Detalle de procedimiento

Solicitud baja Servicio electrónico de actos de comunicación judiciales

Código SIA : 2249766
Código GUC : 20498
Organismo: Conselleria de Justicia e Interior
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 19-12-2019
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

La baja en el servicio electrónico de actos de comunicación permite a cualquier persona física solicitar la baja del servicio para el que había solicitado el alta previamente.

Requisitos

Requisitos

Para acceder a este servicio se debe disponer de DNI electrónico, certificado digital o de @clave

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física dada de alta en el servicio electrónico de actos de comunicación judiciales.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • ORDEN 8/2019, de 28 de mayo, de la Consellería de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se crea la sede judicial electrónica de la Comunitat Valenciana.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Sin sujeción a plazo de presentación.

Presentación

Presentación

Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos, los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/es/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente (los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda) y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es). Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación