Detalle de procedimiento

TECE - Aportación documental telemática a un expediente de ayudas en materia de vivienda

Código SIA : 2099976
Código GUC : 20378
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

El trámite tiene por objeto la presentación telemática de documentación a un expediente de solicitud de ayudas de vivienda, como consecuencia de una publicación de reparos o un requerimiento por parte de la Administración, o, en su caso, a iniciativa de la parte interesada.

Observaciones

Observaciones

La atención presencial se prestará en la correspondiente Dirección Territorial de Vivienda y Arquitectura Bioclimática de Alacant, Castelló y València. Para dicha atención presencial, se requiere cita previa a través del teléfono de información de la Generalitat 012 (o 963866000, desde fuera de la Comunitat) o a través del enlace de la Dirección Territorial correspondiente.

Requisitos

Requisitos

Tener un expediente en tramitación ante la Conselleria competente en materia de Vivienda.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

La aportación documental telemática o subsanación, la realizará la misma persona que formalizó en su momento la petición de la ayuda (la solicitante o, en su caso, la representante legal a tal efecto). De no ser así, deberá acreditar su cualificación/representación para ello.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

La aportación de documentación para completar o subsanar un expediente de ayudas, podrá realizarse hasta que concluya el periodo de subsanación de reparos a las solicitudes de ayudas que al efecto se publique en la Web de la Conselleria.

Presentación

Presentación

Telemática
1. Para iniciar el trámite telemático deberá pinchar en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página, donde la persona que aporta la documentación se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat. Deberá disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma, no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver enlaces del apartado Información Complementaria). 2. Se deberá seleccionar el expediente que corresponda entre los que ofrezca la aplicación en función de la identificación (DNI-NIE-NIF) de la persona o comunidad de propietarios solicitante de la ayuda. 3. A continuación, se adjuntarán los documentos en formato pdf que hayan sido requeridos por la Administración o que se consideren oportunos para incorporar al expediente de ayudas (si la subsanación atañe a la propia solicitud, se rellenará el correspondiente pdf de subsanación de la solicitud que aparece en el apartado impresos asociados y se adjuntará en el trámite telemático) 4. Finalmente lo registrará de entrada, a través del registro telemático. La documentación será valorada por el personal de la Conselleria encargado de la tramitación del expediente, para su incorporación al mismo si procede.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

El procedimiento se tramita telemáticamente.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa