Detalle de procedimiento

Justificación de las subvenciones nominativas a entidades locales para la financiación de centros de día de entidades locales para el ejercicio 2020

Código SIA : 1923437
Código GUC : 19604
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: CERRADO hasta 31-01-2021
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Aportación de la documentación para la justificación de las subvenciones nominativas a las entidades locales para la financiación de centros de día de entidades locales para el ejercicio 2020

Requisitos

Requisitos

No estar incursos en causa alguna de prohibición para obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con lo establecido en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. Cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones que en su caso se les hubiera exigido. Acreditar de estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes, de acuerdo con el art. 199.4 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana. Dicho requisito se entenderá cumplido si la entidad local figura en la certificación que publica mensualmente en su página web la Sindicatura de Comptes.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Aquellas entidades locales que hayan sido beneficiarias de las subvenciones nominativas para la financiación de centros de día de entidades locales en el ejercicio 2020

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo de presentación de las justificaciones de la cantidad anticipada finalizara el 31 de octubre de 2020. El plazo máximo de justificación de la subvención será el 31 de enero de 2021.

Formularios y documentación

a) Certificado de obligación contraída o reconocida, o de pago ordenado, suscrito por el interventor de la Corporación y con el visto bueno del Alcalde-presidente, que recoja: Los gastos realizados (los conceptos de personal y sostenimiento están unificados en la subvención). La relación de personal, con el nombre del trabajador, categoría profesional y meses de trabajo. En el supuesto de personal compartido, deberá indicarse en qué otro programa o servicio trabaja y por cuánto importe y porcentaje se justifica en otras subvenciones concedidas. b) Relación de beneficiarios atendidos, con indicación de las fechas de alta y baja si las hubiera o cualquier otra incidencia acaecida en el servicio prestado a los usuarios. Dicha relación deberá ser mensual. Impresos asociados: - CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE OBLIGACIÓN CONTRAÍDA O RECONOCIDA O DE PAGO ORDENADO. ENTIDAD LOCAL. PROGRAMAS: SEAFI, CENTRO DE DÍA DE MENORES, Y MEDIDAS JUDICIALES EN MEDIO ABIERTO - RELACIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ATENDIDOS EN CENTROS DE DÍA

Presentación

Presentación

Telemática
Tramitar con certificado electrónico. https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_APD_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=19604

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

La subvención se hará efectiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.1. d) apartado 1 de la LEY 10/2019, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2020. (DOCV núm. 8708, de 27 de diciembre), de la siguiente manera: - Un 65 % del importe de la subvención se librará a la firma de la presente resolución. - El 35 % restante se librará tras la aportación y comprobación de la documentación justificativa de la efectiva y correcta aplicación de, al menos, el 75 % del importe inicialmente anticipado.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa