Detalle de procedimiento

Autorización a la Administración para consultar, de forma telemática, los datos de las empresas que desean contratar con la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo

Código SIA : 223664
Código GUC : 17606
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Autorización para que la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo compruebe los datos de identidad de los representantes de las empresas interesadas en contratar con ella, así como los datos de estar al corriente en los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y con la Tesorería de la Seguridad Social.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las empresas interesadas en contratar con la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

En el plazo establecido por la Administración en el procedimiento de licitación del que se trate.

Presentación

Presentación

Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, EN EL LUGAR INDICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN DE QUE SE TRATE y en:
Telemática
1. De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la autorización puede realizarse por medios electrónicos MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Esta modalidad telemática es obligatoria para las personas comprendidas en el artículo 14, apartados 2 y 3, de la citada Ley 39/2015 y voluntaria para las personas físicas. 2. Para presentar la autorización mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). En el caso de utilizar un certificado digital de una persona actuando en representación de otra persona, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ 3. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse o en el enlace "SOLICITUD_Presentación autenticada" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la autorización cumplimentada y firmada digitalmente que debe aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4. Respecto al documento a anexar: - En el apartado "FORMULARIOS" (además de en el propio trámite telemático) existe un modelo normalizado y rellenable, que tras cumplimentarse, DEBE FIRMARSE DIGITALMENTE. Para ello la autoridad certificadora de la Comunitat Valenciana (ACCV) ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF (acuda a http://www.accv.es para más información al respecto), aunque hay más sistemas válidos de firma de documentos pdf que puede utilizar. - Es recomendable que, en primer lugar, cumplimente, firme y guarde electrónicamente la autorización a anexar en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarla en el paso correspondiente del trámite telemático. No obstante, también podrá hacerlo en ese mismo paso. 5. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion