Detalle de procedimiento

Solicitud de participación como Entidad Colaboradora en el programa Tarjeta de Mayor

Código SIA : 211715
Código GUC : 16422
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Entidades públicas o privadas que deseen ofrecer descuentos o ventajas a los titulares de la Tarjeta del Mayor de la Comunitat Valenciana puedan inscribirse en el Catálogo de Servicios y Prestaciones vinculado a dicha Tarjeta

Requisitos

Requisitos

- Que la actividad o servicios que oferten estas entidades estén dirigidos o tengan relación con el colectivo de personas mayores. - Que las entidades ofrezcan ventajas o descuentos a los titulares de la Tarjeta del Mayor. - Presentar la solicitud.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

-Entidades públicas o privadas que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunitat Valenciana

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Decreto 39/2012, de 2 de marzo, del Consell, por el que crea la Tarjeta del Mayor (DOCV nº 6727, de 05/03/12).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo de presentación está abierto durante todo el año.

Formularios y documentación

-Solicitud según modelo oficial, debidamente cumplimentada y firmada.

Presentación

Presentación

Presencial
-Las solicitudes, debidamente firmadas, se podrán presentar por las personas interesadas, acompañadas de la documentación que proceda: - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en los registros centrales y direcciones territoriales de la conselleria competente en materia del mayor, y en Oficinas PROP: REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LA CONSELLERIA DE SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD Y VIVIENDA- ALICANTE AVDA. RAMBLA MÉNDEZ NÚÑEZ, Nº 41 03002 Alacant/Alicante Tfno. 012- 963866000 REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LA CONSELLERIA DE SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD Y VIVIENDA - CASTELLÓ AVDA. HERMANOS BOU, 81 12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana Telf.: 964726200 REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LA CONSELLERIA DE SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD Y VIVIENDA – VALÈNCIA AVDA. DEL OESTE, 36 46001 València Tfno. 012 Tlf.: 963867408 Todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en lo establecido en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Telemática
A través del enlace correspondiente: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16422 Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat. ( https://sede.gva.es/va/sede_certificados ). IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que: 1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo. 2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática. 3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago. 4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación. PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA: a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales. b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite * Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD" * Especifique la materia objeto de la solicitud * Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante). c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede. d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación). e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro. Su presentación telemática habrá finalizado.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

-Los órganos receptores de las solicitudes, las remitirán con toda la documentación a las Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores. -Recibidas las solicitudes, la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores se pondrá en contacto con la entidad solicitante para la suscripción del correspondiente acuerdo de colaboración en el que se fijen las condiciones a las que está sujeta la participación como Entidad Colaboradora en el Programa Tarjeta del Mayor.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

No se establecen criterios de selección. Se han de cumplir los requisitos señalados

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

La Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.

Obligaciones

Obligaciones

Las Entidades Colaboradoras han de ofrecer a los titulares de la Tarjeta del Mayor las ventajas y descuentos que consten en el acuerdo de colaboración de participación en el programa.

Observaciones

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo máximo

Plazo máximo

El silencio se considerará negativo

Órganos resolución

Órganos resolución

La Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Sanciones

Sanciones

El incumplimiento por parte de la entidad de las condiciones contempladas en el acuerdo de colaboración provocará la pérdida de la condición de Entidad Colaboradora.