Detalle de procedimiento

Justificación de las subvenciones dirigidas a programas de prevención y protección de niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo o con medida jurídica de protección para el ejercicio 2020.

Código SIA : 2216803
Código GUC : 20539
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Aportación de la documentación para la justificación de las subvenciones dirigidas a programas de prevención y protección de niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo o con medida jurídica de protección para el ejercicio 2020.

Requisitos

Requisitos

Haber sido una entidad beneficiaria de una subvención dirigida a programas de prevención y protección de niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo o con medida jurídica de protección en el ejercicio 2020.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades privadas sin fin de lucro, incluidas las cooperativas, que ostenten la titularidad de programas de prevención y protección de niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo o con medida jurídica de protección en el ejercicio 2020.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Orden 8/2016, de 8 de abril, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a centros de día, programas de prevención, protección e inserción de menores en situación de riesgo o con medidas jurídicas de protección, y programas de emancipación y autonomía personal de jóvenes extutelados que hayan alcanzado la mayoría de edad.
  • Resolución de 27 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se convocan subvenciones dirigidas a centros de día, programas de prevención, protección e inserción de niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo o con medidas jurídicas de protección, para el ejercicio 2020.
  • Resolución de 21 de octubre de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se notifica y resuelve el procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones dirigidas a programas de prevención y protección de niños, niñas y adolescentes, de la convocatoria de programas capítulo IV, línea S4976.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

La subvención concedida que incluya el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre, deberá haberse justificado, como máximo, a 31 de octubre de 2020, no pudiendo presentarse justificaciones de gasto efectuado en el año 2020 con posterioridad al 31 de enero del 2021. No obstante lo anterior, el Decreto ley 5/2020, de 29 de mayo, del Consell, de medidas urgentes en el ámbito de los servicios sociales y en apoyo al tercer sector de acción por la Covid-19 y en virtud de la declaración del estado de alarma, por Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, resuelve en el apartado 1 de su artículo único, respecto de la línea de subvención S4976, entre otras: «Se amplía hasta el 31 de marzo de 2021 el plazo de realización de actuaciones subvencionables de los proyectos vinculados a las líneas de subvención referidas.»

Formularios y documentación

· Para gastos correspondientes a personal: relación y documentos acreditativos del gasto correspondiente a la nómina de los trabajadores y pago a la Seguridad Social, así como cualquier otro concepto contemplado en las bases reguladoras o en esta resolución. · Si hubiere personas que presten sus servicios en virtud de contratos de prestación de servicios, deberán aportarse las correspondientes facturas emitidas por dichos profesionales. · Documentos y facturas de la cuantía del gasto efectuado por aquellos conceptos no derivados de los gastos de personal, según modelo recogido en el anexo VI de esta resolución.

Presentación

Presentación

Telemática
La justificación de la subvención concedida se presentará exclusivamente por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es a través del trámite "Justificación de las subvenciones dirigidas a programas de prevención y protección de niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo o con medida jurídica de protección en el ejercicio 2020" Tramitar con certificado electrónico.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa