TECE - SOLO PARA AYUDAS SOLICITADAS ANTES DEL 2022. Aportación documental telemática o presencial para completar un expediente ya iniciado de los programas de ayudas de la dirección general competente en emergencia habitacional y función social de la vivienda. - GVA.ES
TECE - SOLO PARA AYUDAS SOLICITADAS ANTES DEL 2022. Aportación documental telemática o presencial para completar un expediente ya iniciado de los programas de ayudas de la dirección general competente en emergencia habitacional y función social de la vivienda.
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
El trámite tiene por objeto la presentación telemática de documentos con certificado digital o presencial, para completar y/o subsanar un expediente iniciado de los programas de ayudas de la dirección general competente en vivienda.
En este trámite también se podrá incluir las justificaciones del pago de los recibos correspondientes a la renta de alquiler cuando la administración se los solicite.
Requisitos
Requisitos
Tener un expediente ya iniciado de los programas de ayudas de la dirección general competente en emergencia habitacional y función social de la vivienda.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
La aportación documental o subsanación, en su caso, la realizará la persona solicitante (o el representante legal) de la ayuda que se tramita en la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Solicitud
Plazo
Plazo
- Si ha olvidado presentar documentación, una vez realizada su solicitud de ayudas, podrá incluirla en este trámite sólo durante el plazo de presentación de solicitudes.
- Si se ha recibido un requerimiento (de subsanación o de otro tipo), la documentación deberá aportarse en el plazo que la Dirección General de Vivienda y/o los Servicios Territoriales hayan establecido en dicho requerimiento.
En caso de haber finalizado el plazo de subsanación de reparos del expediente de ayudas, si se aportara documentación para completar o subsanar el mismo, no se tendrá en cuenta.
- Cuando la administración le requiera que aporte los justificantes del pago de los recibos correspondientes a la renta de alquiler no aportados en la solicitud, los deberá presentar en el plazo indicado en dicho requerimiento y en la página web de la ayuda solicitada.
Formularios y documentación
Impresos asociados
Presentación
Presentación
Presencial
Para mayor diligencia en la gestión administrativa es preferible presentar la documentación telemáticamente, como se indica en el apartado "Tramitación".
En este trámite también se podrá incluir las justificaciones del pago de los recibos correspondientes a la renta de alquiler cuando la administración se los solicite.
Los documentos se podrán presentar también por registro de entrada en los registros de las direcciones territoriales y en los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (oficinas PROP, ayuntamientos, etc., por registro de entrada dirigidos a la dirección territorial de la provincia correspondiente).
Dónde dirigirse
- Registro del Servicio Territorial de Vivienda - Alicante
- Registro del Servicio Territorial de Vivienda - Valencia
- Registro de la Dirección Territorial de Medio Ambiente, Agua, Infraestructura y Territorio - Castellón
Av. AGUILERA, 1
03007 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
Av. DEL MAR, 16
12003 - Castelló/Castellón
Telemática
1) Si se dispone de certificado digital, clique en el enlace "Tramitar con certificado electrónico" o el icono "Tramitar con certificado" (situado al principio de la página). Cumplimente el formulario y adjunte toda la documentación disponible.
2) Cumplimente el formulario, disponga de los datos del nombre y apellido del solicitante, su número de DNI - NIE - NIF. Elija el programa de ayudas correspondiente, luego el tipo de aportación que corresponda: aportación general de documentación, subsanación de reparos de ayudas, aportación de recibos de alquiler...).
3) A continuación, adjunte los documentos electrónicos que considere oportunos para incluirlos al expediente de ayudas correspondiente.
4) Finalmente, regístrelo de entrada a través del registro telemático.
La documentación se incorporará al expediente y sólo se tendrá en cuenta siempre que se haya presentado en plazo.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
Órganos resolución
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
No