Autorización de maquinaria minera. Minería - GVA.ES
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Solicitar la autorización pertinente.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Las personas interesadas titulares de la maquinaria o sus representantes.
Procedimientos relacionados
Procedimientos relacionados
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Certificado de aptitud para operadores de maquinaria minera móvil para conductores y maquinistas en explotaciones mineras, A INSTANCIAS DE LA EMPRESA: solicitud y renovación. Minería
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias (BOE nº 176, de 25/07/67)
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE nº 176, de 24/7/73).
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE nº 295, de 11/12/78).
- Real Decreto 863/85, de 2 de abril, Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (BOE nº 140, de 12/6/85), e instrucciones técnicas complementarias que lo desarrollan, así como sus actualizaciones.
- Orden 14/2011, de 31 de marzo, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, por la que se establecen los órganos competentes para el ejercicio de determinadas funciones en materia de derechos mineros (DOCV núm. 6499 de 11/04/2011).
- Ley 2/2012, de 14 de junio de la Generalitatl, de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas y pequeñas y medianas empresas (pyme) de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6800 de 20/06/12).
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía y Minería.
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Solicitud
Plazo
Plazo
Durante todo el año
Formularios y documentación
Se deberá aportar la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud general, existente en el trámite.
- Proyecto o memoria, en su caso.
- Certificado final de obra (justificación de condiciones técnicas), en su caso.
- Boletín de instalación, en su caso.
- Disposiciones internas de seguridad que regule la inspección periódica de la maquinaria, en su caso.
Impresos asociados
Presentación
Presentación
Telemática
1. La solicitud y resto de documentación ha de presentarse por medios electrónicos MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO correspondiente.
2. Para esa presentación telemática, la persona declarante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten el DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT y por la ACCV, el sistema Clave-firma del Estado (únicamente para las personas físicas) y, en general, todos los aceptados por la Plataforma @firma.
Más información en: https://sede.gva.es/es/sistemes-d-identificacio-i-signatura-acceptat.
3. Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en los apartados "Enlaces y Procedimientos relacionados" de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora.
4. Clickando en el botón rojo SOLICITUD PRESENTACIÓN AUTENTICADA, accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar y firmar los formularios web y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que posteriormente estará también disponible, junto al número de expediente abierto, en su Carpeta Ciudadana (Enlaces).
5. Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: https://sede.gva.es/es/preguntesfrequents
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
- Presentación de la documentación (de forma telemática exclusivamente).
- Estudio del proyecto por el Servicio de Minas.
- Autorización o no, según proceda.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Pl. GABRIEL MIRÓ, 7
03001 - Alacant/Alicante
Observaciones
Observaciones
La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General competente en materia de minería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo
Plazo máximo
El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de tres meses contadores desde la fecha de presentación de la documentación.
Transcurridos tres meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimatorios.
Órganos resolución
Órganos resolución
- Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Pl. GABRIEL MIRÓ, 7
03001 - Alacant/Alicante
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
No
Sanciones
Sanciones
Las que establece la Ley 22/1973, de Minas y los reglamentos correspondientes.