Detalle de procedimiento

TECE - Aportación de documentación telemática a un expediente de ayudas a las actuaciones de mejora de la accesibilidad a las viviendas en el marco del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, correspondientes a la convocatoria 2022.

Código SIA : 2927402
Código GUC : 22874
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 13-10-2022
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

El trámite tiene por objeto la presentación telemática de documentación a un expediente de solicitud de ayudas a las actuaciones de mejora de la accesibilidad a las viviendas en el marco del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 correspondiente al ejercicio 2022, como consecuencia de una comunicación de reparos o un requerimiento por parte de la Administración, o, en su caso, a iniciativa de la parte interesada.

Observaciones

Observaciones

La atención presencial se prestará en la correspondiente Dirección Territorial de Vivienda y Arquitectura Bioclimática de Alacant, Castelló y València. La presentación de la documentación conlleva la aceptación de la recepción de notificaciones telemáticas a través del buzón personal en el portal de la Generalitat destinado a la "Administración on-line".

Requisitos

Requisitos

Tener un expediente en tramitación ante la Conselleria competente en materia de Vivienda de solicitud de ayudas a las actuaciones de mejora de la accesibilidad a las viviendas correspondiente a la convocatoria 2022.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

La aportación documental telemática o subsanación, la realizará la misma persona que formalizó en su momento la petición de la ayuda (la solicitante o, en su caso, la representante legal a tal efecto). De no ser así, deberá acreditar su cualificación/representación para ello.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (BOE núm. 16, de 19/01/2022).
  • ORDEN 6/2022, de 29 de junio, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de mejora de la accesibilidad a las viviendas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (DOGV 9374, de 04.07.2022).
  • Corrección de errores de la Orden 6/2022, de 29 de junio, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de mejora de la accesibilidad a las viviendas del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (DOGV 9427, de 14.09.2022).
  • Corrección de errores de la Orden 6/2022, de 29 de junio, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de mejora de la accesibilidad a las viviendas del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (DOGV 9439, de 30.09.2022).
  • Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las ayudas para la mejora de la accesibilidad a las viviendas del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (DOGV 9444, de 07.10.2022).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

La aportación de documentación para completar o subsanar un expediente de ayudas, podrá realizarse hasta que concluya el plazo de subsanación de reparos a las solicitudes de ayudas, según la fecha de comunicación del reparo o requerimiento por parte de la Administración.

Formularios y documentación

La requerida o que se considere conveniente aportar, adjuntándola en formato pdf (salvo el proyecto que se podrá aportar también como fichero comprimido tipo zip, rar o 7z) y utilizando, en su caso, los "impresos asociados" que correspondan, debidamente cumplimentados y firmados, a seleccionar entre los que se encuentren a su disposición en el apartado subsiguiente de este Detalle de Procedimiento.

Presentación

Presentación

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

El procedimiento se tramita telemáticamente. Las personas físicas solicitantes de las ayudas, que no dispongan de medios técnicos para formalizar la solicitud, podrán acudir, durante el plazo de presentación de solicitudes, a las dependencias de las Direcciones Territoriales de la Conselleria sitas en la avenida Aguilera, número 1 (03007 Alicante); Avenida del Mar, número 16 (12003 Castellón de la Plana), y en la calle Gregorio Gea, número 27 (46009 Valencia), y en cualquiera de las oficinas de la red XALOC reguladas mediante el Decreto 199/2001, de 10 de diciembre, del Consell; donde serán asistidos por personal técnico para su presentación.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

La tramitación de los expedientes corresponderá a los servicios centrales y/o territoriales de la Dirección General con competencia en materia de rehabilitación.

Órganos resolución

Órganos resolución

La persona titular de la dirección general competente en materia de rehabilitación resolverá sobre la concesión de la ayuda solicitada, a propuesta del órgano colegiado. El órgano colegiado estará integrado por las personas titulares de la subdirección general de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, de la jefatura del Servicio de Rehabilitación y Actuaciones Urbanas, de la jefatura del Servicio de Arquitectura y Calidad en la Edificación y de un técnico del Servicio de Rehabilitación y Actuaciones Urbanas. La persona titular de la dirección general competente en materia de vivienda y rehabilitación podrá designar a las personas que deban suplir a los miembros del órgano colegiado en caso de ausencia, vacante o enfermedad.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa