Detalle de procedimiento

Aportación de documentación para el seguimiento de un expediente de ayudas en materia de cooperación al desarrollo existente en la Conselleria competente en la materia.

Código SIA : 223633
Código GUC : 15802
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

En cumplimiento de las bases de las distintas convocatorias de ayudas en materia de cooperación al desarrollo, este trámite permite la aportación de documentación necesaria para el seguimiento de un expediente abierto ante la Conselleria..

Requisitos

Requisitos

Debe existir al menos un expediente abierto en la Conselleria competente en materia de cooperación al desarrollo para el que se realiza la aportación. Estos expedientes deben encontrarse en fase posterior a la concesión de la ayuda.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los titulares beneficiarios, o sus representantes, de expedientes abiertos (y no archivados) en materia de ayudas de cooperación al desarrollo.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Los documentos se presentarán en los plazos especificados, bien en la Orden de convocatoria, bien en la resolución de concesión.

Formularios y documentación

La persona interesada adjuntará los documentos establecidos en las bases de la convocatoria o en la resolución de concesión de la ayuda.

Presentación

Presentación

Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y preferentemente en:
Telemática
A través del Portal de la Generalitat (www.gva.es) accediendo a los apartados "Administración On line" - "Guía Prop" - "Trámites y Servicios" La tramitación telemática de la solicitud deberá hacerla con el certificado digital de su entidad o con el certificado digital del representante de la misma. Puede ver cómo y dónde solicitarlo en www.accv.es. Más concretamente: a).- Certificados de entidad en: http://www.accv.es/empresas/certificados/de-entidad/ b).- Certificados personales en: http://www.accv.es/ciudadanos/ Una vez tenga su certificado podrá iniciar el proceso telemático para aportar la documentación. Podrá adjuntar la documentación en distintos formatos, preferiblemente en formato PDF (bien escaneando el original, bien transformando el documento (por ejemplo de Word a pdf) o en un formato comprimido. NOTA: Si la documentación a aportar es exigida en formato original o copia compulsada no podrá presentarla de forma telemática.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa