Detalle de procedimiento

Declaración de producción y comercialización de materiales forestales de reproducción: plantas.

Código SIA : 211135
Código GUC : 2707
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 01-01-2010
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

- Informar sobre la cantidad de plantas obtenidas de cada lote de semillas transformado y sobre las cantidades comercializadas por especie y categoría, por campaña.

Observaciones

Observaciones

- Campaña: período comprendido entre el 1 de julio del año n y el 30 de junio del año n+1.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

- En el caso de transformación de semillas a plantas: todo proveedor que haya producido materiales forestales de reproducción en forma de plantas en instalaciones localizadas en la Comunitat Valenciana en la campaña correspondiente. - En el caso de cantidades comercializadas: todo proveedor con sede social en la Comunitat Valenciana que haya comercializado materiales forestales de reproducción en forma de plantas en la campaña correspondiente.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Real Decreto 1945/1983, de 22 de julio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria (BOE nº 168, de 15/07/1983).
  • Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción (BOE nº 58, de 06/03/2003).
  • Decreto 15/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la producción, comercialización y utilización de los materiales forestales de reproducción (DOGV nº 5184, de 25/01/2006).
  • Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos (BOE nº 178, de 27/07/2006).
  • Real Decreto 1220/2011, de 5 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción (BOE nº 228, de 22/09/2011).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Al finalizar cada campaña, antes del 20 de julio de cada año.

Formularios y documentación

- Impreso de declaración debidamente cumplimentado. IMPORTANTE: No debe rellenarse desde el navegador. Hay que descargarse el formulario y rellenarlo con el Acrobat Reader

Presentación

Presentación

Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en:
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/2707. Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

- Presentación de la declaración al final de cada campaña, antes del 20 de julio.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa