Detalle de procedimiento

Solicitud de disolución y liquidación de asociaciones y federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones.

Código SIA : 211375
Código GUC : 14456
Organismo: Conselleria de Justicia e Interior
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Según establece la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y la Ley 14/2008, de 14 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5.900, de 25 de noviembre), en cada comunidad autónoma existirá un registro de asociaciones que tendrá por objeto la inscripción de las asociaciones que desarrollen principalmente sus funciones en su ámbito territorial. La solicitud de disolución deberá solicitarse por el órgano de representación de la asociación, previo acuerdo de la asamblea general.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Promotores u órgano de representación.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación (BOE nº 73, de 26/03/2002).
  • Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5.900, de 25/11/2008).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Plazo

Plazo

Un mes desde que se produzca la misma.

Formularios y documentación

1. Impreso de solicitud normalizado. 2. Certificado original de disolución. 3. Copia del acta de la reunión de la asamblea general en el que conste la fecha de la adopción del acuerdo, así como la fecha de emisión del certificado, el quórum de asistencia, resultado de la votación y los siguientes acuerdos: A. La disolución de la asociación. B. El cese de los órganos de gobierno y representación, firmados por éstos, o las razones de la ausencia de la firma. C. Que no ha lugar a la elaboración de balance, en cuanto que la asociación carece de todo tipo de patrimonio a la fecha de la disolución. De existir patrimonio se elaborará y acompañará el balance así como el escrito justificativo de que la entidad beneficiaria ha recibido el patrimonio remanente. D. Si procede la liquidación del patrimonio, se hará constar los datos acreditativos de la identidad de los liquidadores, y las firmas de su aceptación, así como que se ha dado al patrimonio resultante el destino previsto en sus estatutos, sin que existan acreedores. E. Si la disolución ha tenido lugar por las causas previstas en los estatutos, referencia a los artículos en los que se recojan dichas causas. F. Autorización a los solicitantes para que soliciten del Registro de Asociaciones de la Comunitat Valenciana la inscripción de la baja por disolución de la Asociación, aportando el documento acreditativo de haber concurrido las circunstancias o causas que han dado lugar a la misma y fecha en que se han producido aquellas, solicitando la cancelación de los asientos del Registro.

Presentación

Presentación

Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat. ( https://sede.gva.es/va/sede_certificados ). IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que: 1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo. 2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática. 3- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación. PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA: a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales. b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite * Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD" * Especifique la materia objeto de la solicitud * Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante). c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada. d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación). e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro. Su presentación telemática habrá finalizado.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa