Detalle de procedimiento

Autorización/Revocación para la cesión de datos de las personas beneficiarias del reconocimiento de la condición de familia monoparental y/o familia numerosa en la Comunitat Valenciana

Código SIA : 1938300
Código GUC : 19578
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Su objeto es posibilitar la autorización/revocación, por parte de las personas beneficiarias del reconocimiento de la condición de familia monoparental y/o numerosa, para la cesión de los datos de carácter personal contenidos en los ficheros creados a estos efectos, a través de la Orden 7/2015, de 14 de mayo, de la Conselleria de Bienestar Social (DOGV 7530, de 21 de mayo de 2015), con la finalidad de facilitar el acceso a beneficios establecidos para estas personas por parte de otros órganos administrativos de la Generalitat Valenciana, distintos a la dirección general competente en materia de las familias.

Requisitos

Requisitos

Tener reconocida la condición de persona beneficiaria de la condición de familia monoparental y/o familia numerosa en la Comunitat Valenciana, de acuerdo con la normativa vigente.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

El procedimiento de autorización/revocación de cesión de datos podrá ser realizado por toda persona, con capacidad legal que, tenga reconocida la condición de persona beneficiaria de la condición de familia monoparental y/o familia numerosa en la Comunitat Valenciana, de acuerdo con la normativa vigente. La autorización se deberá hacer de forma individual por cada una de las personas mayores de edad que consten como beneficiarias en el título de familia monoparental y/o familia numerosa. En el caso de las personas menores de edad, personas acogidas o tuteladas, se entenderá que la autorización concedida por la o las personas progenitoras, acogedoras o tutoras, autoriza también a la cesión de sus datos personales.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE núm. 277, de 19 de noviembre de 2003)
  • Decreto 18/2018, de 9 de marzo, del Consell, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana (DOGV 8260, de 23 de marzo de 2018).
  • Orden 7/2015, de 14 de mayo, de la Conselleria de Bienestar Social (DOGV 7530, de 21 de mayo de 2015).
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE núm. 298, de 14 de diciembre de 1999).
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) («D.O.U.E.L.» 4 mayo)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

La autorización/revocación de cesión de datos se podrá realizar en cualquier momento.

Formularios y documentación

En caso de realizarse de forma telemática no deberá aportarse ninguna documentación. En caso de realizarse de forma presencial deberá presentarse totalmente rellenado el formulario correspondiente.

Presentación

Presentación

Presencial
-En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, a la de cualquier administración de las diputaciones provinciales, cabildos y consejos Insulares, a los ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio., así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. -En cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de la solicitud y en la copia. Y preferentemente en los registros de las direcciones territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas. La ATENCIÓN PRESENCIAL y REGISTRO DE DOCUMENTOS será ÚNICAMENTE mediante CITA PREVIA, que se puede solicitar a través del teléfono de información de la Generalitat 012   o a través de internet: https://www.gva.es/es/inicio/servicios_linea/citas_previas
Telemática
-De forma telemática a través del icono de "Tramitar telemáticamente", se accederá al proceso telématico de presentación de la solicitud, en el cual se deberá rellenar el formulario.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Direcciones Territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa