Detalle de procedimiento

Comunicación de la celebración de mercados y subastas de animales procedentes de explotaciones ganaderas en la Comunitat Valenciana

Código SIA : 1705010
Código GUC : 19720
Organismo: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Realizar estos eventos en las condiciones necesarias y exigibles desde el punto de vista de la sanidad y bienestar animal, contribuir al desarrollo y promoción del sector ganadero valenciano y mejorar su competitividad.

Observaciones

Observaciones

* DEFINICIONES 1. Mercados: certámenes comerciales con realización de transacciones. 2. Subastas: modalidad comercial de venta en la cual podrán concurrir aquellos animales previamente inscritos y cualificados, que se ofrecerán a compradores debidamente acreditados.

Requisitos

Requisitos

El promotor u organizador de la concentración deberá contar con los requisitos y autorizaciones legales exigibles, incluyendo el informe favorable del ayuntamiento o, en su caso, de los ayuntamientos donde se celebre el certamen, así como un número de inscripción en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana, o número de inscripción en otro registro o censo equivalente de otra Administración Pública.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

La comunicación se efectuará por el promotor u organizador de los eventos.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 4455, de 07/03/03)
  • Decreto 77/2010, de 30 de abril, del Consell, sobre regulación de la comunicación a la Generalitat de la celebración de mercados, ferias, concursos, subastas y exposiciones temporales de animales procedentes de explotaciones ganaderas en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6259, de 04/05/10)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Todo el año, con una antelación mínima de 15 días a la fecha en que se celebre el evento.

Formularios y documentación

La comunicación expresará: a) Identificación del certamen. b) Descripción del lugar de celebración. c) Días y horas de celebración del certamen. d) Número aproximado de animales, clasificado por especies, previsto para concurrir al certamen. e) Copia del CIF o NIF del promotor u organizador si es persona jurídica. En el caso de las personas físicas sólo si no se ha autorizado a la administración a la consulta. f) Identificación del servicio veterinario responsable. g) Nombre, dirección y teléfono de contacto de la persona o personas encargadas de la organización del certamen, a efectos de comunicación urgente. h) Número de inscripción de todas las explotaciones de las que procedan animales en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana o en otro registro o censo equivalente de otra administración pública. La comunicación deberá ir acompañada de la siguiente documentación: a) Programa de las medidas sanitarias que se adoptarán durante la celebración del certamen, firmado por el veterinario responsable. b) Normas de participación y memoria justificativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable. c) Informe favorable del ayuntamiento del municipio o, en su caso, de los ayuntamientos de los municipios donde tenga lugar el certamen. d) En los casos de subastas, reglamento y normas de funcionamiento, así como la composición y calificación de los jurados, en el caso de concurso.

Presentación

Presentación

Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en los registros de la Oficinas Comarcales y en los que se indican continuación. No obstante, los solicitantes que sean personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente. En caso de que se hiciera presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Telemática
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc19720 Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

- Una vez recibida la comunicación, se comprobará que la misma contiene los datos y se acompañan los documentos enumerados anteriormente. - Si se detectase alguna falta u omisión, el órgano competente requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta y presente los documentos preceptivos. - En el caso de que no se cuente con las autorizaciones legalmente exigibles, o cuando por razones sanitarias deba prohibirse o condicionarse la celebración del certamen a la adopción de determinadas medidas, se dictará resolución motivada con audiencia previa del interesado. - El órgano competente para tramitar el procedimiento y dictar la resolución que proceda será, en los supuestos de mercados o subastas, la Dirección General competente en materia de producción y sanidad animal

Criterios de valoración

Criterios de valoración

No hay

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

CONSELLERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO RURAL. El Servicio de Producción y Sanidad Animal

Órganos resolución

Órganos resolución

Dirección General de Agricultura, ganadería y Pesca

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa