Z - Solicitud general de iniciación y tramitación TELEMÁTICA de procedimientos del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA) Trámite a utilizar EXCLUSIVAMENTE cuando no exista uno específico en la Sede electrónica de la Generalitat y NO APLICABLE a la presentación de autoliquidaciones ni a solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento de autoliquidaciones. - GVA.ES
Z - Solicitud general de iniciación y tramitación TELEMÁTICA de procedimientos del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA) Trámite a utilizar EXCLUSIVAMENTE cuando no exista uno específico en la Sede electrónica de la Generalitat y NO APLICABLE a la presentación de autoliquidaciones ni a solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento de autoliquidaciones.
Organismo: INSTITUTO VALENCIANO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS IVIA
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
En la relación administración/ciudadano se hace necesario que el interesado se dirija a los órganos administrativos:
- en la iniciación de un procedimiento
- en la instrucción del mismo: subsanación de errores, presentación de pruebas, documentación anexa, alegaciones,...
- en la renuncia de derechos, en el desistimiento de solicitud
- en la fase de ejecución del procedimiento
- en la interposición de recursos
Este trámite TELEMÁTICO de solicitud general puede utilizarse por los interesados cuando, habiendo un modelo normalizado de solicitud para la presentación presencial, los interesados quieran o deban presentarla de manera electrónica (artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y todavía no se haya habilitado un procedimiento electrónico específico para ello.
Si existe un procedimiento específico de presentación telemática deberá necesariamente utilizar esta vía para relacionarse con la administración.
Requisitos
Requisitos
En caso de personas jurídicas deberán estar inscritas obligatoriamente en el Registro de Representantes. Este registro posibilita la representación de personas jurídicas en los procedimientos administrativos de carácter electrónico.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas y jurídicas, titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos, con capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, con arreglo a lo establecido por la ley.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat (DOCV nº 7406, de 19/11/2014)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015)
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año / En el plazo que marque el procedimiento
Formularios y documentación
Junto con el formulario, de solicitud general telemática, las personas interesadas podrán adjuntar la documentación necesaria para la iniciación/tramitación del procedimiento.
(Todo ello según lo establecido en la normativa que lo regule o, en su caso, la que sea requerida por la Administración al ciudadano o la que el interesado considere de oportuna presentación).
órganos de tramitación
órganos de tramitación
- INSTITUTO VALENCIANO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS IVIA
Crta. MONCADA-NÁQUERA CV-315, KM 10,7
46113 - València/Valencia
Observaciones
Observaciones
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminstraciones Públicas (BOE 236 de 02/10/2015)
Órganos resolución
Órganos resolución
- INSTITUTO VALENCIANO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS IVIA
Crta. MONCADA-NÁQUERA CV-315, KM 10,7
46113 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí