Solicitud general: iniciación y tramitación de procedimientos. - GVA.ES
Solicitud general: iniciación y tramitación de procedimientos.
Organismo: GENERALITAT VALENCIANA
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
En la relación Administración / Ciudadano, se hace necesario que el interesado se dirija a los órganos administrativos mediante un escrito:
- en la iniciación de un procedimiento
- en la instrucción del mismo: subsanación de errores, presentación de pruebas, documentación anexa, alegaciones,...
- en la renuncia de derechos, en el desistimiento de solicitud
- en la fase de ejecución del procedimiento
- en la interposición de recursos
- en general en cualquier caso en que el ciudadano deba dirigirse por escrito a la Administración y la normativa reguladora no establezca un modelo específico de instancia.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Las personas que sean titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos y que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, con arreglo a lo establecido por la ley.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Resolución de 5 de mayo de 2015, del secretario autonómico de Administración Pública, por la que se dictan las directrices de funcionamiento y se aprueba el manual de instrucciones que será de obligado cumplimiento para todas las oficinas de registro de la Generalitat, incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell.
- Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Solicitud
Plazo
Plazo
Durante todo el año.
Formularios y documentación
- Impreso normalizado de solicitud.
- Documentación necesaria para la iniciación/tramitación del procedimiento, según establezca la normativa que lo regule; o, en su caso, la que sea requerida por la Administración al ciudadano o la que el interesado considere de oportuna presentación.
Impresos asociados
Presentación
Presentación
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Y, preferentemente, en cualquier oficina de los registros de la administración de la Generalitat Valenciana.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
La unidad administrativa en la se inicie la solicitud.
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí