Detalle de procedimiento

TECG - Aportación documental para la subsanación de un expediente telemático del cuál se haya recibido un requerimiento de subsanación.

Código SIA : 2215087
Código GUC : 20484
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Como consecuencia de un REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN emitido por la Administración, este trámite permite la aportación de múltiples documentos a un expediente telemático abierto ante la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, y que se encuentra en fase de subsanación de deficiencias. El objeto de la aportación de documentación es la subsanación de las deficiencias detectadas en el expediente. Es posible que algunos de los documentos requeridos solo se pueda presentar en papel a través del registro de entrada de la Conselleria.

Observaciones

Observaciones

La presentación de la documentación conlleva la aceptación de la recepción de notificaciones telemáticas a través del buzón personal en el portal de la Generalitat destinado a la "Administración on-line".

Requisitos

Requisitos

Haber recibido un requerimiento de subsanación sobre un expediente telemático abierto ante la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. El expediente debe encontrarse en el trámite de subsanación de deficiencias. En la documentación aportada deberá constar toda la información necesaria que permita una correcta identificación del expediente telemático al que hace referencia.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los titulares, o sus representantes, de expedientes telemáticos abiertos ante la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo será el señalado en el requerimiento de subsanación.

Formularios y documentación

- Impreso normalizado de solicitud. - Los documentos electrónicos requeridos a su solicitud de subsanación.

Presentación

Presentación

Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:

Enlaces

Enlaces

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Se debe acceder a la administración on-line, lugar en el que el ciudadano se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat, adjuntará los documentos electrónicos requeridos a su solicitud de subsanación, y finalmente lo registrará de entrada a través del registro telemático. La documentación se incorporará al expediente abierto, y será analizada por el personal de la conselleria competente en esa materia, quien procederá en consecuencia. En el caso de que en el requerimiento se incluya algún documento que solamente pueda presentarse en papel, la solicitud de subsanación se considerará incompleta mientras no se presenten los mismos a través del registro de entrada de la Conselleria.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa