Detalle de procedimiento

Alegaciones o aportación documental en los procedimientos sancionadores de la Conselleria competente en materia de Agricultura y Medio Ambiente

Código SIA : 2263246
Código GUC : 20742
Organismo: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 14-02-2018
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Presentar todo tipo de alegaciones en el seno del procedimiento sancionador.

Observaciones

Observaciones

- El numero de expediente es el que figura como tal en el Acuerdo de Iniciación y debe referenciarse en sus comunicaciones con la administración. - Cuando los interesados estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la documentación se presente de forma presencial, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. - Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. - Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Requisitos

Requisitos

- Ser persona física o jurídica señalada en el expediente sancionador como presunta responsable, o en su caso autorizado administrativo o representante de la misma. - Los interesados que sean personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de la documentación debe realizarse electrónicamente.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las personas físicas o jurídicas que, teniendo la condición de interesadas en el expediente sancionador, hayan sido señaladas en el mismo como posibles responsables y estén interesadas en presentar documentación en el seno del procedimiento.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Plazo

Plazo

- Alegaciones específicas: En el plazo contenido en el pie de alegaciones del acto procedimental al que se pretende alegar. - Alegaciones generales, aportación de documentos y otros elementos de juicio: En cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia. - Defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados: En cualquier momento antes de la resolución definitiva del asunto.

Formularios y documentación

Tramitación presencial: Se deberá presentar el escrito de alegaciones y la documentación pertinente, si la hubiese, por registro de entrada en los lugares establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y preferentemente en el referido en el apartado anterior. Tramitación telematica: 1.- Deberá disponer de certificado electrónico reconocido por ACCV o DNI electrónico. Si se trata de representante legal, deberá estar dado de alta en el Registro de Representantes.

Presentación

Presentación

Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán la documentación telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL:http://www.gva.es/proc20742 Para acceder de forma telemática el interesado deberá disponer un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Cuando los interesados estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la documentación se presente de forma presencial, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Tramitación presencial: Presentar en los Registros de Entrada indicados en el apartado ¿Dónde Dirigirse? el escrito de alegaciones firmado por la persona presunta responsable o por su representante legal, adjuntando cuanta documentación estime pertinente. Tramitación telemática: 1.- Pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página, iniciar el trámite de presentación de alegaciones, que será firmado electrónicamente conforme al artículo 11.2 de la Ley 39/2015. Para acceder de forma telemática el interesado deberá disponer un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Si se realiza por representante legal, deberá estar dado de alta en el Registro de Representantes.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

- No cabe recurso contra los actos de trámite y en el caso de la Resolución definitiva del procedimiento habrá que atenerse al pie de recursos contenido en la misma o en su notificación.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa