Detalle de procedimiento

Obtención electrónica del certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, Impuesto sobre Sociedades e IRNR, correspondiente a rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos

Código SIA : 211107
Código GUC : 2593
Organismo: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Este trámite tiene por objeto acreditar las retenciones e ingresos a cuenta practicados por la Generalitat a los terceros que aparecen recogidos en el apartado "¿quién puede solicitarlo?", incluidos en el resumen anual del modelo 180 “Declaración anual de rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos” presentado ante la AEAT. Mediante este trámite se obtiene, en soporte electrónico, el certificado de renta correspondiente a rendimientos por arrendamiento de inmuebles urbanos sujetos a retención que han sido abonados por la Generalitat y declarados en el modelo tributario 180.

Observaciones

Observaciones

En caso de imposibilidad de obtener el certificado, y debidamente acreditada la causa de su no obtención, los solicitantes podrán comunicar la incidencia a través de: • Formulario de consulta sobre Dudas del Trámite, al que se puede acceder a través del enlace que figura en el apartado final “Dudas sobre la tramitación telemática” • La cuenta de correo electrónico certificadosrenta@gva.es. La consulta sólo podrá ser atendida si el solicitante facilita los siguientes datos: a) Identificación completa: nombre completo y NIF. b) Entidad pagadora de los rendimientos (Generalitat Valenciana, Organismo Autónomo).

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas, perceptores de rendimientos obtenidos por el arrendamiento de inmuebles urbanos a la Generalitat, incluidos en el modelo 180.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Plazo

Plazo

Los certificados electrónicos se pondrán a disposición del contribuyente con anterioridad a la apertura del plazo de declaración de este impuesto y permanecerán disponibles durante el plazo de validez tributaria de los datos.

Formularios y documentación

No se requiere, ya que el trámite se realiza exclusivamente de forma telemática.

Presentación

Presentación

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa