Detalle de procedimiento

Aprobación de programa formativo para la obtención del título de guarda jurado de caza y la habilitación para el control de predadores

Código SIA : 211938
Código GUC : 17416
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Habilitar a aquellas entidades homologadas previstas en el artículo 4.1 del Decreto 188/2014, de 7 de noviembre, para impartir los cursos de capacitación y reciclaje necesarios para poder obtener el título de guarda jurado de caza y la habilitación para el control de predadores

Observaciones

Observaciones

- Cursos que se pueden impartir: . Curso de control de predadores (duración mínima 40h) . Curso de recicaje control de predadores(duración mínima 8h) . Curso de guarda jurado de caza (duración mínima 40h) . Curso de reciclaje guarda jurado de caza (duración mínima 8h) El Anexo I del Decreto 188/2014, de 7 de noviembre, establece el contenido mínimo del temario para la formación teórica-práctica, en materia propia de la Comunitat Valenciana, de los guardas jurado de caza El Anexo VI, del Decreto 188/2014, de 7 de noviembre, establece el contenido mínimo del temario para la formación teórico-práctica de habilitación para la realización de control de predadores Tanto el contenido como la duración podrá ser modificado por el Director/a General con competencias en materia de caza , mediante resolución.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

- Podrán solicitar la homologación para impartir estos cursos: 1. Los Centros autorizados por la conselleria competente en materia de educación para impartir los ciclos formativos de grado superior de formación profesional conducentes al título de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural 2. Aquellas entidades que estén homologadas para impartir los cursos para la habilitación de guarda rural en su especialidad de guarda de caza

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

- Impreso de solicitud - Programa formativo teórico y práctico (contenido establecido en el Anexo I y VI) del Decreto 188/2014, de 7 de noviembre, del Consell, por el que se regula la figura de guarda jurado de caza en la Comunitat Valenciana y la habilitación para el control de predadores.

Presentación

Presentación

Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en:
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc17416. Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

- Presentación de la solicitud junto con la documentación requerida. - Aprobación del programa mediante resolución de la dirección general competente en materia de caza.

Observaciones

Observaciones

Recurso de alzada ante el secretario Autonómico en el plazo de un mes.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa