Detalle de procedimiento

Solicitud de acreditación de títulos de formación o certificados de competencia obtenidos en la Comunitat Valenciana para el ejercicio de las profesiones reguladas de la rama sanitaria en otro país de la Unión Europea.

Código SIA : 1523263
Código GUC : 19708
Organismo: Conselleria de Sanidad
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 11-06-2014
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Solicitud de acreditación de títulos de formación o certificados de competencia obtenidos en la Comunitat Valenciana para el ejercicio de las profesiones reguladas de la rama sanitaria en otro país de la Unión Europea.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las personas interesadas en la acreditación de títulos de formación o certificados de competencia obtenidos en la Comunitat Valenciana para el ejercicio de las profesiones reguladas de la rama sanitaria en otro país de la Unión Europea.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

Las personas interesadas deberán presentar ante la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud: - Modelo de solicitud. - Copia del documento nacional de identidad (DNI) o Número de identificación de extranjeros (NIE) en el caso de oposición a que el órgano gestor compruebe telemáticamente la identidad del solicitante. En el caso de actuar en representación de otra persona o entidad, copia de la documentación que acredite dicha representación. - Copia del título académico o certificado de competencia y del título profesional (en su caso) o del certificado sustitutorio del título o certificado expedido por la autoridad competente, en el caso de oposición a que el órgano gestor consulte directamente la información. - Copia de la certificación de la formación recibida para la obtención del título o certificado, en el que consten, entre otros puntos, la duración de estos y las asignaturas o módulos cursados.

Presentación

Presentación

Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat . 1.- La presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Para ello deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación". Entre estos sistemas se admiten: -El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C. Valenciana). -Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas físicas (por tanto, quedan excluidas las personas juridicas: empresas, ayuntamientos, entidades ....). Más información respecto a los sistemas admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en: https://sede.gva.es/es/web/sede_electronica/sede_certificados 2.- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp - Y en http://www.accv.es/ciudadanos/registro-de-representantes/ Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora. 3.- Clickando en el enlace directo indicado en "¿Cómo se tramita telemáticamente?" o en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" (en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la solicitud y demás documentación cumplimentada y firmada digitalmente que deba aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4.- Respecto a los DOCUMENTOS A ANEXAR, en su caso: Es recomendable que, en primer lugar, los reúna todos y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriba/n. Para ello la autoridad certificadora de la Comunitat Valenciana ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF (acuda a http://www.accv.es para más información al respecto), aunque hay más sistemas válidos de firma de documentos pdf que puede utilizar.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

- La Escuela Valenciana de Estudios de la Salud tiene asignada la competencia para gestionar la acreditación de los títulos formativos de la rama sanitaria, expedidos en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio de la correspondiente profesión en otro estado miembro de la Unión Europea. - La Escuela Valenciana de Estudios de la Salud tramitará el procedimiento de acreditación conforme a lo dispuesto en el Capítulo V del Decreto 80/2014, de 6 de junio, del Consell, por el que se determinan los órganos competentes en la Comunidad Valenciana para el reconocimiento de cualificaciones profesionales obtenidas en otros países miembros de la Unión Europea, y se establece el procedimiento de acreditación y autenticación de títulos y certificados de competencias obtenidos en la Comunidad Valenciana.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

Contra la resolución del procedimiento, que no pone fin a la vía administrativa, o contra la falta de resolución expresa en el plazo establecido, podrán interponerse los recursos procedentes, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo máximo

Plazo máximo

A la vista de la documentación presentada, la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud procederá a emitir la acreditación del título de formación o la cualificación profesional solicitada, en el plazo máximo de cuatro meses desde la entrada de la solicitud.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa