Detalle de procedimiento

Presentación del certificado de la reducción de ingresos en cumplimento de las obligaciones de reducción temporal de tarifas en abonos de transporte, bonos multiviaje y tarjetas monedero de las empresas concesionarias, entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de enero de 2024, al amparo del Decreto ley 9/2023

Código SIA : 3026273
Código GUC : 25527
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO
(10-04-2024
10-05-2024)
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Alegación/Aportación

  • Resolución

  • Subsanación

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Determinación de la compensación por la reducción de ingresos a fin de determinar y ordenar el abono de la compensación por la reducción temporal efectiva de las tarifas de los abonos y títulos de transporte multiviaje propios de las empresas concesionarias, entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de enero de 2024 para cada concesión de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia de la Generalitat

Requisitos

Requisitos

Se deberá presentar una solicitud por cada concesión de servicio público. Haber implantado un porcentaje de descuento en el precio de determinados abonos y títulos multiviaje propios de las empresas concesionarias, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ley 9/2023, de 28 de julio, del Consell y en la resolución de 14 de julio de 2023 de la consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las empresas concesionarias de los servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general competencia de la Generalitat, cualquiera que sea su situación administrativa.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Desde el 10 de abril hasta el 10 de mayo de 2024, ambos incluidos

Formularios y documentación

1. SOLICITUD de compensación, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB disponible en el trámite telemático. Se deberá presentar una solicitud por cada concesión de servicio público. 2. DOCUMENTACIÓN que debe presentarse junto con la solicitud: 2.1.- Certificado de la reducción de ingresos y otras ayudas recibidas. En caso de haber recibido ayudas, subvenciones, ingresos o recursos percibidos que financien los mismos costes subvencionables, de cualquier administración pública, se indicarán dichos importes, entidad concedente y año. 2.2.- Documento excel firmado digitalmente que incluirá la siguiente información: Las declaraciones responsables que recojan los abonos de transporte y títulos multiviaje propios de la empresa concesionaria comercializados a 31 de julio de 2023, su precio a dicha fecha, las tarjetas monedero, los servicios objeto de bonificación que han sido efectivamente prestados, el compromiso de aportar la documentación e información adicional que se le requiera para su comprobación, y la siguiente información: a) Descripción y condiciones de utilización de los títulos de viaje acogidos a descuento. b) Precio venta de cada título de viaje a fecha 31/07/2023 y después de la aplicación de la medida. c) Para los abonos de transporte y bonos multiviaje, el número de títulos de viaje vendidos con el descuento durante el periodo. d) Para las tarjetas monedero y similares, el número de cancelaciones y la recaudación por las recargas durante el periodo. e) Importe de la devolución del precio de los abonos de transporte de carácter anual o mensual que fueron adquiridos con anterioridad a 1 de febrero de 2023 y porcentaje que represente, en su caso. El archivo Excel que deben adjuntar al trámite debe ser un archivo firmado digitalmente. Para su firma, una vez cumplimentado el mismo, se debe de firmar con la aplicación "AutoFirma". Una vez firmado se genera un nuevo archivo con la extensión "csig" que es el que deben adjuntar al trámite telemático 2.3.- En caso de que solicite devolución del precio de los abonos de transporte de carácter anual o mensual que fueron adquiridos con anterioridad a 1 de febrero de 2023 se aportará desglose justificativo de los mismos en los que se incluya al menos la siguiente información: a) Nombre, descripción y tipo de abonos/títulos multiviaje acogidos a descuento. b) Precio venta de cada título de viaje antes de la aplicación del descuento. c) Número de abonos y títulos multiviaje que han sido objeto de devolución. d) Importe devuelto de cada tipo de abono y/o título multiviaje

Presentación

Presentación

Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat, más información respecto a los certificados admitidos en la Generalitat se puede ver en el enlace “Certificados admitidos en la Generalitat”. En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática. Esta inscripción la puede hacer a través de Procedimientos relacionados “Registro de Representantes”. 2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana, a la que puede acceder desde la sección de enlaces. 3. Más información sobre la tramitación telemática se puede encontrar en el enlace “Preguntas Frecuentes”. Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través del uno de los correos electrónicos detallados en la sección: “Donde consultar dudas sobre el trámite”. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se podrán recuperar durante un tiempo u otro dependiendo del trámite siempre y cuando no haya finalizado el plazo de solicitud, para posteriormente terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación".

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. PRESENTACIÓN de FORMA TELEMÁTICA de la solicitud y de toda la documentación requerida en el plazo establecido. Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento diferente del procedimiento telemático específico habilitado al efecto, será inadmitida. 2. SUBSANACIÓN - Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en la legislación vigente de procedimiento administrativo común, o no se acompañe la documentación que resulte exigible, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la legislación en materia de procedimiento administrativo. 3. INSTRUCCIÓN - La instrucción del procedimiento corresponderá a la Dirección General de Transportes y Logística. 4. RESOLUCIÓN - Examinadas las solicitudes, el órgano instructor emitirá informe donde hará constar que se cumplen los requisitos necesarios para la concesión de las compensaciones y formulará la propuesta de concesión al órgano competente para resolver. - La competencia para resolver sobre las solicitudes presentadas corresponde a la persona titular de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio u órgano en que esta delegue. - La resolución de concesión determinará la cuantía concedida a la persona o entidad jurídica e incorporará, en su caso, las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que deban sujetarse la persona o entidad beneficiaria.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Plazo alegación:
desde: 02-10-2023

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Este trámite permite presentar alegaciones y la aportación de múltiples documentos a un expediente de determinación de la compensación por la reducción de ingresos a fin de determinar y ordenar el abono de la compensación por la reducción temporal efectiva de las tarifas de los abonos de transporte, los bonos multiviaje y las tarjetas monedero de las empresas concesionarias para cada concesión de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia de la Generalitat

Plazo

Plazo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede un plazo de DIEZ (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la propuesta de resolución, para que puedan manifestar su aceptación o formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. En caso de no presentar ningún tipo de alegación en el plazo establecido, se entenderá que acepta de plano la propuesta de resolución

Documentación

Documentación

En la documentación aportada deberá constar toda la información necesaria que permita una correcta identificación del expediente telemático al que hace referencia. Resto de datos a rellenar como en el GUC de presentación de solicitudes. Los documentos a anexar deben ser los mismos, pero hay que tener en cuenta que ahora ya no serán obligatorios. Deberán seleccionar cuales quieren presentar de nuevo. También debe ser posible anexar un documento firmado en formato pdf donde expongan sus alegaciones.

Presentación

Presentación

Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat, más información respecto a los certificados admitidos en la Generalitat se puede ver en el enlace “Certificados admitidos en la Generalitat”. En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática. Esta inscripción la puede hacer a través de Procedimientos relacionados “Registro de Representantes”. 2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana, a la que puede acceder desde la sección de enlaces. 3. Más información sobre la tramitación telemática se puede encontrar en el enlace “Preguntas Frecuentes”. Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través del uno de los correos electrónicos detallados en la sección: “Donde consultar dudas sobre el trámite”. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se podrán recuperar durante un tiempo u otro dependiendo del trámite siempre y cuando no haya finalizado el plazo de solicitud, para posteriormente terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación".

Observaciones

Observaciones

La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

En la determinación de compensación se tendrán en cuenta los abonos de transporte, bonos multiviaje y las tarjetas monedero a los que efectivamente se les haya aplicado el descuento obligatorio establecido en el Decreto Ley 2/2023, de 27 de enero, admitiéndose los pequeños redondeos habituales por exceso o por defecto

Plazo máximo

Plazo máximo

- El plazo para resolver y notificar la resolución procedente será de TRES meses desde la finalización del plazo de solicitud. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se producirá el silencio administrativo y la solicitud podrá entenderse desestimada.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

No

¿Qué es y para qué sirve?

Qué es y para qué sirve

Este trámite permite la aportación de múltiples documentos a un expediente de determinación de la compensación por la reducción de ingresos a fin de determinar y ordenar el abono de la compensación por la reducción temporal efectiva de las tarifas de los abonos de transporte, los bonos multiviaje y las tarjetas monedero de las empresas concesionarias para cada concesión de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia de la Generalitat

Plazo

Plazo

En caso de aportación documental voluntaria, no se establece plazo, en caso de haber recibido requerimiento de subsanación, el plazo será el que se señala en el requerimiento de enmienda.

Presentación

Presentación

Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat, más información respecto a los certificados admitidos en la Generalitat se puede ver en el enlace “Certificados admitidos en la Generalitat”. En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática. Esta inscripción la puede hacer a través de Procedimientos relacionados “Registro de Representantes”. 2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana, a la que puede acceder desde la sección de enlaces. 3. Más información sobre la tramitación telemática se puede encontrar en el enlace “Preguntas Frecuentes”. Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través del uno de los correos electrónicos detallados en la sección: “Donde consultar dudas sobre el trámite”. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se podrán recuperar durante un tiempo u otro dependiendo del trámite siempre y cuando no haya finalizado el plazo de solicitud, para posteriormente terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación".