Detalle de procedimiento

Solicitud del documento de registro para transporte de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos.

Código SIA : 211685
Código GUC : 16236
Organismo: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Los agentes que se indican en el apartado siguiente deberán solicitar, a la Conselleria competente en materia de pesca, el modelo oficial de documento de registro que deberá acompañar a todo traslado que se produzca entre la zona de producción o el establecimiento de acuicultura hasta un establecimiento de destino (centro de depuración, centro de expedición o industria).

Observaciones

Observaciones

* DESTINO DE COPIAS DE LOS DOCUMENTOS DE REGISTRO - Deberá permanecer una copia en poder del productor o recolector, otra deberá ser entregada al establecimiento receptor y una tercera copia será devuelta tras su uso y con periodicidad mensual a la administración de pesca. - Las distintas copias de los documentos de registro deberán ser conservadas durante un período de doce meses.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los productores y recolectores, (mariscadores), los centros de depuración en caso de no ser centros de expedición, cualquiera que necesite realizar un traslado antes de su primera venta.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DOUE nº 139 de 30/04/04).
  • Resolución de 6 de febrero de 2012, de la Secretaría Autonómica de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se establece el modelo oficial de documento de registro para el traslado de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos (DOCV nº 6724 de 29/02/12).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Presentación

Presentación

Presencial
Los documentos se solicitarán preferentemente a través de las oficinas comarcales y direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural y a través de esta ficha de información
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc16236. Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Las oficinas comarcales o direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, después de realizar las comprobaciones oportunas, facilitará al interesado los documentos solicitados para ser utilizados durante un período máximo de un mes.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Las oficinas comarcales y direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=16236. Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Órganos resolución

Órganos resolución

Las oficinas comarcales y direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Sanciones

Sanciones

En caso de transportar moluscos bivalvos vivos, equinodermos, tunicados o gasterópodos marinos vivos sin su correspondiente documento de registro para el traslado o con un documento defectuosamente cumplimentado, se aplicarán las sanciones previstas en la Ley 2/1994, de 18 de abril, sobre Defensa de los Recursos Pesqueros y la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.