Detalle de procedimiento

Justificación de ayudas económicas destinadas al mantenimiento de los gabinetes psicopedagógicos escolares de titularidad de ayuntamientos, mancomunidades de municipios y entidades locales menores, concedidas por resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Centros Docentes.

Código SIA : 211912
Código GUC : 17322
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: CERRADO
(12-09-2023
25-09-2023)
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

La justificación de las ayudas concedidas por resolución de 7 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Centros Docentes (DOGV nº 9680, de 11 de septiembre de 2023), destinadas al mantenimiento de los gabinetes psicopedagógicos escolares dependientes de ayuntamientos, mancomunidades de municipios y entidades locales menores de la Comunidad Valenciana para el ejercicio 2023.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán justificar dichas ayudas los ayuntamientos, mancomunidades de municipios o entidades locales menores que gestionen o financien gabinetes psicopedagógicos escolares en el ámbito de la Comunitat Valenciana, que tengan la subvención concedida por la resolución de 7 de septiembre de 2023.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley Orgánica 1/1990, de 2 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE)(BOE nº 238 de 4/10/90).
  • Ley Orgánica 8/2013,de 9 de diciembre, para la mejora del sistema educativo (BOE nº 295, de 10/12/13).
  • Decreto 31/1994, de 5 de julio, del Gobierno Valenciano por el que se regulan los servicios especializados de orientación educativa, psicopedagógica y profesional (DOCV nº 7013 de 19/04/13).
  • Orden 45/2016, de 4 de agosto, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de bases reguladoras de las subvenciones para el mantenimiento de los gabinetes psicopedagógicos escolares dependientes de ayuntamientos, mancomunidades de municipios y entidades menores de la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 7877, de 8/08/2016).
  • Resolución de 23 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones para el mantenimiento de los gabinetes psicopedagógicos escolares dependientes de ayuntamientos, mancomunidades de municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2022. (DOGV nº 9289 / 02.03.2022)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo para la cumplimentación y presentación vía telemática de la justificación de las ayudas será del 12 de septiembre al 25 de septiembre de 2023, ambos inclusive. (DOGV nº 9680, de 11/09/2022) Los Ayuntamientos, mancomunidades y entidades locales menores deberán disponer de certificado de ciudadano, certificado de entidad, certificado de empleado público de la (ACCV) Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana o DNI electrónico.

Formularios y documentación

Las justificaciones se cumplimentarán por el representante de la entidad local utilizando exclusivamente los medios electrónicos facilitados por los servidores de información de la Generalitat. Para ello se accederá al apartado de Servicios on line de la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana a través https://sede.gva.es La aportación de los anexos que componen la justificación se hará mediante el trámite de la Guía PROP denominado "Aportación de documentación a un expediente de ayudas de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte", que es tramitable telemáticamente con certificado digital y puede consultarse en la dirección siguiente: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18542 Documentación a presentar junto a la justificación por medios telemáticos. Anexo I Anexo II. GASTOS PERSONAL GABINETE PSICOPEDAGÓGICO (personal funcionario o laboral) ANEXO III GASTOS PERSONAL GABINETE PSICOPEDAGÓGICO ( contratación por prestación de servicios). ANEXO IV GASTOS MATERIAL DIDÁCTICO ANEXO V OTROS GASTOS CORRIENTES

Presentación

Presentación

Telemática
La documentación justificativa se presentará en el plazo que se establezca en la resolución de subvenciones, utilizando exclusivamente los medios electrónicos facilitados por los servidores de información de Generalitat, de conformidad con lo que prevé el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre del Consell, por el que se aprueba el reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana. Para hacerlo, se accederá al apartado de servicios en línea de la sede electrónica de la Generalitat, accesible a través de https://sede.gva.es La aportación de los anexos que componen la justificación se hará mediante el trámite de la Guía PROP denominado "Aportación de documentación a un expediente de ayudas de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte", que es tramitable telemáticamente con certificado digital y puede consultarse en la dirección siguiente: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18542 La tramitación se realizará de acuerdo con lo que se disponga en el manual de ayuda que está disponible en el apartado "Información Complementaria". Las justificaciones se cumplimentarán por el representante de la entidad local utilizando los medios electrónicos facilitados por los servidores de información de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (art. 28, Ley 3/2010 de 5 de mayo, de la Generalitat, de la Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, DOCV núm. 6262 de 7 de mayo). El representante de la entidad local deberá disponer de DNI digital o firma electrónica de la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana, en este caso no será necesario presentar la solicitud en papel en ningún registro, de acuerdo con la Resolución de 26 de julio de 2004, de la Subsecretaría de la Consellería de Cultura, Educación y Deporte, por la que se autoriza la entrada en funcionamiento de la unidad registral telemática de la Consellería de Cultura, Educación y Deporte (DOCV núm. 4.810 de 2 de agosto). Documentación a presentar junto a la solicitud por medios telemáticos.

órganos de tramitación

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