Detalle de procedimiento

Subvenciones para la financiación de los gastos de medios materiales destinados a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local (Año 2022)

Código SIA : 1934322
Código GUC : 19870
Organismo: AGENCIA VALENCIANA DE SEGURIDAD Y RESPUESTA A LAS EMERGENCIAS AVSRE
Plazo de solicitud: CERRADO
(25-08-2022
07-10-2022)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

En el ejercicio 2022 serán subvencionables los gastos realizados en la adquisición de emisoras de la red COMDES para uso policial, efectuados durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes

Observaciones

Observaciones

Los trámites serán notificados individualmente a cada corporación interesada y, en su caso, publicados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Bases reguladoras: DECRETO 29/2018, de 25 de octubre, del president de la Generalitat, por el que se establecen y aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de los medios materiales destinados a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local.
  • RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2022, del director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, por la que se convocan, para el año 2022, subvenciones para la financiación de los gastos derivados de la adquisición de medios materiales destinados a losayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo para la presentación de solicitudes será: Fecha de inicio: Desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria Fecha de fin: 07/10/2022 El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria. (DOGV nº 9411, de 24/08/2022).

Formularios y documentación

La solicitud se presentará firmada por la persona titular de la Alcaldía o por quien, telemáticamente, tenga la representación del ayuntamiento. Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación: a) Copia de la factura o facturas del material adquirido durante el período de tiempo comprendido entre el 1 de enero del año de la convocatoria y el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) Copia del recibo acreditativo del pago de la factura o facturas o el justificante bancario de este, que deberá haberse hecho efectivo durante el periodo mencionado anteriormente. c) Domiciliación bancaria según modelo normalizado que figura en el Portal de la Generalitat www.gva.es, excepto si se ha presentado anteriormente en otros procedimientos de concesión de ayudas por la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias y no ha experimentado variación. d) Declaración responsable de no estar incursos en las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. e) Certificación expedida por el secretario o secretaria del ayuntamiento, acreditativa de no haberse obtenido ni solicitado cualesquiera otras ayudas para la adquisición de los medios materiales objeto de la subvención solicitada o, en caso contrario, indicación de la ayuda obtenida o solicitada, con expresión de su importe y de la entidad concedente. f) Certificación acreditativa de hallarse al corriente en la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Sindicatura de Cuentas. g) Declaración responsable de que la entidad solicitante está autorizada para el uso de la Red COMDES y de que las emisoras de la Red COMDES son destinadas al Cuerpo de la Policía Local.

Presentación

Presentación

Telemática
- Para poder realizar la presentación electrónica a través de la plataforma de tramitación de la GVA, el solicitante deberá disponer de cualquiera de los sistemas de firma electrónica admitidos en la Sede de la Generalitat y que allí se indican. - Existe un correo de asistencia técnica, destinado a solventar cualquier problema técnico relacionado con la presentación electrónica de dicha solicitud: generalitat_en_red@gva.es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Pinchando en el enlace "Tramitar con certificado· (figura de color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web de solicitud, anexar a continuación la documentación que se aporta y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que también estará disponible en el Área Personal de la persona solicitante, a la que puede accederse desde la web de la Generalitat, o desde su sede electrónica (Web de la Generalitat-> Sede electrónica->Acceso al área personal). Una vez cumplimentada la solicitud, se validará y a continuación se adjuntará el o los documentos electrónicos que tenga que aportar. Finalmente, una vez realizado el envío, se registrará de entrada por medio del registro telemático y podrá imprimir una copia del mismo.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Subdirección General de Seguridad

Observaciones

Observaciones

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1. y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

El porcentaje máximo de subvención se establece en función del número de habitantes de los municipios con cuerpo de policía local, del siguiente modo: Para municipios: Hasta 20.000 habitantes: 85 % Con más de 20.000 habitantes hasta 50.000: 70 % Con más de 50.000 habitantes hasta 75.000: 60 %

Plazo máximo

Plazo máximo

El plazo máximo para resolver las solicitudes y proceder a la publicación de la resolución de concesión, será el de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, deberán entenderse aquellas desestimadas, de conformidad con el artículo 25 de la Ley 39/2015, de de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órganos resolución

Órganos resolución

Director de la AVSRE

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa