Detalle de procedimiento

Programa 1. Impulso a la competitividad de las empresas y el marketing de producto turístico de la Comunitat Valenciana.

Código SIA : 211087
Código GUC : 2500
Organismo: TURISME COMUNITAT VALENCIANA
Plazo de solicitud: CERRADO
(15-05-2023
02-06-2023)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

  • Justificación

  • Subsanación

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Incentivar la realización, durante 2023, de proyectos que, a través de la digitalización, la mejora de la sostenibilidad, accesibilidad, y puesta en mercado de productos y/o servicios, contribuyan a mejorar la competitividad empresarial y la visibilidad en el mercado nacional e internacional de la oferta turística de la Comunitat Valenciana.

Observaciones

Observaciones

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES - Cada solicitante podrá presentar una solicitud para un único proyecto relativo a uno o varios de los siguientes ámbitos: mejora de la digitalización, ciberseguridad y automatización de procesos, servicios y/o productos, promoción y publicidad en un entorno omnicanal (físico y digital), comercialización y puesta en mercado de productos y/o servicios turísticos experienciales y sostenibilidad y gamificación. - El proyecto a subvencionar deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023. COSTES SUBVENCIONABLES E INTENSIDAD DE LAS AYUDAS (Ver detalle en el Anexo I de la resolución de convocatoria de estas ayudas para el Programa 1, apartado 4) PUBLICIDAD DE LAS AYUDAS 1. Turisme Comunitat Valenciana remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, base de datos que opera como sistema nacional de publicidad de subvenciones, la información sobre las subvenciones concedidas con indicación de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, persona o entidad beneficiaria, cantidad concedida y objetivo o finalidad de la subvención. 2. Turisme Comunitat Valenciana publicará en su página web, así como a través del Portal de Transparencia de la Generalitat, información de las subvenciones concedidas con indicación de la persona o entidad beneficiaria, el importe e intensidad (%) de la ayuda y la finalidad de la misma. 3. La entidad beneficiaria deberá dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del proyecto objeto de subvención, debiendo figurar el distintivo de Turisme Comunitat Valenciana y haciendo constar en este que se ha contado con la colaboración económica de la entidad. El citado distintivo se encuentra disponible en el enlace web: https://www.turisme.gva.es/es/distintivosAyudas CONTROL E INSPECCIÓN 1. Turisme Comunitat Valenciana podrá, en todo momento, efectuar cuantas actuaciones de comprobación administrativa, material y de verificación de la correcta ejecución del proyecto/evento objeto de ayuda se estimen necesarias. 2. La persona o entidad beneficiaria y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su justificación estarán asimismo obligados a someterse a las actuaciones de comprobación y de control financiero de los órganos de fiscalización de la Generalitat en relación con las subvenciones o ayudas concedidas. 3. La comprobación material de la efectiva realización de la actividad subvencionada o del cumplimiento de la finalidad se realizará mediante el correspondiente plan de control que desarrolle el ente público Turisme Comunitat Valenciana, Plan en el que se indicará si la obligación de comprobación alcanza a la totalidad de las ayudas o bien una muestra de las concedidas y, en este último caso, su forma de selección. Para ello, Turisme podrá contar, a efectos de comprobación, con la colaboración de los departamentos de la Administración de la Generalitat que tengan atribuida la competencia en aquellas materias relativas a los criterios de valoración de solicitudes establecidos en el apartado 3, criterios de Responsabilidad Social, del artículo 10 de la resolución de convocatoria de estas ayudas.

Requisitos

Requisitos

Conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

1. Las empresas turísticas, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, incluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que estén inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 6.1 de la resolución de convocatoria de estas ayudas, formen parte de alguno de los siguientes colectivos: a) Titulares de establecimientos de alojamiento turístico inscritos en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana. Se considerarán beneficiarias las personas físicas o jurídicas propietarias o explotadoras de establecimientos hoteleros, campings, bloques y conjuntos de apartamentos turísticos, empresas gestoras de viviendas de uso turístico y alojamientos rurales de la Comunitat Valenciana. b) Titulares de agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana. c) Empresas de turismo activo inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana. 2. Empresas, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, incluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 6.1 de la resolución de convocatoria de estas ayudas, estén adheridas a alguno de los siguientes Programas: - CREATURISME - L'EXQUISIT MEDITERRANI. O bien dispongan, a fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 6.1 de la resolución de convocatoria de estas ayudas, del distintivo “Compromiso con la Calidad Turística” por su participación en el Programa: - SICTED CV

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Plazo

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00 horas del 15 de mayo de 2023 y finalizará a las 23:59:59 horas (hora oficial peninsular española) del 2 de junio de 2023.

Formularios y documentación

Una vez todos los formularios ya estén cumplimentados y firmados junto con la documentación requerida, se podrá presentar por medios electrónicos mediante el apartado de SOLICITUD PRESENTACIÓN AUTENTICADA de éste mismo trámite o en el enlace habilitado a tal efecto en la aplicación disponible en el enlace web: https://formulariosturisme.gva.es FASE DE SOLICITUD 1. Documentación con carácter general relacionada en el artículo 8 de la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023, a saber: 1.1 Formularios obligatorios que se generan en la aplicación disponible en el enlace web: https://formulariosturisme.gva.es: - Formulario normalizado de solicitud de ayudas cumplimentado en la aplicación disponible en el enlace web https://formulariosturisme.gva.es/formulariosweb/25145, y firmado electrónicamente por el representante legal de la persona o entidad solicitante. - Formulario normalizado de Declaración responsable cumplimentado en la aplicación disponible en el enlace web https://formulariosturisme.gva.es/formulariosweb/25112, y firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad solicitante. - Cuestionario normalizado, según impreso disponible en la aplicación disponible en el enlace web https://formulariosturisme.gva.es/formulariosweb/ST25163, debidamente cumplimentado y firmado electrónicamente por el representante legal de la persona o entidad solicitante, así como la documentación probatoria relativa a los criterios de valoración correspondientes al programa para el que se solicite ayuda. 2. Documentación específica que se debe aportar para el PROGRAMA 1: - Memoria técnica de ejecución del proyecto que contenga la documentación e información descrita en el documento tipo denominado “Memoria descriptiva y presupuesto del proyecto o evento”, redactado según el documento guía que está disponible en la lista de seguimiento de éste mismo trámite y también en la aplicación disponible en el enlace web https://formulariosturisme.gva.es/formulariosweb/ayudas 3. Formulario en formato pdf que hay que descargar, cumplimentar, firmar mediante medios electrónicos, disponible en el siguiente enlace web:

Presentación

Presentación

Telemática
La presentación de la solicitud y de la documentación a aportar con esta para la obtención de la ayuda se realizará obligatoriamente de forma electrónica. El acceso a la tramitación electrónica puede hacerse: -Desde la Sede Electrónica de la Generalitat en el enlace web Generalitat https://sede.gva.es -En el enlace SOLICITUD PRESENTACIÓN AUTENTICADA que aparece en el trámite de la Guía Prop correspondiente a cada uno de los programas de ayudas que se recogen en el ANEXO I de la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023, - Además en la aplicación disponible en el enlace web https://formulariosturisme.gva.es también hay un enlace a la tramitación electrónica del Programa 1. La persona solicitante encontrará las instrucciones para realizar la tramitación electrónica de su solicitud de ayudas, en la aplicación disponible en el enlace web https://www.turisme.gva.es/es/faqAyudas. La presentación telemática requerirá que el solicitante disponga de firma electrónica avanzada, utilizando cualquiera de los sistemas de firma electrónica admitidos en la Sede electrónica de la Generalitat. El sistema NO permitirá subir documentación a la plataforma de tramitación, ni descargar ni cumplimentar ninguno de los formularios obligatorios que se generan en formulariosturisme fuera del circuito previsto. Para acceder a las notificaciones telemáticas: 1. Acceder a CARPETA CIUDADADANA de GVA en el enlace https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es 2. Leer la notificación enviada. 3. En https://formulariosturisme.gva.es , seleccionar AYUDAS y en el apartado de enlaces de interés están los accesos tanto al trámite de aportación como al trámite de justificación.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11. Tramitación de solicitudes de la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023.

Criterios de valoración

Criterios de valoración

CRITERIOS DE VALORACIÓN Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con los criterios de valoración y en tanto exista disponibilidad presupuestaria adecuada y suficiente. Siendo la puntuación máxima por proyecto de 20 puntos. - CRITERIOS GENERALES Se podrá obtener una puntuación máxima de 10 puntos, a tenor de lo establecido en el artículo 10. Régimen de concesión y criterios de valoración de solicitudes de la resolución de convocatoria de estas ayudas. - - CRITERIOS ESPECÍFICOS, relacionados con el interés turístico y grado de desarrollo del proyecto presentado, se podrá obtener una puntuación máxima de 8 puntos, que se valorarán en función de los criterios específicos para el PROGRAMA 1 que se recogen el Anexo I punto 6. Criterios de interés turístico y grado de desarrollo del proyecto de la resolución de convocatoria de estas ayudas. CRITERIOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL (en materia de calidad laboral): hasta 4 puntos, a tenor de lo establecido en el artículo 10.3 Régimen de concesión y criterios de valoración de solicitudes de la resolución de convocatoria de estas ayudas.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Servicio de Ayudas Área de Competitividad Turística.

Obligaciones

Obligaciones

1. Las personas o entidades beneficiarias de las ayudas a que se refiere la presente resolución están obligadas a cumplir con cuantas obligaciones se establecen en la LGS, y entre ellas las señaladas en los artículos 13 y 14 de la misma, en el Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al turismo de la Comunitat Valenciana, decreto modificado por el Decreto 6/2023, de 26 de abril, del president de la Generalitat, así como en el resto de normativa vigente de aplicación. 2. Deberán notificar a Turisme Comunitat Valenciana cualquier modificación que se produzca en el proyecto/evento objeto de subvención durante la tramitación del expediente administrativo. 3. Deberán asimismo conservar los documentos originales justificativos relacionados a los gastos corrientes subvencionados o copias certificadas conformes con los originales en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación por parte de Turisme Comunitat Valenciana. 4. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones podrá dar lugar a la pérdida del derecho al cobro y, en su caso, al reintegro de las ayudas percibidas y a la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención.

Observaciones

Observaciones

Podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Valencia, dentro del plazo de 2 meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución correspondiente. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

INTENSIDAD DE LAS AYUDAS El importe máximo de ayuda global por persona o entidad beneficiaria de los programas de la resolución de convocatoria d estas ayudas será de 100.000 euros. La cuantía de la subvención será la cantidad que resulte de aplicar una intensidad (%) de hasta el 60% sobre el coste subvencionable, no contemplándose ayudas para eventos cuyo coste subvencionable sea inferior a 10.000 euros. No se contemplarán ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 6.000 euros. PROCEDIMIENTO DE PAGO DE LAS AYUDAS, PÉRDIDA DEL DERECHO AL COBRO Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS. Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11. Tramitación de solicitudes de la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023.

Plazo máximo

Plazo máximo

Tras la publicación de la Resolución de 29 de Noviembre de 2023, de ampliación de plazo para resolver los expedientes de ayudas derivados de la convocatoria de ayudas previstas en la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023, el plazo para resolver las solicitudes se amplía hasta el 19 de diciembre de 2023. La justificación de la ayuda se efectuará en el plazo que se establezca en la resolución de concesión

Órganos resolución

Órganos resolución

La persona titular de la dirección de Turisme Comunitat Valenciana, elevará propuesta de concesión o denegación de ayudas a la persona titular de la Presidencia de la entidad, quien resolverá sobre las mismas.

Efecto silencio

Efecto silencio

Desestimatorio

Recurso que procede contra la resolución

Recurso que procede contra la resolución

Otros

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Normativa

Normativa

Plazo justificación:
hasta: 11-12-2023

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

1. La justificación de la ayuda concedida deberá realizarse de acuerdo con el proyecto/evento subvencionado y según lo dispuesto en el Artículo 15. Justificación de gastos de la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023. 2. La justificación se efectuará por vía telemática en el trámite específico disponible en el enlace web: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20432 Tras la publicación de la Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la presidenta de Turisme Comunitat Valenciana, de ampliación de plazo para resolver los expedientes de ayudas derivados de la convocatoria de ayudas previstas en la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023, se amplía el plazo para la justificación de la ayuda hasta el 19 de enero de 2024, modificando en ese sentido el artículo 15.3.9 de la citada resolución de convocatoria. No obstante, las actividades deberán haberse realizado, facturado y pagado en el año 2023. La justificación de la ayuda se efectuará en el plazo que se establezca en la resolución de concesión

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Conforme a lo estipulado en el Artículo 9.- Requerimiento de subsanación de documentación de la Resolución de 5 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas de impulso a la competitividad turística para el año 2023.