Detalle de procedimiento

Solicitud de inscripción marginal de modificación de datos inscritos (inscripción marginal en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana).

Código SIA : 211019
Código GUC : 2071
Organismo: Conselleria de Justicia e Interior
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

El procedimiento consistirá en la inscripción marginal de la modificación de los datos reflejados en la inscripción de la unión de hecho en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana, como el cambio de domicilio, de los datos personales o de aquellas modificaciones que, sin cancelar la unión de hecho formalizada, afecten a los datos de su inscripción. Dichas modificaciones se efectuarán mediante inscripción marginal en el citado registro.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

En el caso de que lo que se pretenda inscribir sea documentación que deje constancia del cambio de domicilio, de los datos personales o de aquellas modificaciones que, sin cancelar la unión de hecho formalizada, afecten a los datos de su inscripción en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas en la Comunitat Valenciana, bastará con que la solicitud sea suscrita por uno sólo de los miembros de la unión de hecho formalizada, acompañando la correspondiente documentación justificativa.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

La instancia de solicitud de inscripción marginal se formulará por escrito (impreso normalizado), dirigido al Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana, y deberá acompañarse a ésta: - Documentación que deje constancia del cambio de domicilio, de los datos personales, o de aquellas modificaciones que, sin cancelar la unión de hecho formalizada, afecten a los datos de la inscripción de la unión de hecho en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana.

Tasa o pago

Tasa o pago

No sujeto a pago de tasa.

Presentación

Presentación

Presencial
La solicitud de inscripción marginal se formulará por escrito (impreso normalizado), dirigida al Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana. La instancia se presentará: - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. Y, preferentemente, en la sede del Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana:
Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat. ( https://sede.gva.es/va/sede_certificados ). IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que: 1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo. 2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática. 3- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación. PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA: a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales. b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite * Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD" * Especifique la materia objeto de la solicitud * Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante). c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede. d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación). e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro. Su presentación telemática habrá finalizado.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1) INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento se inicia a instancia de los dos miembros, o de un miembro, de la unión de hecho formalizada, mediante la presentación de la correspondiente solicitud (impreso normalizado) del cambio de domicilio, los datos personales o la modificación de otros datos de la inscripción que no supongan la cancelación de la unión de hecho formalizada. 2) INSTRUCCIÓN Si la solicitud de inscripción marginal, junto con la documentación preceptiva que debe acompañarla, reúne todos los requisitos establecidos y está completa, por el encargado del Registro, se procederá a continuar su tramitación. Si se apreciara cualquier carencia o defecto en la solicitud o en la documentación presentada, se requerirá a los interesados para que en el plazo máximo de diez días hábiles subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, advirtiéndoles que si no lo hicieran así, se procederá a declarar el desistimiento de su solicitud. 3) RESOLUCIÓN El centro directivo con competencias en la materia, en el plazo máximo de tres meses, dictará resolución sobre la concesión o denegación de la solicitud de inscripción marginal, entendiéndose desestimada si no se hubiese dictado en el citado plazo. En el caso de que la solicitud de inscripción marginal fuera estimada, el encargado del Registro procederá a extender el correspondiente asiento en el registro. En caso de problemas informáticos a la hora de realizar este trámite puede rellenar el formulario de contacto en INFORMACIÓN BÁSICA - dudas sobre la tramitación telemática - problemas informáticos. En caso de dudas sobre la tramitación del procedimiento ponerse en contacto a través de la cuenta de correo: registreunionsfetcv@gva.es (esta cuenta no debe utilizarse para la presentación oficial de documentos)

Observaciones

Observaciones

Recurso de alzada ante el secretario autonómico de Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la resolución. El recurso puede interponerse ante el órgano que dicte el acto o ante el competente para resolverlo (artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE Nº 236).

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa