Detalle de procedimiento

Subvenciones a la excelencia científica de juniors investigadores (SEJIGENT). Programa para el apoyo a personas investigadoras con talento - Plan GenT.

Código SIA : 223736
Código GUC : 18388
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: CERRADO
(01-12-2022
23-12-2022)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

La finalidad de estas subvenciones es potenciar el inicio de proyectos de investigación en la frontera del conocimiento desarrollados por jóvenes investigadores con vinculación contractual en centros de investigación de la Comunitat Valenciana. Se convocan como máximo 9 subvenciones que se distribuirán proporcionalmente por áreas temáticas de la Agencia Estatal de Investigación, según las solicitudes presentadas que hayan reunido los requisitos y cuya documentación esté completa y correcta. La duración de las subvenciones será de cuatro años (48 meses).

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrá solicitar estas subvenciones el personal investigador doctor que disponga, durante el plazo de presentación de solicitudes, de una experiencia desde la obtención del título de doctor entre cinco y doce años, y disponga de vinculación contractual o laboral con un centro de investigación de la Comunitat Valenciana o una universidad pública valenciana. En el caso de aquellas personas que hayan disfrutado de permisos derivados de maternidad o paternidad con arreglo a las situaciones protegidas que se recogen en el régimen general de la Seguridad Social o por la atención a personas en situación de dependencia -con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre-; o por situación de incapacidad temporal derivada de una enfermedad grave o una situación derivada de violencia de género, se ampliará un año por cada permiso de maternidad o paternidad o situación de las citadas, tenidos durante el periodo de experiencia desde la obtención del título de doctor citado en el párrafo precedente. La persona investigadora solicitante cuya vinculación laboral con el centro de investigación de la Comunitat Valenciana o universidad pública valenciana no comprenda toda la ejecución del proyecto deberá presentar con la solicitud una carta de compromiso firmada por el representante legal de aquéllas en la que en la que se comprometa a formalizar con ella un contrato laboral que comprenda toda la duración del proyecto y que autorice el desarrollo del mismo en dicho centro en caso de que se le concediese la subvención. Los gastos de dicha contratación (salario y cuota empresarial de la Seguridad Social) se podrán financiar como un concepto de gasto de la subvención concedida. El personal investigador contratado no podrá formar parte de otros grupos de investigación con financiación vigente a cargo de esta conselleria para el fomento de grupos de investigación emergentes, consolidables o consolidados, o del Programa Prometeo, ni tampoco estar disfrutando de una subvención para la contratación de personal investigador en fase postdoctoral, al amparo del Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana. El personal contratado con cargo a las subvenciones para la contratación de personal investigador doctor de excelencia para desarrollar un proyecto de I+D+i en la Comunitat Valenciana y para la contratación de personal investigador doctor con experiencia internacional, no podrá solicitar estas subvenciones, salvo que siendo beneficiario/a de esas subvenciones le reste como máximo, en el periodo de presentación de solicitudes, doce meses para finalizar su contrato con cargo a las citadas ayudas. Un mismo investigador/a no podrá presentar solicitudes en más de una modalidad de subvención del Plan GenT convocadas. En caso de presentación de varias solicitudes solo se considerará válida la última solicitud presentada en plazo.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Acuerdo de 9 de junio de 2017, del Consell, por el que se aprueba el Plan GenT (Generació Talent). (DOGV núm. 8080, de 10/07/2017)
  • Orden 17/2020, de 21 de septiembre, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa para el apoyo a personas investigadoras con talento - Plan GenT (DOGV núm. 8912, de 24/09/2020)
  • Resolución de 14 de noviembre de 2022 de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, subvenciones del Programa para el apoyo a personas investigadoras con talento - Plan GenT.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo para la presentación de solicitudes será el comprendido entre el 1 al 23 de diciembre de 2022, ambos inclusive (DOGV núm. 9473, de 18 de noviembre de 2022).

Formularios y documentación

La solicitud telemática, que incluirá el presupuesto de gastos del proyecto con las previsiones para todas las anualidades de duración del proyecto, irá acompañada, además del impreso de la firma del representante legal de la entidad en materia de investigación, de los siguientes documentos: a) Copia del título de doctor/a o del documento en el que se certifique el pago de las tasas para la expedición del título. En el caso de titulación extranjera, en lenguas diferentes a las oficiales en la Comunitat Valenciana o inglés, traducción legal de la misma. b) Certificado del centro de investigación o universidad pública valenciana que acredite el vínculo contractual o laboral de la persona solicitante. c) Currículum del investigador solicitante. d) Memoria científico-técnica del proyecto, preferentemente en inglés. e) Plan de trabajo para resultar adjudicatario de una ERC Grant o de una de superior nivel de la que se es beneficiario, preferentemente en inglés. f) En su caso, carta de compromiso firmada por el representante legal del centro de investigación o universidad pública valenciana si concurren las circunstancias previstas en el artículo 38 in fine de las bases reguladoras. g) En su caso, copia del permiso concedido con arreglo a los supuestos previstos en el artículo 15.4 de las bases reguladoras. A efectos de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Orden de bases, el curriculum vitae de la persona solicitante, la Memoria científico-técnica del proyecto y el plan de trabajo para resultar adjudicatario de una ERC Grant o de una de superior nivel de la que se es beneficiario, se consideran parte integrante y contenido mínimo de la solicitud, por lo que la ausencia o falta de contenido de estos documentos determinará la inadmisión de la misma, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

Las solicitudes serán evaluadas según los siguientes criterios y baremo: a) Excelencia científica del candidato (50%) - Hasta 25 puntos: publicaciones científicas y participación en actividades de difusión. - Hasta 15 puntos: participación en proyectos o grupos de investigación de ámbito nacional o internacional, contratos y patentes o méritos equivalentes en sus respectivas áreas de conocimiento. - Hasta 10 puntos: estancias en el extranjero, premios y otras acciones relevantes. b) Calidad e impacto del proyecto de investigación propuesto y del plan de trabajo. (35%). - Hasta 15 puntos: calidad del proyecto de investigación (objetivos, impactos esperados, metodología del proyecto y plan de trabajo). - Hasta 10 puntos: que el proyecto se encuentre en la frontera de conocimiento y que tenga una elevada proyección internacional. - Hasta 10 puntos: plan de trabajo para concurrir a próximas convocatorias de subvenciones del ERC o, de una ERC de nivel superior de la que se es beneficiario/a. c) Trayectoria internacional del candidato (15%). Se valorará si ha superado la Fase 1 del proceso de evaluación de las subvenciones ERC (starting/consolidator), si ha recibido sello de excelencia en la subvenciones MSCA-IF o si ha quedado seleccionado o en la reserva de otras convocatorias nacionales e internacionales de excelencia que pueda recoger la respectiva convocatoria (programas Juan de la Cierva, Ramón y Cajal).

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

El órgano instructor, a quien corresponderá la tramitación del procedimiento, será la unidad administrativa superior dependiente de la dirección general competente en materia de política científica e investigación, así como el servicio dependiente de aquella que desempeñe las funciones al efecto.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

1. Las subvenciones tendrán un importe de 80.000 euros anuales y su cuantía se determinará para cada proyecto en función del presupuesto solicitado y del resultado del proceso de evaluación.

Órganos resolución

Órganos resolución

Elevada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la dirección general competente en materia de política científica e investigación dictará la correspondiente resolución definitiva del procedimiento, acto que pondrá fin a la vía administrativa y que será notificada a los interesados.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa