Detalle de procedimiento

2022. Realización por pactos territoriales de trabajos de prospección empresarial para actuaciones dirigidas a colectivos especialmente vulnerables (eje 1), emprendimiento y microempresas (eje 2). En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Código SIA : 2870924
Código GUC : 22528
Organismo: LABORA SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN
Plazo de solicitud: ABIERTO
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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Concesión directa de de una subvención al Consorcio del Pacto territorial para la creación de empleo Pactem Nord, a la Mancomunitat Intermunicipal de l'Horta Sud y a la Fundación Valenciactiva, para la realización de actuaciones en el marco de los proyectos dirigidos a "colectivos especialmente vulnerables" (Eje I) y "emprendimiento y microempresas" (Eje II) incluidos en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, componente 23, "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo", de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia".

Observaciones

Observaciones

Destinatarios: empresas, microempresas y autónomos del área metropolitana de Valencia. Beneficiarios: Consorcio del Pacto territorial para la creación de empleo Pactem Nord, a la Mancomunitat Intermunicipal de l'Horta Sud y a la Fundación Valenciactiva Impacto previsto: 166 empresas, microempresas o personas emprendedoras EJE 1 y 200 microempresas y personas emprendedoras EJE 2 Cuantía presupuesto: 381.000 euros

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • DECRETO 48/2022, de 29 de abril, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de cuatro subvenciones para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los proyectos de "colectivos especialmente vulnerables" y de los proyectos de "emprendimiento y microempresas" incluidos en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,, componente 23, "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo", de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia". (DOGV nº 9329, de 02/05/2022)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

La instrucción del procedimiento corresponderá a la Oficina BETA o al departamento que, en su caso, sea designado por la persona titular de la Dirección General de LABORA u órgano en que ésta delegue.

Obligaciones

Obligaciones

1. Las entidades beneficiarias de las subvenciones quedarán sujetas a las obligaciones establecidas en los artículos 14 y concordantes de la Ley 38/2003. 2. De conformidad con la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, las entidades beneficiarias, deberá dar la adecuada publicidad a la ayuda. 3. Las entidades beneficiarias deberán dar visibilidad al origen de los fondos recibidos, de tal manera que en la documentación y medios de difusión de sus acciones deberán hacer constar «financiado por la Unión Europea-Next Generation EU», para aquellas actuaciones financiadas con las subvenciones reguladas en este Decreto. Esta visibilidad se hará, en particular, cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Deberán cumplir también las obligaciones de publicidad impuestas por la normativa nacional y de la Unión Europea que sea de aplicación. Así mismo, habrá constancia escrita dentro de las actuaciones de comunicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con Fondos Next Generation EU, de que las personas destinatarias finales de la financiación reconocen el origen de los fondos y se garantiza la visibilidad de la financiación de la Unión Europea. 4. Cumplir las obligaciones de transparencia y en materia de publicidad activa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y buen gobierno, en el artículo 3 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana y en el artículo 3 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, por el cual se desarrolla la Ley 2/2015, de 2 de abril, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y otra legislación aplicable. 5. Las entidades beneficiarias deberán garantizar el pleno cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» (principio «do no significant harm-DNSH») y el etiquetado climático y digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Decisión de ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID) y en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 y su normativa de desarrollo, en todas las fases del diseño y ejecución de los proyectos y de manera individual para cada actuación. 6. A causa del origen de los fondos, las entidades beneficiarias de las concesiones directas tendrán que presentar, siguiendo la orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE de 30 de septiembre de 2021), en los términos que indica: a) Declaración de ausencia de conflicto de intereses de todas las personas participantes en el proceso de preparación y tramitación de esta subvención. b) Declaración sobre el conocimiento de la normativa en materia de cesión y tratamiento de datos sobre la ejecución de la subvención. c) Declaración en relación con el compromiso en la gestión de esta subvención de los estándares más exigentes a cerca del cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses 7. Corresponderá a cada una de las entidades colaboradoras alcanzar, como mínimo, los hitos y objetivos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, según la distribución acordada y que serán en particular: 7.1. Captación de empresas, microempresas o personas emprendedoras que colaboren en el desarrollo de competencias profesionales de las personas jóvenes participantes en las actividades del EJE I "colectivos especialmente vulnerables": a) Consorcio del Pacto territorial para la creación de empleo Pactem Nord: captación de empresas, microempresas o personas emprendedoras que se comprometan a participar en el desarrollo de competencias profesionales de, al menos, 37 personas jóvenes. b) Mancomunitat intermunicipal de l'Horta Sud: captación de empresas, microempresas o personas emprendedoras que se comprometan a participar en el desarrollo de competencias profesionales de, al menos, 58 personas jóvenes. c) Fundación Valenciactiva: captación de empresas, microempresas o personas emprendedoras que se comprometan a participar en el desarrollo de competencias profesionales de, al menos, 71 personas jóvenes. 7.2. Detección de oportunidades y necesidades de transformación y conocimiento para abordar las transiciones en los negocios y actividades empresariales de "microempresas y personas emprendedoras" del EJE II: a) Consorcio del Pacto territorial para la creación de empleo Pactem Nord: captación de un mínimo de 65 microempresas o personas emprendedoras. b) Mancomunitat intermunicipal de l'Horta Sud: captación de un mínimo de 60 microempresas o personas emprendedoras.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

La subvención máxima de 381.000 € se distribuye de la forma siguiente: a) Consorcio del Pacto territorial para la creación de empleo Pactem Nord: hasta un máximo de 119.310 euros (hasta un máximo de 9.460 euros por las actuaciones relativas al eje I y hasta un máximo de 109.850 euros por las actuaciones relativas al eje II). b) Mancomunitat intermunicipal de l'Horta Sud: hasta un máximo de 116.450 euros (hasta un máximo de 15.050 euros por las actuaciones relativas al eje I y hasta un máximo de 101.400 euros por las actuaciones relativas al eje II). c) Fundación Valenciactiva: hasta un máximo de 145.240 euros (hasta un máximo de 18.490 euros por las actuaciones relativas al eje I y hasta un máximo de 126.750 euros por las actuaciones relativas al eje II) De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Decreto Ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19, se anticipará hasta un 50 % del importe, sin necesidad de presentar aval o garantía, por tratarse de administraciones públicas de carácter territorial y sus organismos públicos vinculados o dependientes, de acuerdo con lo previsto en el apartado 5 a) del artículo 171 de la Ley 1/2015, de 16 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones. El pago de la subvención, tanto el anticipado como el derivado de la comprobación de la cuenta justificativa, requerirá que el beneficiario cumpla los siguientes requisitos: a) Se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no sea deudor por resolución de procedencia de reintegro. b) Se encuentre al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales a la Sindicatura de Comptes. A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el beneficiario deberá aportar una declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para ser receptora del pago relativa al al artículo 34.5 de la Ley 38/2003, y el órgano gestor obtendrá de la Sindicatura de Comptes el certificado sobre el cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales, en su caso. La solicitud para el pago anticipado deberá presentarse, utilizando el enlace de "Aportación de documentación a un expdiente abierto de LABORA (Servicio Valenciano de Empleo y Formación)" (http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18744&version=amp ), en el plazo máximo de un mes desde la publicación del Decreto 48/2022, de 29 de abril, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de cuatro subvenciones para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los proyectos de "colectivos especialmente vulnerables" y de los proyectos de "emprendimiento y microempresas" incluidos en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,, componente 23, "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo", de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia".

Órganos resolución

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Agota vía administrativa

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