Presentación del certificado de la reducción de ingresos en cumplimento de las obligaciones de reducción temporal de tarifas en abonos de transporte, bonos multiviaje y tarjetas monedero de las empresas concesionarias, entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de enero de 2024, al amparo del Decreto ley 9/2023 - GVA.ES
Presentación del certificado de la reducción de ingresos en cumplimento de las obligaciones de reducción temporal de tarifas en abonos de transporte, bonos multiviaje y tarjetas monedero de las empresas concesionarias, entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de enero de 2024, al amparo del Decreto ley 9/2023
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud:
ABIERTO
(10-04-2024
–
10-05-2024)
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Alegación/Aportación
Resolución
Subsanación
Mostrar todo
Ocultar todo
Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Determinación de la compensación por la reducción de ingresos a fin de determinar y ordenar el abono de la compensación por la reducción temporal efectiva de las tarifas de los abonos y títulos de transporte multiviaje propios de las empresas concesionarias, entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de enero de 2024 para cada concesión de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia de la Generalitat
Requisitos
Requisitos
Se deberá presentar una solicitud por cada concesión de servicio público.
Haber implantado un porcentaje de descuento en el precio de determinados abonos y títulos multiviaje propios de las empresas concesionarias, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ley 9/2023, de 28 de julio, del Consell y en la resolución de 14 de julio de 2023 de la consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Las empresas concesionarias de los servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general competencia de la Generalitat, cualquiera que sea su situación administrativa.
Procedimientos relacionados
Procedimientos relacionados
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- DECRETO LEY 9/2023, de 28 de julio, del Consell por el que se establecen obligaciones a los operadores de transporte público colectivo terrestre para la reducción temporal del 50 % del precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, en los servicios de transporte terrestre competencia de la Generalitat, por un periodo de 6 meses desde el 1 de agosto de 2023. (DOGV nº 9651, de 31/07/2023)
- DECRETO LEY 14/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se prorrogan las reducciones temporales de tarifas en los servicios públicos de transporte competencia de la Generalitat en 2024 por un periodo de seis meses, y se modifica el artículo 51.3.c), el apartado cuarto de la disposición adicional novena y la disposición transitoria vigesimocuarta del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, en relación con la tramitación de los proyectos territoriales estratégicos (PTE) y las DICS de regularización (DICR).
- RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2023, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se acuerda la gratuidad temporal para los jóvenes entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2023 de los servicios de transporte público en el TRAM de Castellón y la red del TRAM de Alicante
- Orden 4/2022, de 13 de junio, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se aprueban las tarifas y condiciones de utilización de los títulos de transporte de la Generalitat del sistema TAM en Alicante y del transporte metropolitano de la Plana en Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM de Alicante
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres
- Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2024, del director general de Transportes y Logística, por la que se establece el procedimiento para el pago de la compensación por los menores ingresos por la reducción temporal de tarifas entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de enero de 2024 y por los costes de implementación de la medida, al amparo del Decreto ley 9/2023.
Enlaces
Enlaces
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Solicitud
Alegación
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REDUCCIÓN DEL PRECIO DE ABONOS DE TRANSPORTE Y TÍTULOS MULTIVIAJE (FEB-ABR)
- CERTIFICADO REDUCCIÓN INGRESOS Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS (DECRETO LEY 2/2023)(FEB-ABR)
- ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN PARA LA SOLICITUD DE COMPENSACIÓN POR LA REDUCCIÓN De INGRESOS EN APLICACIÓN DEL DECRETO LEY 2/2023
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REDUCCIÓN DEL PRECIO DE ABONOS DE TRANSPORTE Y TÍTULOS MULTIVIAJE (MAYO-JULIO)
- CERTIFICADO REDUCCIÓN TEMPORAL DE INGRESOS Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS
Subsanación
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REDUCCIÓN DEL PRECIO DE ABONOS DE TRANSPORTE Y TÍTULOS MULTIVIAJE (FEB-ABR)
- ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN PARA LA SOLICITUD DE COMPENSACIÓN POR LA REDUCCIÓN De INGRESOS EN APLICACIÓN DEL DECRETO LEY 2/2023
- CERTIFICADO REDUCCIÓN INGRESOS Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS (DECRETO LEY 2/2023)(FEB-ABR)
- CERTIFICADO REDUCCIÓN TEMPORAL DE INGRESOS Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REDUCCIÓN DEL PRECIO DE ABONOS DE TRANSPORTE Y TÍTULOS MULTIVIAJE (MAYO-JULIO)
Plazo
Plazo
Desde el 10 de abril hasta el 10 de mayo de 2024, ambos incluidos
Formularios y documentación
1. SOLICITUD de compensación, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB disponible en el trámite telemático.
Se deberá presentar una solicitud por cada concesión de servicio público.
2. DOCUMENTACIÓN que debe presentarse junto con la solicitud:
2.1.- Certificado de la reducción de ingresos y otras ayudas recibidas.
En caso de haber recibido ayudas, subvenciones, ingresos o recursos percibidos que financien los mismos costes subvencionables, de cualquier administración pública, se indicarán dichos importes, entidad concedente y año.
2.2.- Documento excel firmado digitalmente que incluirá la siguiente información:
Las declaraciones responsables que recojan los abonos de transporte y títulos multiviaje propios de la empresa concesionaria comercializados a 31 de julio de 2023, su precio a dicha fecha, las tarjetas monedero, los servicios objeto de bonificación que han sido efectivamente prestados, el compromiso de aportar la documentación e información adicional que se le requiera para su comprobación, y la siguiente información:
a) Descripción y condiciones de utilización de los títulos de viaje acogidos a descuento.
b) Precio venta de cada título de viaje a fecha 31/07/2023 y después de la aplicación de la medida.
c) Para los abonos de transporte y bonos multiviaje, el número de títulos de viaje vendidos con el descuento durante el periodo.
d) Para las tarjetas monedero y similares, el número de cancelaciones y la recaudación por las recargas durante el periodo.
e) Importe de la devolución del precio de los abonos de transporte de carácter anual o mensual que fueron adquiridos con anterioridad a 1 de febrero de 2023 y porcentaje que represente, en su caso.
El archivo Excel que deben adjuntar al trámite debe ser un archivo firmado digitalmente. Para su firma, una vez
cumplimentado el mismo, se debe de firmar con la aplicación "AutoFirma". Una vez firmado se genera un nuevo
archivo con la extensión "csig" que es el que deben adjuntar al trámite telemático
2.3.- En caso de que solicite devolución del precio de los abonos de transporte de carácter anual o mensual que fueron adquiridos con anterioridad a 1 de febrero de 2023 se aportará desglose justificativo de los mismos en los que se incluya al menos la siguiente información:
a) Nombre, descripción y tipo de abonos/títulos multiviaje acogidos a descuento.
b) Precio venta de cada título de viaje antes de la aplicación del descuento.
c) Número de abonos y títulos multiviaje que han sido objeto de devolución.
d) Importe devuelto de cada tipo de abono y/o título multiviaje
Impresos asociados
Presentación
Presentación
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat, más información respecto a los certificados admitidos en la Generalitat se puede ver en el enlace “Certificados admitidos en la Generalitat”.
En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática. Esta inscripción la puede hacer a través de Procedimientos relacionados “Registro de Representantes”.
2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana, a la que puede acceder desde la sección de enlaces.
3. Más información sobre la tramitación telemática se puede encontrar en el enlace “Preguntas Frecuentes”.
Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través del uno de los correos electrónicos detallados en la sección: “Donde consultar dudas sobre el trámite”.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se podrán recuperar durante un tiempo u otro dependiendo del trámite siempre y cuando no haya finalizado el plazo de solicitud, para posteriormente terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación".
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
1. PRESENTACIÓN de FORMA TELEMÁTICA de la solicitud y de toda la documentación requerida en el plazo establecido.
Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento diferente del procedimiento telemático específico habilitado al efecto, será inadmitida.
2. SUBSANACIÓN
- Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en la legislación vigente de procedimiento administrativo común, o no se acompañe la documentación que resulte exigible, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la legislación en materia de procedimiento administrativo.
3. INSTRUCCIÓN
- La instrucción del procedimiento corresponderá a la Dirección General de Transportes y Logística.
4. RESOLUCIÓN
- Examinadas las solicitudes, el órgano instructor emitirá informe donde hará constar que se cumplen los requisitos necesarios para la concesión de las compensaciones y formulará la propuesta de concesión al órgano competente para resolver.
- La competencia para resolver sobre las solicitudes presentadas corresponde a la persona titular de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio u órgano en que esta delegue.
- La resolución de concesión determinará la cuantía concedida a la persona o entidad jurídica e incorporará, en su caso, las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que deban sujetarse la persona o entidad beneficiaria.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Subdirección General de Servicios de Transporte
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 - València/Valencia
Plazo alegación:
desde: 02-10-2023
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Este trámite permite presentar alegaciones y la aportación de múltiples documentos a un expediente de determinación de la compensación por la reducción de ingresos a fin de determinar y ordenar el abono de la compensación por la reducción temporal efectiva de las tarifas de los abonos de transporte, los bonos multiviaje y las tarjetas monedero de las empresas concesionarias para cada concesión de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia de la Generalitat
Plazo
Plazo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede un plazo de DIEZ (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la propuesta de resolución, para que puedan manifestar su aceptación o formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. En caso de no presentar ningún tipo de alegación en el plazo establecido, se entenderá que acepta de plano la propuesta de resolución
Documentación
Documentación
En la documentación aportada deberá constar toda la información necesaria que permita una correcta identificación del expediente telemático al que hace referencia. Resto de datos a rellenar como en el GUC de presentación de solicitudes. Los documentos a anexar deben ser los mismos, pero hay que tener en cuenta que ahora ya no serán obligatorios. Deberán seleccionar cuales quieren presentar de nuevo. También debe ser posible anexar un documento firmado en formato pdf donde expongan sus alegaciones.
Impresos asociados
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REDUCCIÓN DEL PRECIO DE ABONOS DE TRANSPORTE Y TÍTULOS MULTIVIAJE (FEB-ABR)
- CERTIFICADO REDUCCIÓN INGRESOS Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS (DECRETO LEY 2/2023)(FEB-ABR)
- ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN PARA LA SOLICITUD DE COMPENSACIÓN POR LA REDUCCIÓN De INGRESOS EN APLICACIÓN DEL DECRETO LEY 2/2023
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REDUCCIÓN DEL PRECIO DE ABONOS DE TRANSPORTE Y TÍTULOS MULTIVIAJE (MAYO-JULIO)
- CERTIFICADO REDUCCIÓN TEMPORAL DE INGRESOS Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS
Presentación
Presentación
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat, más información respecto a los certificados admitidos en la Generalitat se puede ver en el enlace “Certificados admitidos en la Generalitat”.
En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática. Esta inscripción la puede hacer a través de Procedimientos relacionados “Registro de Representantes”.
2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana, a la que puede acceder desde la sección de enlaces.
3. Más información sobre la tramitación telemática se puede encontrar en el enlace “Preguntas Frecuentes”.
Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través del uno de los correos electrónicos detallados en la sección: “Donde consultar dudas sobre el trámite”.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se podrán recuperar durante un tiempo u otro dependiendo del trámite siempre y cuando no haya finalizado el plazo de solicitud, para posteriormente terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación".
Observaciones
Observaciones
La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Cuantía y cobro
Cuantía y cobro
En la determinación de compensación se tendrán en cuenta los abonos de transporte, bonos multiviaje y las tarjetas monedero a los que efectivamente se les haya aplicado el descuento obligatorio establecido en el Decreto Ley 2/2023, de 27 de enero, admitiéndose los pequeños redondeos habituales por exceso o por defecto
Plazo máximo
Plazo máximo
- El plazo para resolver y notificar la resolución procedente será de TRES meses desde la finalización del plazo de solicitud. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se producirá el silencio administrativo y la solicitud podrá entenderse desestimada.
Órganos resolución
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
No
¿Qué es y para qué sirve?
Qué es y para qué sirve
Este trámite permite la aportación de múltiples documentos a un expediente de determinación de la compensación por la reducción de ingresos a fin de determinar y ordenar el abono de la compensación por la reducción temporal efectiva de las tarifas de los abonos de transporte, los bonos multiviaje y las tarjetas monedero de las empresas concesionarias para cada concesión de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de competencia de la Generalitat
Plazo
Plazo
En caso de aportación documental voluntaria, no se establece plazo, en caso de haber recibido requerimiento de subsanación, el plazo será el que se señala en el requerimiento de enmienda.
Documentación
Documentación
- Formulario telemático de petición. - Los documentos electrónicos aportados necesarios para el seguimiento de su solicitud, voluntariamente o por requerimiento de subsanación de la administración
Impresos asociados
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REDUCCIÓN DEL PRECIO DE ABONOS DE TRANSPORTE Y TÍTULOS MULTIVIAJE (FEB-ABR)
- ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN PARA LA SOLICITUD DE COMPENSACIÓN POR LA REDUCCIÓN De INGRESOS EN APLICACIÓN DEL DECRETO LEY 2/2023
- CERTIFICADO REDUCCIÓN INGRESOS Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS (DECRETO LEY 2/2023)(FEB-ABR)
- CERTIFICADO REDUCCIÓN TEMPORAL DE INGRESOS Y OTRAS AYUDAS RECIBIDAS
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REDUCCIÓN DEL PRECIO DE ABONOS DE TRANSPORTE Y TÍTULOS MULTIVIAJE (MAYO-JULIO)
Presentación
Presentación
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat, más información respecto a los certificados admitidos en la Generalitat se puede ver en el enlace “Certificados admitidos en la Generalitat”.
En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática. Esta inscripción la puede hacer a través de Procedimientos relacionados “Registro de Representantes”.
2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana, a la que puede acceder desde la sección de enlaces.
3. Más información sobre la tramitación telemática se puede encontrar en el enlace “Preguntas Frecuentes”.
Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través del uno de los correos electrónicos detallados en la sección: “Donde consultar dudas sobre el trámite”.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se podrán recuperar durante un tiempo u otro dependiendo del trámite siempre y cuando no haya finalizado el plazo de solicitud, para posteriormente terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación".