Detalle de procedimiento

Convocatoria de evaluación para el seguimiento de enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado en la Comunitat Valenciana, correspondiente al año 2023.

Código SIA : 687727
Código GUC : 19172
Organismo: AGÈNCIA VALENCIANA D'AVALUACIÓ I PROSPECTIVA AVAP
Plazo de solicitud: CERRADO
(30-11-2023
20-12-2023)
  • Información básica

  • Solicitud

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  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Comprobar si la implantación del título es adecuada, se corresponde con los compromisos adquiridos por la universidad y verificados por el órgano de evaluación correspondiente, y permite garantizar la adecuada continuidad del mismo hasta la renovación de la acreditación. Así como revisar la incorporación de las recomendaciones incluidas en los posteriores informes de renovación de la acreditación.

Observaciones

Observaciones

* PROPÓSITOS: El proceso de seguimiento de las enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado tiene como propósitos: 1. Asegurar la calidad de las titulaciones universitarias oficiales ofertadas de acuerdo con los niveles de cualificación establecidos y los criterios expresados en la normativa legal vigente. 2. Garantizar que la calidad de los resultados obtenidos se corresponde con los compromisos adquiridos y verificados por el órgano de evaluación correspondiente. 3.Comprobar que la titulación universitaria ha tenido un proceso de seguimiento apropiado y que se ha utilizado la información cuantitativa y cualitativa disponible para analizar su desarrollo y generar las propuestas de mejora pertinentes. 4. Asegurar la disponibilidad y accesibilidad de la información pública, válida, fiable, pertinente y relevante que ayude en la toma de decisiones de los estudiantes y otros agentes de interés del sistema universitario de ámbito nacional e internacional. 5. Revisar la incorporación de las modificaciones que las universidades han realizado a la memoria con posterioridad a la verificación del título. 6. Revisar la incorporación de las recomendaciones incluidas en los informes de verificación de los títulos. 7. Aportar recomendaciones y/o sugerencias de mejora para la titulación. 8. Proporcionar información y evidencias necesarias para la posterior renovación de la acreditación.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Universidades públicas y privadas que hayan finalizado su segundo o tercer año de implantación, respectivamente, incluidas las titulaciones universitarias oficiales en las que participen varias universidades, siempre que la responsable administrativa de las mismas sea una universidad perteneciente al sistema universitario valenciano. También si han obtenido informes finales de renovación de la acreditación con recomendaciones de obligado cumplimiento.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 9735, de 29/11/2023) y hasta el 20 de diciembre de 2023.

Formularios y documentación

La universidad solicitante deberá acceder a la plataforma SIAVAL, a través de la página web de la AVAP http://www.avap.es, e incluir a través de la misma el autoinforme junto con todas las evidencias previstas en el protocolo de evaluación para el seguimiento de títulos de grado y máster y en el protocolo de evaluación para el seguimiento de programas de doctorado de AVAP. La universidad deberá presentar una solicitud electrónica dirigida a la AVAP .

Tasa o pago

Tasa o pago

El pago de la tasa deberá efectuarse a lo largo del mes de diciembre de 2023 mediante transferencia a la cuenta bancaria de la AVAP: ES 68 2100 7596 1113 0003 2927. Se anexara a la solicitud electrónica el justificante bancario del pago de la tasa de evaluación identificando los títulos con los que se corresponde .

Enlaces

Enlaces

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

La evaluación para el seguimiento de las enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado comprende las siguientes fases: a) El procedimiento se iniciará mediante la presentación de la oportuna solicitud dirigida a la AVAP por las universidades interesadas en la forma y plazos que se establecen en la presente resolución. Las solicitudes se presentarán por vía electrónica. Asimismo, la universidad solicitante remitirá, a través de la aplicación informática prevista al efecto, el informe anual de seguimiento de cada título de grado, máster o doctorado siguiendo el modelo establecido por el protocolo de evaluación para el seguimiento de títulos de la AVAP, junto con las evidencias documentales necesarias que acrediten la información contenida. La universidad remitirá la dirección de la página o páginas web de la universidad donde se encuentre la información pública disponible. b) La AVAP elaborará, de acuerdo con el Protocolo de evaluación para el seguimiento de títulos de la AVAP, una propuesta de informe de evaluación que se expresará, en forma motivada, en términos favorables o desfavorables. La propuesta de informe será remitida a la universidad solicitante para que pueda presentar alegaciones en el plazo de quince días hábiles. c) Una vez concluido el citado plazo y valoradas, en su caso, las alegaciones, la AVAP elaborará el informe de evaluación motivado que podrá ser favorable o desfavorable y lo hará público, comunicándoselo a la universidad solicitante. En caso de que en el proceso de seguimiento se detectasen deficiencias que supongan un grave riesgo para la calidad mínima exigible, la AVAP las trasladará a la conselleria competente en materia de educación superior y al Consejo de Universidades a fin de que se proceda conforme a lo establecido en el marco normativo vigente.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Plazo máximo

Plazo máximo

El plazo máximo para emitir el informe de evaluación por la AVAP será de seis meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa