Detalle de procedimiento

Modificación coto de pesca.

Código SIA : 211442
Código GUC : 14864
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Modificar tanto límites como condiciones de pesca establecidas en un coto de pesca previamente autorizado.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de cotos de pesca.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley de 20 de febrero de 1942, de la Jefatura del Estado, Nueva Ley de Pesca, que regula el fomento y conservación de la red fluvial (BOE nº 67, de 8/03/42).
  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
  • Decreto de 6 de abril de 1943, del Ministerio de Agricultura, por el que se aprueba el Reglamento sobre Pesca Fluvial (BOE nº 122, de 2/05/43).
  • Orden 30/2016, de 31 de octubre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se fijan los periodos hábiles y las normas generales relacionadas con la pesca recreativa en aguas continentales de la Comunitat Valenciana (DOGV nº 7915, de 11/11/2016).
  • RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2020, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, de modificación de la Orden 30/2016, de 31 de octubre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se fijan los períodos hábiles y las normas generales relacionadas con la pesca recreativa en aguas continentales de la Comunitat Valenciana.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

- Solicitud normalizada. - Memoria justificativa de la modificación con indicación concreta, puntual y clara de lo solicitado y los motivos. - En caso de ser la alteración de los límites o tramo, se presentará plano a escala adecuada y en soporte informático para ser utilizados con sistemas de información geográfica.

Presentación

Presentación

Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en:
Telemática
Pinchando en el icono superior Tramitar con certificado de esta misma página. Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. Presentación de la solicitud y documentación. 2. Informe del técnico en materia de pesca fluvial del servicio territorial correspondiente. 3. Elaboración del pliego correspondiente. 4. Propuesta del director territorial a la dirección general con competencias en materia de pesca fluvial de modificación del coto de pesca y remisión del pliego de condiciones. 5. Informe del Servicio de Caza y Pesca. 6. Firma del pliego de condiciones. 7. Resolución de la dirección general con competencias en materia de pesca fluvial.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Sanciones

Sanciones

La contemplada en la legislación vigente en materia de pesca continental.