Detalle de procedimiento

Convocatoria de 3 becas para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de la Joventut (IVAJ).

Código SIA : 1523226
Código GUC : 19628
Organismo: INSTITUT VALENCIÀ DE LA JOVENTUT IVAJ
Plazo de solicitud: CERRADO
(30-04-2019
21-05-2019)
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

1. Convocar la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de 3 becas, para completar la formación de personas jóvenes tituladas universitarias, mediante la realización de prácticas profesionales en las dependencias del IVAJ, dirigidas a la mejora y especialización profesional de las personas. 2. La actividad a desarrollar consistirá, con carácter general, en la realización de prácticas formativas relacionadas con las competencias asignadas a este organismo por la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud, y el Decreto 21/2003, de 4 de marzo, del Consell de la Generalitat, mediante el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional del IVAJ, y las funciones serán las que se asignen en cada caso. 3. Las becas y titulaciones oficiales universitarias requeridas son: a) 1 beca para personas licenciadas o graduadas en Bellas Artes o que estén en posesión del título de Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de productos. Las funciones en esta beca serán las relacionadas con el diseño de soportes informativos dirigidos a jóvenes (animación, infografía, desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles…) b) 1 beca para personas licenciadas o graduadas en Turismo. Las funciones están relacionadas con la promoción y difusión de los programas del IVAJ y de la Xarxa Valenciana d'Albergs Juvenils, así como la dinamización de la central de reservas del IVAJ. c) 1 beca para personas licenciadas o graduadas en Pedagogía o Psicología. Las funciones a ejercer en esta beca serán el diseño de programas y actividades de formación y la gestión, tramitación y seguimiento de los programas de formación del IVAJ. 4. Las prácticas se realizarán en las dependencias de los servicios centrales del IVAJ en Valencia, excepto en el caso del apartado c) que se desarrollarán en la unidad territorial del IVAJ de Castellón. La dirección técnica, supervisión y tutoría de las mismas se ejercerá por la persona titular del servicio donde se realicen o por quien le sustituya.

Observaciones

Observaciones

Duración de las becas La beca tendrá una duración máxima de 12 meses, contados desde la fecha que se indique en la resolución de concesión, pudiendo ser prorrogada, mediante resolución expresa, hasta un periodo máximo de 12 meses adicionales, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del IVAJ para los ejercicios a los que afecte la prórroga, y que el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje. Medios de publicación y notificación de los distintos trámites 1. La publicación de las listas previstas en el proceso de selección se hará en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat en internet www.gva.es y también en la página web del IVAJ, https://ivaj.gva.es 2. La resolución de concesión se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con expresión de las bases, convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen las becas otorgadas, relación de las personas beneficiarias, cantidades concedidas y la finalidad de las mismas. La publicación de la citada resolución surtirá los efectos de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la información correspondiente se insertará en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat en internet www.gva.es y también en la página web del IVAJ https://ivaj.gva.es.

Requisitos

Requisitos

1. Las personas solicitantes de las becas deberán ser residentes en la Comunitat Valenciana y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden 6/2018, de 23 de mayo, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases que regulan becas para la realización de prácticas profesionales en el IVAJ, en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. 2. No podrán optar a las becas que regulan estas bases quienes, en el momento de publicarse la convocatoria, estén disfrutando de otra beca de prácticas profesionales en dependencias de la Generalitat, salvo cuando resten menos de dos meses para su finalización. 3. La no presentación de la persona aspirante a la entrevista comportará su exclusión de la convocatoria.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán optar a la obtención de la beca objeto de esta convocatoria quienes reúnan los requisitos, al término del plazo de presentación de solicitudes.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Orden 6/2018, de 23 de mayo, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases que regulan becas para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de la Joventut (DOGV nº 8308, de 01/06/2018)
  • Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas (DOGV núm. 6097 de 08/09/2009)
  • Orden 17/2011, de 6 de mayo, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se desarrolla el capítulo II, de las becas de prácticas profesionales, del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas (DOGV nº 6521, de 16/05/2011)
  • Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud (DOGV n.º 8168, de 13/11/2017)
  • Resolución de 11 de abril de 2019, del director general del Institut Valencià de la Joventut, por la que se convocan tres becas para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de la Joventut.
  • Resolución de 25 de noviembre de 2019, del director general del Institut Valencià de la Joventut, por la que se conceden tres becas para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de la Joventut (DOGV nº 8690, de 03/12/2019)

Enlaces

Enlaces

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Plazo

Plazo

En el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 8537 de 29/04/2019).

Formularios y documentación

1. Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán, por vía electrónica, una única solicitud, en la que optarán exclusivamente a una de las becas convocadas, y el currículum de forma completa, según modelos normalizados. Junto a la solicitud y al currículum presentado por vía electrónica no se acompañará documentación alguna. 2. Ambos documentos son obligatorios y estarán accesibles en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es. Al cumplimentar estos formularios se obtendrá la autobaremación inicial de los méritos aducidos en el currículum, que se calculará de forma automática a partir de la información aportada en el mismo. El resultado de dicha baremación se visualizará como un campo más del formulario. Presentación de documentación acreditativa de los méritos 1. Cuando se haga público el resultado de la autobaremación inicial de los méritos detallados en el currículum, y haya transcurrido el correspondiente periodo de alegaciones, el órgano instructor determinará las 10 solicitudes que han obtenido la mejor puntuación y que deberán realizar la entrevista y presentar la documentación acreditativa de los méritos. 2. El régimen para la presentación acreditativa de los méritos será el establecido en el artículo 7, en sus apartados 7 y 8, de la Orden 6/2018, de 23 de mayo, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases que regulan becas para la realización de prácticas profesionales en el IVAJ.

Presentación

Presentación

Telemática
Las personas solicitantes de las becas deberán presentar telemáticamente la solicitud mediante certificado electrónico reconocido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (www.accv.es) o DNI electrónico y acceder a los apartados "Por internet" o "¿Cómo se tramita telemáticamente?"., Las personas solicitantes de las becas deberán presentar telemáticamente la solicitud mediante certificado electrónico reconocido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (www.accv.es) o DNI electrónico y acceder a los apartados "Por internet" o "¿Cómo se tramita telemáticamente?".

Enlaces

Enlaces

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo conforme establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

1. El importe global máximo destinado a la concesión de las becas que se convocan mediante la presente resolución será de treinta mil euros (30.000 euros) para la anualidad 2019. Está previsto, para el 2019, 1.064,49 euros/mes.

Plazo máximo

Plazo máximo

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de tres meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la LPAC. Concluido este plazo, sin que se haya dictado y publicado la resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa