Detalle de procedimiento

Solicitud de permanencia de plantaciones en el Registro de Plantaciones Forestales Temporales.

Código SIA : 211882
Código GUC : 17201
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Solicitar la permanencia de una plantación incluida en el Registro de Plantaciones Forestales Temporales más allá de su período de aprovechamiento, por no eliminación del vuelo.

Observaciones

Observaciones

En caso de que se desestime la solicitud de permanencia: - Se debe eliminar totalmente la plantación forestal temporal. En caso contrario, la consellería competente en materia de montes podrá proceder, previo apercibimiento, a la ejecución subsidiaria a costa de la persona interesada. - En el caso de que la persona interesada haya percibido ayudas o subvenciones de carácter forestal y el cambio de uso del terreno o el cambio de la plantación supongan el incumplimiento de alguna de las condiciones exigidas para su concesión, deberá reintegrar el importe de las mismas, actualizado con el interés legal del dinero.

Requisitos

Requisitos

- Que tenga la autorización del propietario del terreno para mantener la plantación forestal temporal, en su caso. - Que tenga poder bastante para actuar en nombre y representación de la empresa, en su caso.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

El titular de la plantación o del terreno.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Decreto 58/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunitat Valenciana (DOCV n.º 7019, de 8.5.2013)
  • Orden 4/2015, de 9 de marzo, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se crea y regula el Registro de Plantaciones Forestales Temporales en terrenos agrícolas de la Comunitat Valenciana y se publica el Catálogo de especies alóctonas (DOCV n.º 7489, de 20.3.2015).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Plazo

Plazo

En cualquier momento, una vez finalizado el aprovechamiento de la plantación forestal temporal.

Formularios y documentación

Formulario de solicitud de permanencia de plantaciones forestales temporales.

Presentación

Presentación

Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en:
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc17201 Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

- Solicitud (persona interesada). - Informe técnico de valoración del riesgo para el entorno natural de la permanencia de la plantación más allá de su período de aprovechamiento (Servicio Territorial de Medio Ambiente). - Resolución estimatoria de permanencia en el Registro de Plantaciones Forestales Temporales de la Generalitat Valenciana, o - Resolución desestimatoria, en su caso (Dirección General del Medio Natural). - Notificación a la persona interesada (Servicio Territorial de Medio Ambiente).

Observaciones

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/15).

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Sanciones

Sanciones

Reguladas en la Ley 3/1993 Forestal de la Comunidad Valenciana.