Details of Procedure

Inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS instaladoras, mantenedoras, automantenedoras o reparadoras para la realización de actividades que requieren la manipulación de GASES FLUORADOS. Alta, modificación y cese. Obtención del CERTIFICADO (o duplicado) de EMPRESA de gases fluorados e inscripción en el Registro unificado sobre certificados de gases fluorados. Industria.

SIA Code: 2095317
GUC Code : 20371
Department: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Application deadline: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

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Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas instaladoras que tengan la sede social en la comunidad valenciana, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional. A través de este trámite se posibilita: A) En caso de INICIO (ALTA) DE LA ACTIVIDAD de manipulación de GASES FLUORADOS: A.1.- La habilitación para el ejercicio de la actividad y su INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INTEGRADO INDUSTRIAL (RII). Este trámite posibilita la inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de los siguientes tipos de empresas cuya actividad requiere la manipulación de gases fluorados, tanto si están legalmente establecidas para el ejercicio de la actividad en España, como si, estando legalmente establecidas para su ejercicio en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, desean realizar la actividad en régimen de libre prestación en territorio español: a) Empresa instaladora, mantenedora o reparadora de aparatos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bomba de calor de cualquier carga de refrigerantes fluorados. b) Empresa instaladora, mantenedora o reparadora de aparatos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bomba de calor de carga inferior a 3 kg. de refrigerantes fluorados. c) Empresa instaladora, mantenedora, automantenedora o reparadora de sistemas de protección contra incendios, Reglamento (UE) 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, Reglamento (CE) nº304/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008 y Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero de 2017. A.2.- La OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE EMPRESA DE GASES FLUORADOS por los referidos tipos de empresas, con la consiguiente INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO* unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, adscrito al Ministerio competente en materia de medio ambiente. * Acceso a la versión de consulta pública de este Registro en el apartado "Enlaces" de este trámite. B) Si se solicita, la obtención de un DUPLICADO del CERTIFICADO DE EMPRESA DE GASES FLUORADOS. C) En caso de MODIFICACIÓN: C.1.- La INSCRIPCIÓN en el REGISTRO INTEGRADO INDUSTRIAL (RII) de los datos de las referidas empresas que hayan sido objeto de modificación. C.2.- La OBTENCIÓN DE UN NUEVO CERTIFICADO DE EMPRESA DE GASES FLUORADOS y su INSCRIPCIÓN en el REGISTRO* unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, adscrito al Ministerio competente en materia de medio ambiente. * Acceso a la versión de consulta pública de este Registro en el apartado "Enlaces" de este trámite. D) En caso de CESE DE LA ACTIVIDAD de manipulación de GASES FLUORADOS: D.1.- La INSCRIPCIÓN de la BAJA en el REGISTRO INTEGRADO INDUSTRIAL (RII). D.2.- Y su INSCRIPCIÓN en el REGISTRO* unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, adscrito al Ministerio competente en materia de medio ambiente. * Acceso a la versión de consulta pública de este Registro en el apartado "Enlaces" de este trámite.

Observations

Observations

1) La INFORMACIÓN SOBRE DUDAS, CONSULTAS o EXPEDIENTES EN TRÁMITE se ofrece ÚNICAMENTE mediante CITA PREVIA con el personal técnico y/o administrativo del correspondiente SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS, que se puede solicitar a través del apartado "Cita previa" de la página web de la Conselleria competente en materia de Industria (ver enlace directo en el apartado "Enlaces" de este trámite). 2) Incidencias INFORMÁTICAS (solo errores o problemas de carácter informático) - Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana en: https://sede.gva.es/es/preguntes-frequents - Si pese a ello sigue necesitando ayuda informática, envíe un correo electrónico a: generalitat_en_red@gva.es * IMPORTANTE: se trata de un correo exclusivamente para atender incidencias informáticas, no para otro tipo de cuestiones o problemas. En el correo electrónico que envíe a esa dirección debe indicarse: razón social (NIF), usuari@ (nombre, apellidos, DNI, correo electrónico y teléfono de contacto) con el que se conecta a la aplicación, captura de la pantalla donde se ha producido el error, así como la descripción del problema que se haya producido. 3) De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, esta solicitud habilita a la empresa instaladora, mantenedora, automantenedora o reparadora, por tiempo indefinido y desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad de manipulación de gases fluorados en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales. 4) Aunque junto con la solicitud estas empresas no han de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que les son exigibles, esta documentación deberá estar disponible para su presentación inmediata ante la Administración competente, cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.

Requirements

Requirements

1 - Estos tipos de empresas deberán estar PREVIAMENTE HABILITADAS para realizar la actividad (instalaciones térmicas de edificios o frío industrial o sistemas de protección contra incendios) que requiere la manipulación de gases fluorados E INSCRITAS COMO TALES EN EL REGISTRO INTEGRADO INDUSTRIAL. * Para ello ver enlace directo a los correspondientes trámites de esta Guía Prop en el apartado "Enlaces". 2 - Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica), esa persona deberá inscribir previamente la representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa o sin un certificado electrónico de representante NO puede realizarse el trámite telemático en representación de otra persona. No obstante, en esos casos puede utilizarse la BANDEJA DE FIRMAS, que es una funcionalidad integrada en la Carpeta Ciudadana para posibilitar que la persona en nombre de la cual se quiere realizar el trámite telemático firme el/los formulario/s web, el/los documento/s a anexar (en su caso) y su presentación final en registro. En la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana dispone de ayuda con preguntas frecuentes sobre la Carpeta Ciudadana, que incluye un tutorial de funcionamiento de la Bandeja de Firmas (ver también en el apartado "Enlaces" de este trámite) y, además, en el propio trámite telemático se le irán indicando los pasos a seguir.

Who can apply?

Who can apply?

La persona titular de una empresa de los siguientes tipos, o su representante: 1. Las empresas instaladoras y empresas mantenedoras de INSTALACIONES TÉRMICAS DE LOS EDIFICIOS, así como las empresas FRIGORISTAS, en el caso de: a) Empresa instaladora, mantenedora o reparadora de aparatos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bomba de calor de cualquier carga de refrigerantes fluorados. b) Empresa instaladora, mantenedora o reparadora de aparatos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bomba de calor de carga inferior a 3 kg de refrigerantes fluorados. 2. Las empresas instaladoras, mantenedoras, automantenedoras o reparadoras de SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, Reglamento (UE) 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, Reglamento (CE) nº304/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008 y Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero de 2017. Y ello tanto si se trata de empresas legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en España, como si son empresas establecidas en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea que deseen realizar la actividad en régimen de libre prestación en territorio español.

Regulation

Regulation

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Deadline

Deadline

Durante todo el año, de acuerdo con los siguientes plazos: a) En caso de ALTA y obtención de un certificado nuevo, estas empresas deberán presentar la solicitud ANTES DE COMENZAR SU ACTIVIDAD. b) En caso de obtención de un DUPLICADO de certificado: en cualquier momento posterior al alta. c) En caso de MODIFICACIÓN, así como en caso de CESE de la actividad, estas empresas deberán presentar la solicitud en el plazo de UN MES.

Forms and documentation

A) - Tanto para el ALTA y la MODIFICACIÓN (que incluyen la obtención de un certificado nuevo y la inscripción en el Registro Integrado Industrial y en el Registro unificado sobre certificados), - Como para la obtención de un DUPLICADO DEL CERTIFICADO, las empresas deberán presentar telemáticamente la siguiente documentación: 1. SOLICITUD de inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) y de certificado de empresa de gases fluorados (marcando en ella la opción que corresponda), cumplimentada y firmada obligatoriamente, según modelo normalizado disponible como FORMULARIO WEB en el trámite telemático. 2. Justificante del pago de la TASA correspondiente (por vía telemática o presencial, según proceda). B) Para la BAJA (CESE de la actividad), las empresas deberán presentar telemáticamente la SOLICITUD (marcando en ella la opción de cese), cumplimentada y firmada obligatoriamente, según modelo normalizado disponible como FORMULARIO WEB en el trámite telemático.

Fee or payment

Fee or payment

Tasas 2023: 4.5.2 - Certificado técnico (para nuevo certificado): 14,58 euros cada uno 4.10 - Expedición de duplicados de documentos oficiales (para duplicado de certificado): 9,45 euros cada uno

Presentation

Presentation

Telematic
1. La declaración responsable ha de presentarse por medios electrónicos MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO correspondiente. 2. Para esa presentación telemática, la persona declarante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten el DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT y por la ACCV, el sistema Clave-firma del Estado (únicamente para las personas físicas) y, en general, todos los aceptados por la Plataforma @firma. Más información en: https://sede.gva.es/es/sistemes-d-identificacio-i-signatura-acceptat 3. Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado Enlaces de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora. Alternativamente puede utilizarse la denominada Bandeja de Firmas. 4. Clickando en el botón rojo SOLICITUD PRESENTACIÓN AUTENTICADA, accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar y firmar los formularios web y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que posteriormente estará también disponible, junto al número de expediente abierto, en su Carpeta Ciudadana (Enlaces). 5. Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en:https://sede.gva.es/es/preguntesfrequents En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a: - Para consultas sobre el contenido del trámite: apartado Cita previa de la página web de la Conselleria (ver apartados Información complementaria y Enlaces de este trámite) o prop@gva.es - Para incidencias informáticas: rellenando el FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS (ver apartados Información complementaria y Enlaces de este trámite), o enviando un correo electrónico a generalitat_en_red@gva.es

Processing process

Processing process

A) SOLICITUD DE UN CERTIFICADO NUEVO e INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS (casos de ALTA y de MODIFICACIÓN): 1. Presentación de la solicitud y del justificante de pago de la tasa DE FORMA TELEMÁTICA ante el Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté establecida la empresa (o donde vaya a realizar su actividad si es una empresa establecida en otro país miembro de la Unión Europea). 2. Si lo solicitado es correcto, el referido Servicio Territorial competente: - Realizará la inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII), que podrá consultarse en la página web de dicho Registro estatal (ver enlace directo al RII en el apartado "Enlaces" del presente trámite). - Emitirá el certificado de empresa de gases fluorados y lo notificará a la empresa solicitante. - Y remitirá la información del certificado expedido al Registro* unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, que está adscrito al Ministerio competente en materia de medio ambiente y tiene la condición de registro oficial de carácter administrativo, declarativo, informativo y público. * Acceso a la versión de consulta pública de este Registro en el apartado "Enlaces" de este trámite. 3. Si lo solicitado NO es correcto o es incompleto, se emitirá un requerimiento de subsanación a la empresa solicitante. * La subsanación también deberá realizarse por vía telemática utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite). Tras ello: - Si la empresa subsana, se procede según se ha descrito en el punto 2. - Si NO subsana, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida de su solicitud y se archiva el expediente. B) SOLICITUD DE UN DUPLICADO DE CERTIFICADO: 1. Presentación de la solicitud y del justificante de pago de la tasa DE FORMA TELEMÁTICA ante el Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté establecida la empresa (o donde realice su actividad si es una empresa establecida en otro país miembro de la Unión Europea). 2. Si lo solicitado es correcto, el referido Servicio Territorial competente emitirá el duplicado del certificado y lo notificará a la empresa solicitante. 3.- Si lo solicitado NO es correcto o es incompleto, se requerirá su subsanación a la empresa solicitante. * La subsanación también deberá realizarse por vía telemática utilizando el referido trámite de aportación existente al efecto en esta Guía Prop. (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite). Tras ello: - Si la empresa subsana, se procede según se ha descrito en el punto 2. - Si NO subsana, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida de su solicitud y se archiva el expediente. C) SOLICITUD DE BAJA (en caso de CESE): 1. Presentación de la solicitud DE FORMA TELEMÁTICA ante el Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté establecida la empresa (o donde realice su actividad si es una empresa establecida en otro país miembro de la Unión Europea). 2. Si lo solicitado es correcto, el referido Servicio Territorial competente inscribirá la baja en el Registro Integrado Industrial (RII) y remitirá la información al Registro* unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, que está adscrito al Ministerio competente en materia de medio ambiente y tiene la condición de registro oficial de carácter administrativo, declarativo, informativo y público. * Acceso a la versión de consulta pública de este Registro en el apartado "Enlaces" de este trámite. 3. Si lo solicitado NO es correcto o es incompleto, se requerirá su subsanación a la empresa solicitante. * La subsanación también deberá realizarse por vía telemática utilizando el trámite de aportación antes citado. (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite). Tras ello: - Si la empresa subsana, se procede según se ha descrito en el punto 2. - Si NO subsana, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida de su solicitud y se archiva el expediente.