Detalle de procedimiento

Subsanación de documentación para la convocatoria de plazas en las residencias juveniles del IVAJ para el curso académico 2023/2024 para jóvenes

Código SIA : 1279118
Código GUC : 19552
Organismo: INSTITUT VALENCIÀ DE LA JOVENTUT IVAJ
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Este trámite permite la aportación de documentos a un expediente de solicitud para la convocatoria de plazas en las residencias juveniles del IVAJ para el curso académico 2023/2024 para jóvenes. La aportación se puede realizar: - Por iniciativa de la persona interesada. - A consecuencia de un requerimiento de enmienda a petición de la administración.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las personas titulares, o sus representantes legales, de las solicitudes de plazas.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

La aportación de documentos se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, mientras no se le haya requerido y el expediente no esté archivado. Si ya se le ha requerido, la documentación se aportará en el plazo que la Administración establezca.

Formularios y documentación

Cuando sea por iniciativa de la persona interesada, aportará la documentación que considere pertinente. Si se trata de requerimiento administrativo, la que se le solicite en el mismo.

Presentación

Presentación

Presencial
Las solicitudes se presentaran PREFERENTEMENTE de forma telemática (apartados "Por internet" o "¿Cómo se tramita telemáticamente?". De forma presencial Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del IVAJ, en los de las unidades territoriales del IVAJ de Alicante o de Castellón, en las residencias juveniles o en cualquiera de estos lugares: - En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios según Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a las entidades que integran la Administración Local si tiene suscrito el convenio. - En las oficinas de Correos. - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Telemática
Este trámite se presentará preferentemente de forma telemática.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. La persona interesada se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat, emitido por una entidad autorizada. 2. Una vez cumplimentada la solicitud de aportación de documentación, se validará y se adjuntarán los documentos electrónicos que tenga que aportar. 3. La documentación aportada se incorporará al expediente abierto, y será analizada por el personal competente en esa materia.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015)

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa