Detalle de procedimiento

Trámite para la subsanación de documentación de las seis líneas correspondientes a la Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se convocan subvenciones en materia de igualdad en la diversidad, para el ejercicio 2023.

Código SIA : 212102
Código GUC : 18150
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: CERRADO
(24-02-2023
09-03-2023)
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Posibilitar la aportación de documentación que haya sido requerida a las entidades durante la instrucción del procedimiento por resultar necesaria para la tramitación de su solicitud

Requisitos

Requisitos

Figurar en el requerimiento de subsanación publicado en la web de la Dirección General de Igualdad en la Diversidad.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Aquellas entidades que han presentado solicitud de subvención en los programas que a continuación se relacionan, y que hayan sido requeridas para completar la documentación: - Programa para la igualdad y la inclusión de personas migrantes. -Programa para la igualdad de lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales. - Programa para la igualdad y la inclusión del Pueblo Gitano. - Programas de igualdad de trato y no discriminación. - Programas de promoción de la diversidad familiar. - Programas de escuelas de familias - Programas acogimiento para la inclusión de personas migrantes.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de la Jefatura del Estado, General de Subvenciones (BOE núm.276, de 18.11.2003).
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25.07.2006).
  • Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (DOCV núm. 7464, de 12.02.2015).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236 de 02.10.2015).
  • Orden 6/2020, de 9 de diciembre de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para financiar proyectos de apoyo a la igualdad en la diversidad (DOGV núm. 8973 de 11.12.2020)
  • Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan subvenciones en materia de igualdad en la diversidad, para el ejercicio 2023. (DOGV núm. 9502 de 31.12.2022)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en la Web de la Dirección General de Igualdad en la Diversidad (23-02-2023).

Formularios y documentación

La entidad deberá aportar la documentación indicada en el requerimiento de subsanación publicado.

Presentación

Presentación

Telemática
EXCLUSIVAMENTE por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

La instancia telemática de subsanación, ofrece un desplegable donde aparecen las líneas de subvención solicitadas por la entidad a efectos de seleccionar aquella que se quiera subsanar, y adjuntar a la misma la documentación de los proyectos solicitada.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

La documentación se recibirá por el órgano instructor

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa