Aportación de documentación adicional al expediente asignado al solicitante de subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general para atender a fines de carácter social con cargo al tramo autonómico de la asignación tributaria del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, convocado mediante Resolución de 2 de junio de 2023 de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas - GVA.ES
Aportación de documentación adicional al expediente asignado al solicitante de subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general para atender a fines de carácter social con cargo al tramo autonómico de la asignación tributaria del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, convocado mediante Resolución de 2 de junio de 2023 de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Aportación de documentación adicional al expediente de ayudas asignado PIIRPF/2023/....
Requisitos
Requisitos
Tener un número de expediente asignado (PIIRPF/2023/...)
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Aquellas entidades que han presentado solicitud de subvención en al amparo de la Resolución de 02 de junio de 2023 de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y tengan documentación extra a aportar a la solicitud y dispongan el número de expediente.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de la Jefatura del Estado, General de Subvenciones (BOE núm.276, de 18.11.2003).
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (DOCV núm. 7464, de 12.02.2015)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25.07.2006)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( BOE núm. 236, de 02/10/ 2015).
- Orden 8/2019, de 7 de septiembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general para atender a fines de carácter social con cargo al tramo autonómico de la asignación tributaria del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- RESOLUCIÓN de 02 de junio de de 2023 de la vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general para atender a fines de carácter social con cargo tramo autonómico de la asignación tributaria del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Será de 10 días hábiles desde el día siguiente al requerimiento de la documentación.
Formularios y documentación
La entidad deberá aportar aquella documentación que estime conveniente.
Presentación
Presentación
Telemática
EXCLUSIVAMENTE por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es
http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18948&version=amp
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Adjuntar aquella documentación requerida
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
La documentación se recibirá por el órgano instructor.
Órganos resolución
Órganos resolución
La Dirección General de Acción Comunitaria y Barrios Inclusivos por delegación de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas.
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí