Detalle de procedimiento

Pago telemático genérico

Código SIA : 223625
Código GUC : 15392
Organismo: AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA ATV
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Sistema de ayuda que, mediante las nuevas tecnologías, facilita el pago liquidaciones y autoliquidaciones, empleando la pasarela o plataforma de pagos de la Generalitat.

Requisitos

Requisitos

- Solo en el caso de pago mediante cargo en cuenta, disponer de documento nacional de identidad electrónico expedido por el Ministerio del Interior o de certificado reconocido, de persona física o jurídica, emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana (ACCV). - El usuario propietario del certificado, debe ser titular o persona autorizada de una cuenta corriente abierta en una entidad financiera colaboradora que tenga habilitado como modalidad de pago el adeudo on-line. No obstante, cada entidad puede tener, adicionalmente, sus propias restricciones de utilización, ajenas al servicio que presta la Generalitat.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Este sistema puede ser utilizado por cualquier persona física o jurídica, pudiendo ser el propio obligado tributario o persona distinta de éste.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

Este procedimiento se tramita exclusivamente de forma telemática.

Presentación

Presentación

Telemática
Para la utilización del servicio, es requisito imprescindible disponer de los siguientes elementos: · Una tarjeta de crédito o débito de una de las entidades financieras aceptadas, o un certificado digital válido, y que el propietario o titular del certificado disponga de una cuenta en una de las entidades financieras que acepten el cargo en línea. · Disponer de un documento nacional de identidad electrónico expedido por el Ministerio del Interior o de certificado reconocido, de persona física o jurídica, emitido por la autoridad de certificación de la Comunitat Valenciana (ACCV). También se podrá utilizar un certificado de persona física o jurídica, emitido por la Fábrica nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Estos certificados digitales se usan para: 1. Acceder al sistema 2. Realizar la petición de cargo en cuenta. Para obtener cualquier de estos certificados de creación de firma se pueden dirigir a los puntos de registro siguientes: 1. El certificado digital de la ACCV se puede obtener en los Puntos de Registro de Usuario de la ACCV (PRU). Pueden consultar su Punto de Registro más cercano en: http://www.accv.es/puntreg_c.htm Una vez disponga ya del Certificado Digital de la GVA, deberá seguir los pasos indicados en la web de la Autoridad Certificadora de la Comunidad Valenciana, dentro de Soporte, en "Requisitos Aplicaciones con Firma Electrónica ": http://www.accv.es/descargas-requisitos_c.htm 2. El DNI electrónico es expedido por el Ministerio de el Interior. Con esta finalidad se puede consultar la siguiente dirección: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/ 3 Toda la información referente a la obtención de certificados de la FNMT se encuentra en la siguiente URL: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados Descripción del proceso de pago telemático genérico · Solo para el cargo en cuenta, el usuario propietario del certificado, debe ser Titular de una Cuenta Corriente de una Entidad Financiera Colaboradora que tenga habilitado el Adeudo On-Line. Para ver el listado de las entidades: http://atv.gva.es/es/tributos-infogeneral-dondepagar

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa