Detalle de procedimiento

6 becas de formación y perfeccionamiento para el año 2016 en el Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM).

Código SIA : 211022
Código GUC : 2087
Organismo: Institut Valencià d'Art Modern IVAM
Plazo de solicitud: CERRADO
(13-01-2016
30-01-2016)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, seis becas de formación y perfeccionamiento a desarrollar en distintos departamentos del IVAM (Ver apartado Información Complementaria). Las becas se otorgan para facilitar a los aspirantes que reúnan los requisitos indicados el aprendizaje en los diferentes ámbitos de la gestión museística así como de darles la posibilidad de participar en la actividad museística en colaboración con los equipos técnicos del IVAM que correspondan.

Observaciones

Observaciones

* DURACIÓN, FUNCIONES Y DEPARTAMENTOS A DESARROLLAR LA ACTIVIDAD 1. Beca de Gestión Administrativa Departamento: Gestión Administrativa Funciones: gestión administrativa del museo Duración: 12 meses desde su adjudicación 2. Beca de Gestión Económica Departamento: Gestión Económica Funciones: gestión económica del museo Duración: 12 meses desde el 17 de septiembre de 2016 3. Beca de Documentación Departamento: Biblioteca Funciones: documentalista Duración: 12 meses desde su adjudicación 4. Beca de Actividades Culturales Departamento: Actividades y programes culturales Funciones: atención de las actividades culturales del museo Duración: 12 meses desde su adjudicación 5. Beca de Comunicación Departamento: Comunicación y redes sociales Funciones: comunicación, community manager de las redes sociales del museos, generación de contenidos y difusión de las actividades del museo Duración: 12 meses desde su adjudicación 6. Beca de Didáctica Departamento: Didáctica Funciones: atención de las actividades didácticas del museo Duración: 12 meses desde su adjudicación

Requisitos

Requisitos

a) No ser mayor de 35 años. b) Estar en posesión del título oficial universitario o equivalente exigido en la convocatoria, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan transcurrido más de cinco años desde su finalización y de los idiomas solicitados como requisito, en su caso: 1. Beca de Gestión Administrativa: Licenciatura o Grado en Derecho 2. Beca de Gestión Económica: Licenciatura o Grado en Económicas o en Dirección y Administración de Empresas 3. Beca de Documentación: Licenciatura en Documentación o Grado en Información y Documentación o Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación 4. Beca de Actividades Culturales: Licenciatura o Grado en Historia del Arte o en Bellas Artes. 5. Beca de Comunicación: Licenciatura o Grado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual, además: - Nivel B2 o equivalente de inglés - Nivel Mitjà-B2 de Valencià de la JQCV 6. Beca de Didáctica: Licenciatura o Grado en Pedagogía, Grado en Maestro en Educación, Primaria o en Educación Infantil, Diplomatura en Maestro en Educación, Primaria o en Educación Infantil. c) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses. d) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en la solicitud. e) Disponer de cobertura sanitaria. - Los solicitantes deberán reunir los requisitos y condiciones que señalen las convocatorias al término del plazo de presentación de las solicitudes. - No podrán optar a una beca quienes en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las becas se adjudicarán, mediante concurso de méritos, entre los diversos aspirantes que con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias reúnan los requisitos que a continuación se indican.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Resolución de 21 de diciembre de 2015, del director gerente del Institut Valencià d'Art Modern, por la que se convocan seis becas de formación y perfeccionamiento para el año 2016 (DOCV nº 7695, de 12/01/16).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El formulario de solicitud podrá presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del siguiente del de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 7695, de 12/01/16.

Formularios y documentación

- Formulario de Solicitud. - Currículum. El formulario de solicitud incorpora una declaración responsable mediante la cual el solicitante manifiesta, bajo su responsabilidad, que todos los datos recogidos en la solicitud y en curriculum que se adjunta son verídicos. A tenor de lo dispuesto en el artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o manifestación, en dicha declaración responsable, así como la falta de acreditación de los requisitos exigidos, determinará la imposibilidad de seguir en la convocatoria. Asimismo, el formulario contiene una indicación de que los datos de carácter personal contenidos en el mismo podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por el titular responsable del mismo, en uso de las funciones propias que tenga atribuidas en el ámbito de sus competencias. A su vez, se informa a los interesados de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo ello de conformidad con lo dispuesto en artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE 298, 14.12.1999). Con el fin de reducir las cargas administrativas a los interesados, junto a la solicitud y currículum vítae, que se deberán presentar conforme a los modelos normalizados que se adjuntan en anexo, no acompañarán documentación alguna.

Presentación

Presentación

Presencial
Las solicitudes firmadas, acompañadas únicamente del currículum vítae, se presentarán en las oficinas del IVAM para su registro, en la calle de Guillem de Castro, 118, 46003 Valencia, o se enviarán al correo electrónico a: g.administrativa@ivam.es, devolviéndose por este medio la solicitud registrada.

Dónde dirigirse

Enlaces

Enlaces

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. Si la solicitud no reúne todos los datos exigidos o no fuere aportado el curriculum vitae, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de su requerimiento subsane el defecto o acompañe los documentos preceptivos con la indicación de que, si no lo hiciera, se entenderá desistido de su petición y excluido del procedimiento. 2. Los solicitantes que hayan sido seleccionados para la fase de entrevista deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos detallados en el curriculum con 10 días de antelación a la fecha fijada para la entrevista. De forma contraria, o si la comisión evaluadora comprobara que existe falsedad en los datos incluidos en el curriculum por el aspirante porque no los puede acreditar documentalmente, este quedará excluido del procedimiento y se convocará al siguiente aspirante clasificado para la realización de la entrevista. Esta documentación es la siguiente: a) Título de Licenciado, Grado o Diplomado, en su caso, homologado en España. b) Título de los idiomas solicitados como requisitos en la beca de Comunicación. c) Expediente académico compulsado con la nota media oficial. d) Documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum vítae. . Todos los documentos serán originales o fotocopias compulsadas. . Los méritos no suficientemente acreditados no serán tenidos en cuenta a efectos de su valoración. El cumplimiento temporal de los méritos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. . Si en cualquier momento del proceso llega a conocimiento de la comisión evaluadora que alguno de los solicitantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos, deberá requerirle para su acreditación. . En caso de no ser acreditados en plazo, quedará excluido del proceso, previa indicación de las inexactitudes o falsedades formuladas por el solicitante. 3. Para la valoración de los méritos se constituirá una comisión evaluadora, que a la vista de los méritos alegados en el curriculum, la valorará los méritos de acuerdo con la información obtenida de los currículums. 4. Los cinco candidatos de cada especialidad que obtengan la mejor puntuación serán convocados para la realización de la fase de entrevista. 5. La comisión elevará la propuesta de concesión de las beca, en el plazo máximo de tres meses contados desde el día que finaliza el plazo de presentación de solicitudes, al director gerente del IVAM, quien resolverá la convocatoria. La resolución de concesión de las becas se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. 6. Si en el plazo de tres meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, no se dicta y notifica la resolución correspondiente a esta convocatoria, se entenderá que el efecto del silencio administrativo es desestimatorio de las solicitudes presentadas. Asimismo, la comisión calificadora podrá formular propuesta en el sentido que sea declarada desierta la convocatoria si, a juicio suyo, no hubiese concursantes con méritos suficientes para merecer la adjudicación.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

A) Expediente académico: se valorará hasta un máximo de 13 puntos 1. La puntuación asignada al expediente académico coincidirá con la nota media ponderada, dando lugar a una valoración entre 5 y 10 puntos. Cuando la ponderación esté realizada con una puntuación del 0-4 se aplicará lo dispuesto en el apartado 13.4 y 5 del Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen las directrices generales comunes de los planes de estudio. 2. Otros títulos oficiales que no constituyan un requisito para la concesión. En este subapartado la puntuación máxima será de 3 puntos: 1. Doctor: 2 puntos. 2. Licenciado/a universitario/a: 1 punto. 3. Diplomado/a universitario/a: 0,50 puntos. Para las becas de documentalista y de didáctica por estar dirigida a diplomados y licenciados, indistintamente, tener la licenciatura superior en la materia requerida se valorará en 0,50 puntos. B) Conocimiento del valenciano: solo se valorarán los certificados expedidos u homologados por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, con arreglo a la siguiente escala y puntuándose exclusivamente el nivel más alto acreditado: Oral: 0,25 puntos. Elemental: 0,50 puntos. Mitjà: 0,75 puntos. Superior:1 punto. C) Idiomas de la Unión Europea: Se valorará cada nivel superado, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, con 0,20 puntos. La puntuación máxima será de 1 punto. Solo se valorarán los títulos expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, Universidades, Ministerios o cualquier organismo oficial acreditado. D) Conocimientos adicionales: 1. Experiencia profesional relacionada directamente con el objeto de la beca hasta 2 puntos computándose 0,10 por mes completo trabajado. 2. Cursos de formación relacionados con el objeto de la beca hasta un máximo de 4 puntos. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento de duración igual o superior a 15 horas que hayan sido cursados o impartidos por el interesado con arreglo a siguiente escala: a) De 200 o más horas: 3 puntos. b) De 100 o más horas:2 puntos. c) De 75 o más horas:1,5 puntos. d) De 50 o más horas:1 punto. e) De 25 o más horas: 0,5 puntos. f) De 15 o más horas:0,2 puntos. Los centros de formación que impartan cursos deben ser organismos oficiales o centros reconocidos. Los solicitantes deberán poseer los requisitos y las condiciones que se señalen en esta convocatoria al acabar el plazo de presentación de solicitudes. E) Entrevista: se valorará hasta un máximo de 8 puntos.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Obligaciones

Obligaciones

Ver Base Séptima de la Resolución de 21 de diciembre de 2015.

Observaciones

Observaciones

Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

Dotación de cada beca será de 1000 euros/mes

Plazo máximo

Plazo máximo

- La comisión elevará la propuesta de concesión de las beca, en el plazo máximo de tres meses contados desde el día que finaliza el plazo de presentación de solicitudes, al director gerente del IVAM, quien resolverá la convocatoria. La resolución de concesión de las becas se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. - Si en el plazo de tres meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, no se dicta y notifica la resolución correspondiente a esta convocatoria, se entenderá que el efecto del silencio administrativo es desestimatorio de las solicitudes presentadas.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Sanciones

Sanciones

El régimen sancionador será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.