Tramitaciones específicas ante el órgano de control interno - GVA.ES
Organismo: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
Mostrar todo
Ocultar todo
Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
En la relación administración/ciudadano se hace necesario que el interesado se dirija a los órganos administrativos:
- en la iniciación de un procedimiento
- en la instrucción del mismo: subsanación de errores, presentación de pruebas, documentación anexa, alegaciones,...
- en la renuncia de derechos, en el desistimiento de solicitud
- en la fase de ejecución del procedimiento
- en la interposición de recursos
Este trámite TELEMÁTICO de solicitud puede utilizarse cuando, los interesados o sus representantes quieran o deban presentarla de manera electrónica (artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Observaciones
Observaciones
Web de la Intervención General de la Generalitat (https://hisenda.gva.es/es/web/intervencion-general)
Requisitos
Requisitos
En caso de personas jurídicas deberán estar inscritas obligatoriamente en el Registro de Representantes. Este registro posibilita la representación de personas jurídicas en los procedimientos administrativos de carácter electrónico
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas y jurídicas, titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos, con capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, con arreglo a lo establecido por la ley.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año
Formularios y documentación
Junto con el formulario, de solicitud general telemática, las personas interesadas podrán adjuntar la documentación necesaria para la iniciación/tramitación del procedimiento.
(Todo ello según lo establecido en la normativa que lo regule o, en su caso, la que sea requerida por la Administración al ciudadano o la que el interesado considere de oportuna presentación).
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Para iniciar el trámite telemático deberá pinchar en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página.
Deberá disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico (Ver enlaces del apartado Información Complementaria).
Desde el Asistente de Tramitación Electrónica se deben realizar los siguientes pasos:
1. - Completar el formulario de datos generales.
- El campo Servicio Territorial es obligatorio. Habrá que indicar uno de los valores posibles (Servicios Centrales, Alicante, Castellón y Valencia).
- El campo Materia es opcional y ahí se indicará la temática de la solicitud para que pueda ser identificada y redirigida correctamente.
- El campo Exposición es opcional, en el se indica de forma resumida el objeto del trámite.
2. - Seleccionar la instancia a rellenar (solicitud) y "enviar".
3. - Documentar la tramitación, para lo que hay que tener presente lo siguiente:
Desde "otros documentos" pueden anexarse los restantes documentos exigidos por el procedimiento o que se consideren oportunos.
4. - En el apartado "pagar" no debe hacerse ninguna actuación.
5. - Registrar la solicitud.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
C/ PALAU, 14
46003 - València/Valencia
Órganos resolución
Órganos resolución
- Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
C/ PALAU, 14
46003 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí