto, según consta en el apartado B) del anexo II.

    Las empresas candidatas deberán presentar una memoria con el contenido según viene determinado en la letra D) del anexo II, que sin rebasar las 30 páginas (DIN A-4) de extensión, deberá referirse a los siguientes apartados:

    a) Introducción de la empresa y de sus actividades: Actividad de la empresa, forma jurídica, centros de trabajo, organigrama de la empresa desagregado por sexo, así como otra información de interés (máximo 5 páginas DIN A-4).

    b) Descripción de cada una de las actuaciones y/o medidas a que se hace referencia en la base cuarta, aportando datos cuantitativos y cualitativos desagregados por sexo, en la que necesariamente se hará para cada una de ellas lo siguiente: (máximo 25 páginas DIN A-4).
    Descripción de la medida o medidas desarrolladas.
    Fundamentación de la puesta en marcha de la medida.
    Personas beneficiarias.
    Fecha de inicio de la medida.
    Medios y recursos utilizados para la puesta en marcha.
    Efectividad de la medida.

    Impresos asociados

    [ANEXO II] SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PREMIO "EMPRESAS SABIAS". IV EDICIÓN. AÑO 2013

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  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - Para la resolución del concurso se constituirá un jurado, la identidad de las personas que componen el jurado se hará pública en el tablón de anuncios de la Dirección General de Familia y Mujer con anterioridad a la expiración del plazo de presentación de solicitudes.

    - Compete al Jurado la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

    - El Jurado podrá proponer, motivadamente, que se deje desierto cualquiera de los premios, no pudiendo recaer en la misma empresa más de un premio.

    - El fallo del jurado se emitirá a partir del día 15 de noviembre de 2013.

    - Transcurrido el mencionado plazo sin resolver y notificar el procedimiento, se entenderá que las solicitudes presentadas han sido desestimadas.

    - La resolución del concurso de premios corresponde a la directora general de Familia y Mujer por delegación de la consellera de Bienestar Social, previo veredicto vinculante del Jurado.

    - La resolución de la convocatoria se hará pública en el tablón de anuncios de la Dirección General de Familia y Mujer y por la Igualdad y en la página web de la Conselleria de Bienestar Social (http://www.bsocial.gva.es).

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  • Información complementaria

    - Se concederá un premio por cada modalidad consistiendo los galardones en una placa y/o diploma que lo acredite.

    Criterios de valoración

    El jurado examinará las candidaturas presentadas y formulará la correspondiente propuesta de resolución de la convocatoria, con una valoración máxima de 20 puntos distribuidos de la siguiente forma:

    Apartado a) de la memoria: máximo 2 puntos.
    Apartado b) de la memoria: máximo 18 puntos (hasta 3 puntos por cada uno de los apartados relacionados en la base cuarta).

    Obligaciones

    La participación en la presente orden de ayudas supone la total aceptación de las bases de la orden de convocatoria.

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  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Orden 6/2013, de 25 de marzo, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca la IV edición del Premio Empresas Sabias, en el marco de las Políticas de Igualdad de Oportunidades del Consell (DOCV núm. 7001, de 11/04/2013).
    - Corrección de errores de la Orden 6/2013, de 25 de marzo, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca la IV edición del Premio Empresas Sabias, en el marco de las políticas de igualdad de oportunidades del Consell (DOCV nº 7002, de 12/04/13).

    Lista de normativa

    Ver Orden 6/2013, de 25 de marzo

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  • La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
    La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.